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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2002 (03/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 222283 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de mayo de 2002 Artículo 28º.- Conducta Funcional de los secigris- tas La conducta que observen los alumnos durante la pres- tación de su Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DE- RECHO, será constantemente evaluada por su Universi- dad de origen de conformidad con sus normas internas. CAPÍTULO X Premios Artículo 29º.- Reconocimiento del año de servicios prestados al Estado Para el reconocimiento del año del Servicio Civil de Gra- duandos en Derecho como tiempo de servicios prestados al Estado, se requiere la prestación del mismo en la moda- lidad establecida en el inciso a) del Artículo 19º del pre- sente Reglamento. Para acreditar dicho tiempo de servicios es necesario contar con la certificación expresa expedida por la Direc- ción de Servicio Civil de Graduandos de la Dirección Na- cional de Justicia del Ministerio de Justicia. Artículo 30º.- Recompensa por el servicio prestado Los servicios prestados con diligencia, puntualidad y eficiencia serán reconocidos mediante becas, menciones públicas, diplomas y otros estímulos que otorguen la Di- rección de Servicio Civil de Graduandos de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, la Facultad o la Unidad Receptora. Artículo 31º.- Certificado de SECIGRA DERECHO Al concluir el Programa SECIGRA DERECHO, la Di- rección de Servicio Civil de Graduandos de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, recabará las informaciones sobre el desempeño del secigrista que emitan las Unidades Receptoras, en el plazo improrroga- ble de quince (15) días. La Dirección de Servicio Civil de Graduandos ex- pedirá el Certificado de SECIGRA DERECHO corres- pondiente cuando el secigrista cuente con el total de asistencia al SECIGRA DERECHO, así como la pre- sentación de su Informe Parcial e Informe Final emiti- do por el Jefe directo de la Unidad Receptora y un in- forme sobre el servicio prestado redactado por el alum- no. Artículo 32º.- Recuperación de Inasistencias. Cualquier inasistencia registrada por el secigrista du- rante la prestación de su servicio civil deberá ser recupe- rada en el transcurso del mismo, a fin de cumplir con el requisito establecido en el artículo precedente. CAPÍTULO XI Retiro del Programa SECIGRA DERECHO Artículo 33º.- Procedimiento Sólo por razones justificadas el secigrista puede so- licitar ante su universidad el retiro del Programa en cual- quier momento del año quedando expedito su derecho a inscribirse en cualquier otro Programa SECIGRA DERECHO. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las Instituciones que prevean acoger seci- gristas serán las encargadas de gestionar oportunamente ante el Ministerio de Economía y Finanzas la asignación de recursos económicos necesarios para la implementa- ción y funcionamiento del Programa SECIGRA DERECHO en sus instituciones. Por única vez, durante la ejecución del Programa SE- CIGRA DERECHO 2002, las Unidades Receptoras esta- rán facultadas para ofrecer de ser el caso, vacantes no pagadas en tanto no se establezca la programación presu- puestal correspondiente. Segunda.- Las Universidades del país que cuenten con secigristas tienen un plazo de treinta días contados a par- tir de la publicación del presente reglamento para imple- mentar su Oficina Responsable de SECIGRA DERECHO designando mediante resolución pertinente al jefe de la mis- ma. 7910Reconocen para todos sus efectos civi- les el nombramiento de Obispo Coadju- tor de la Diócesis de Huancavelica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 107-2002-JUS Lima, 2 de mayo de 2002 Vista la Nota Nº 1771 de 9 de abril de 2002, por la cual Monseñor Rino Passigato, Nuncio Apostólico en el Perú, comunica el nombramiento del Obispo Coadjutor de la Dió- cesis de Huancavelica; De conformidad con lo establecido en el Artículo VII del Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, apro- bado por el Decreto Ley Nº 23211, y en el numeral 3 del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Reconocer para todos sus efectos civiles, el nombra- miento hecho por Su Santidad el Papa, de Monseñor ISI- DRO BARRIO BARRIO como Obispo Coadjutor de la Dió- cesis de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 7916 Conforman Comisión encargada de la organización de la XIII Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2002-JUS Lima, 2 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 674-2001-JUS/DM, de fecha 20 de agosto de 2001, el señor Ministro de Justicia, Fer- nando Olivera Vega, ratifica la invitación hecha por el Esta- do peruano para que la XIII Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos se realice en Perú; Que la referida XIII Conferencia de Ministros de Justi- cia de los Países Iberoamericanos se llevará a cabo du- rante los días 22, 23 y 24 de julio de 2002; Que es necesario conformar una comisión que se en- cargue de la organización y programación de actividades de tan importante evento, así como de establecer las coor- dinaciones pertinentes con los representantes de los paí- ses miembros de la Conferencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión encargada de la organización de la XIII Conferencia de Ministros de Justi- cia de los Países Iberoamericanos, a realizarse en Perú los días 22, 23 y 24 de julio de 2002 y que estará integrada por las siguientes personas: - Señor abogado Pedro Cateriano Bellido, Viceministro de Justicia, quien la presidirá; - Señor abogado Carlos Gamarra Ugaz, Superinten- dente Nacional de los Registros Públicos; - Señor ingeniero Carlos Morelli Zavala, Asesor del Despacho del Ministro de Justicia en asuntos internacio- nales, de desarrollo y lucha contra la corrupción;