Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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ne como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, el Estado es propietario del terreno de 800,00 m2, situado en el MORDAZA de Ate, constituido por parte del Fundo Huascata, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11184715 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 5012 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 424-74/VI5700, de fecha 5 de setiembre de 1974, se afecto en uso a favor del Ministerio del Interior el terreno de 800,00 m2, descrito en el considerando precedente, para destinarlo a la construccion del local de un Puesto de la MORDAZA Civil; Que, mediante Oficio Nº 1385-2001-IN-0601 del 27 de MORDAZA del 2001, el Ministerio del Interior, a traves del Secretario General de dicho sector, opina favorablemente por la desafectacion; Que, efectuada la inspeccion tecnica el 31 de agosto del 2001, se ha verificado que en el terreno submateria no se ha construido un Puesto Policial; Que, el inciso b) del Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", establece que la desafectacion procede, entre otros, cuando exista la inaplicacion total o parcial o cese de la finalidad de la afectacion; Que, son funciones y atribuciones de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, de conformidad con el literal f) del Articulo 39º del acotado dispositivo legal, desafectar los inmuebles de propiedad estatal; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 037-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 26 de febrero del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la desafectacion a favor del Estado del terreno de 800,00 m2, situado en el MORDAZA de Ate, constituido por parte del Fundo Huascata, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11184715 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, afectado en uso a favor del Ministerio del Interior mediante Resolucion Suprema Nº 424-74/VI-5700. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion inscribira la correspondiente desafectacion a favor del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 8805

EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Barranco, mediante Oficio Nº 002/SG-MDB/02 para la ratificacion de la Ordenanza Nº 075-MDB que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las playas de veraneo de su jurisdiccion para la temporada 2002, excepto en la playa Los Banos de Barranco; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000195-2002-SAT/04 y Oficio Nº 00244-02-SAT/ MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comision Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 064-2002-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 075MDB de 13 de diciembre de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 del mismo mes y ano, de la Municipalidad Distrital de Barranco, que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las playas de veraneo de su jurisdiccion para la temporada 2002, excepto en la playa Los Banos de Barranco. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 8864

Ratifican ordenanza de la Municipalidad Distrital de Barranco referida al MORDAZA legal aplicable a los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines publicos y serenazgo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 132 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Barranco, mediante Oficio Nº 001/SG-MDB/02 para la ratificacion de la Ordenanza Nº 076-MDB, que modifica la Ordenanza Nº 049-MDB que establece el MORDAZA Legal aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000201-2002-SAT/04 y Oficio Nº 0025902-SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comision Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 076-2002-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 076MDB de 13 de diciembre de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 del mismo mes y ano, que modifica la Ordenanza Nº 049-MDB, de fecha 27 de diciembre de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de enero de 2001, de la Municipalidad Distrital de Barranco, que establece el MORDAZA Legal aplicable a los Arbitrios de

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Barranco que regula la tasa por estacionamiento vehicular en playas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 117 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2002

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