Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2002 (08/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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valores mobiliarios previamente emitidos, que seran negociados en mecanismos centralizados de negociacion; SE RESUELVE:

mediante edicto publicado por este ultimo en el Diario Oficial El Peruano de fecha 17.10.2001, sin que hasta la fecha dicha empresa MORDAZA efectuado sus descargos. FUNDAMENTACION

Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones de capital preferenciales clase "A" emitidas por ALICORP S.A.A., en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores las acciones de capital preferenciales clase "A" emitidas por ALICORP S.A.A. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a ALICORP S.A.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCA Gerente de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 8106

CONSUCODE
Sancionan a MYREL S.A. con suspension en el ejercicio de sus derechos a presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 272/2002.TC-S1 MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 Visto en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de 8.4.2002, el Expediente Nº 328/2001.TC sobre aplicacion de sancion a la empresa MATERIALES Y REPRESENTACIONES ELECTRICAS S.A. - MYREL S.A., por incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra - Guia de Internamiento Nº 000164, emitida por el Ministerio de Educacion para la adquisicion de materiales a ser utilizados en el cableado de red destinado a 50 centros educativos del Proyecto EDURED - item 2: Conectores MORDAZA RJ-45 hembra; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El presente procedimiento se origina con la solicitud de la Entidad que, en fecha 10.7.2001, comunico al Presidente de este Tribunal que su representada convoco a la Adjudicacion Directa sin Publicacion Nº 037-2000ME/SG-OA-UA sobre adquisicion de los materiales MORDAZA indicados, en la que obtuvo la Buena Pro para el item 2 el postor Materiales y Representaciones Electricas S.A., por un monto total de S/. 12 000,00 nuevos soles, adjudicacion que fue formalizada con la Orden de Compra Guia de Internamiento Nº 000164, notificada via fax. Agrega que la empresa MYREL S.A. envio una carta comunicando que no podia atender la adquisicion por no tener dichos bienes en stock, y que en vista del incumplimiento se le remitio una Carta Notarial Nº 2633, de 19.9.2000, mediante la cual se le requirio el cumplimiento de su obligacion, a lo cual hizo caso omiso, y luego la Carta Notarial Nº 4334 de 20.6.2001, comunicandole la resolucion del contrato, en razon de haber transcurrido con exceso el plazo establecido en el Articulo 83º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 039.98.PCM, lo que formalmente se hizo a traves de la Resolucion Directoral Nº 747-2001-ED. Copias de todos los documentos mencionados corren en el expediente. 2. Se ha notificado a MYREL S.A. en varias oportunidades, tanto por la Entidad como por el Tribunal, aun

Figurando en autos la declaracion jurada del postor MYREL S.A. de 14.8.2000, donde manifesto conocer las sanciones contenidas tanto en la Ley de Simplificacion Administrativa, como en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, siendo patente, evidente, el incumplimiento -sin excusa alguna- de ejecutar la obligacion a que se comprometio al obtener la buena pro de la adjudicacion directa a la que postulo, se encuentra incurso en la infraccion prevista en el Articulo 205º, literal b) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013.2001.PCM, por lo que deviene en pasible de sancion. De conformidad con las facultades conferidas en los Articulos 52º, 59º y 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012.2001.PCM, el Articulo 204º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013.2001.PCM, analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; LA SALA RESUELVE: 1º. Sancionar a la empresa Materiales y Representaciones Electricas S.A. - MYREL S.A. con un (1) ano de suspension en el ejercicio de sus derechos a presentarse en procesos de seleccion y a contratar con el Estado, entendiendose que la sancion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion al infractor, la misma que operara a traves de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, al desconocerse el domicilio MORDAZA del mismo. 2º. Poner la presente resolucion de conocimiento de la Gerencia de Registros de CONSUCODE, para las correspondientes anotaciones de ley. 3º. Devolver a la Entidad los antecedentes administrativos remitidos para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABIESES MORDAZA 8245

ESSALUD
Declaran de oficio la nulidad, en parte, de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0299M0291 referida a la "Adquisicion de Material Medico"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 145-PE-ESSALUD-2002 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 VISTA: La Carta Nº 099-CE-AMC Nº 0299M00291 del 21 de febrero del 2002, en la que el Comite Especial de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0299M00291 "Adquisicion de material medico", solicita que se declare de oficio la nulidad del item Nº 155 del referido MORDAZA de seleccion, al haber incurrido en un vicio en la evaluacion tecnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 007-PE-ESSALUD-2002 del 11 de enero del 2002, se

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