Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2002 (08/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8107

Articulo Unico.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa Nexus Comunicaciones S.A. para la prestacion del servicio publico portador de larga distancia internacional en la Republica del Peru, en consecuencia sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 4772000-MTC/15.03 y la Resolucion Viceministerial Nº 4732000-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8143

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con Nexus Comunicaciones S.A. para la prestacion del servicio publico portador de larga distancia internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 257-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 477-2000MTC/15.03 se otorgo a la empresa Nexus Comunicaciones S.A. concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru. El correspondiente contrato de concesion se suscribio con fecha 1 de febrero de 2001; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 4732000-MTC/15.03 se asigno a la mencionada empresa espectro radioelectrico para la prestacion del servicio otorgado en concesion, se fijaron las metas de uso correspondientes y se aprobaron las caracteristicas tecnicas especificas; Que, el numeral 6.01 de la Clausula Sexta del contrato de concesion suscrito con Nexus Comunicaciones S.A. establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce meses, ante el incumplimiento, la concesion quedaria automaticamente sin efecto; Que, en la inspeccion efectuada por personal de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones con fecha 11 de febrero de 2002 se constato que la empresa Nexus Comunicaciones S.A. no prestaba el servicio otorgado en concesion ni tenia equipo instalado; Que, los Articulos 132º y 133º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, senalan que en el contrato de concesion se establecera en forma especifica el plazo para que el concesionario inicie la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido y que vencido dicho plazo sin haberse iniciado la prestacion del servicio, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion; Que, el Articulo 135º del citado Reglamento establece que el contrato de concesion se resuelve, entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio, senalando que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones segun los terminos de su Informe Nº 144-2002-MTC/15.03 UECT senala que la empresa Nexus Comunicaciones S.A. no ha iniciado la prestacion del servicio en el plazo establecido en el contrato de concesion, quedando sin efecto la concesion otorgada y resuelto de pleno derecho el contrato mencionado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y modificatorias;

Aprueban Acta de Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica Dominicana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 258-2002-MTC/15.02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 Visto el Memorandum Nº 143-2002-MTC/15.16 y la documentacion remitida por la Direccion General de Aeronautica Civil, correspondiente a la Reunion de Consulta sostenida entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica Dominicana, los dias 11 y 12 de MORDAZA de 2002, en la MORDAZA de MORDAZA - Peru; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Reunion de Consulta celebrada en la MORDAZA de MORDAZA - Peru, los dias 11 y 12 de MORDAZA de 2002, las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de la Republica Dominicana, han suscrito un Acta que contiene en su Anexo II, un proyecto de Acuerdo sobre Transporte Aereo, debiendo dicha Acta ser aprobada por Resolucion Ministerial para entrar en vigencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27261 y el Decreto Supremo Nº 0502001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Acta de la Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica Dominicama, celebrada en la MORDAZA de MORDAZA - Peru, los dias 11 y 12 de MORDAZA de 2002, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8129

Autorizan viaje de profesional del INICTEL a Uruguay para participar en evento sobre nuevas tecnologias en la educacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2002

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