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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2002 (18/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

Pág. 223257 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de mayo de 2002 Artículo 9º.- NORMAS REGLAMENTARIAS Mediante Resolución Jefatural la Jefatura de la Ofici- na de Rentas dictará las disposiciones reglamentarias que se requieran para la correcta aplicación de la pre- sente norma. Artículo 10º.- ACOGIMIENTO A LA CAMPAÑA El acogimiento se realizará mediante una Declaración Jurada que constituye una autoliquidación. Sin perjuicio de ello la Municipalidad podrá determinar una mayor o menor deuda respecto de la incluida en la declaración así como recalcular el monto de las cuotas por vencer, de conformidad con el Código Tributario. El recálculo efec- tuado por la Municipalidad de la deuda eventualmente no incluida en la autoliquidación por el contribuyente se efec- tuará sin los beneficios de la presente Ordenanza, si- guiendo los procedimientos establecidos en el Código Tributario. Artículo 11º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 12º.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Oficinas de Rentas y de Ejecución Coactiva. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8970 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Declaran infundada apelación y ratifi- can la R.A. Nº 0270-2002-MPH RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 001-2002-CMH Huaral, 6 de mayo de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Visto.- El Oficio Nº 087-2002-OAI de fecha 22 de abril del 2002, recepcionado el 22 de abril del 2002 con Expe- diente Nº 4014, mediante el cual el CPC WILLIAM BA- RRÓN ARTOLA, formula Recurso de Apelación contra la Resolución de Alcaldía Nº 0270-2002-MPH de fecha 12 de abril del 2002. CONSIDERANDO: Que, el inciso 8) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades, establece que es atribu- ción del Concejo resolver los Recursos de Impugnación; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0270-2002- MPH de fecha 12 de abril del 2002, RATIFICÓ en todos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 1270-2001- MPH, y se declaró IMPROCEDENTE el Recurso de Re- consideración presentado por el apelante CPC WILLIAM BARRÓN ARTOLA, contra la Resolución de Alcaldía Nº 1270-2001-MPH; Que, de acuerdo al numeral 109.1 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, frente a un acto que supone que viola, afecta, desconoce o lesio- na un derecho o un interés legítimo procede contradic- ción en la vía administrativa, para que sea revocado, modificado, anulado o sean suspendidos sus efectos; Que, asimismo el numeral 109.2 de la citada ley se- ñala que para que el interés pueda justificar la titularidad del administrado, debe ser legítimo, personal, actual y probado;Que, el Artículo 209º de la Ley Nº 27444, antes citada establece que el Recurso de Apelación se interpondrá, cuando el impugnante se sustente en diferente interpre- tación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; Que, el Recurso de Apelación interpuesto carece de sustento diferente en interpretación de las pruebas que dieron origen a la Resolución impugnada, asimismo no se trata de un recurso de apelación de puro derecho, sustentándose el referido recurso en conjeturas y apre- ciaciones subjetivas, que no enervan, ni invalidan la vali- dez de la Resolución impugnada, toda vez que ésta se ha dictado dentro del marco que señala la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Artículos 194º y 195º de la Constitución Política; Que, el recurso de apelación no se encuentra comprendido dentro de los alcances del Artículo 209º de la Ley Nº 27444; Estando a lo expuesto y de acuerdo al Inc. 8) del Ar- tículo 36º con acuerdo del Concejo de fecha 2 de mayo del año en curso, con la opinión legal correspondiente, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 0270-2002-MPH, mediante la cual se declaró improcedente el recurso de reconsidera- ción presentado por WILLIAM BARRÓN ARTOLA. Artículo 2º.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación formulado por WILLIAM BARRÓN ARTOLA contra la Resolución de Alcaldía Nº 0270-2002-MPH de fecha 12 de abril del 2002, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Hacer de conocimiento de la Contraloría General de la República y del interesado del contenido de la presente Resolución. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la pre- sente Resolución a Secretaría General, Dirección Muni- cipal, Oficina de Asesoría Técnica, Oficina General de Administración y Unidad de Personal en lo que corres- ponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MELCHOR CÁRDENAS VÁSQUEZ Alcalde Provincial de Huaral 8878 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO Declaran en situación de urgencia adquisición de productos para el pro- grama del Vaso de Leche corres- pondiente a los meses de mayo y junio de 2002 ACUERDO Nº 045-2002-MPP Pisco, 10 de mayo de 2002 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 8 de mayo del 2002, en lo referido al Expediente Adminis- trativo Nº 3569-02, promovido por el Regidor CARLOS HUACHUA ALBITES respecto a la adquisición de leche y avena azucarada por Situación de Urgencia para el Pro- grama del Vaso de Leche por sesenta días; CONSIDERANDO: Que, en la Sesión antes indicada, el Regidor Carlos Huachua Albites, Presidente del PROVAL - DEMUNA