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Pág. 223254 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de mayo de 2002 Que, es política de la actual administración dar las facilidades a los contribuyentes que adeudan por los tributos municipales Impuesto Predial y Arbitrios de los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, y Tasa de Licencia de Funcionamiento hasta el año 1999 a fin de que cumplan con sus obligaciones tribu- tarias y reducir la morosidad es necesario otorgar Beneficios Tributarios prorrogando las vigencias de las citadas Ordenanzas; Estando a lo dispuesto por el inciso 3) del Artículo 36º y el Artículo 91º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, el Concejo Municipal por Unanimidad ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbi- trio de Limpieza Pública, Parques y Jardines del Ejer- cicio Gravable 2002 del 1 de abril hasta el 31 de mayo.02. Artículo Segundo.- Prorrogar la vigencia de la Am- nistía Tributaria de los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, comprendida en la Ordenanza Nº 042-2001/ MDSMP, del 16 de abril al 31 de mayo del 2002. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección de Ad- ministración Tributaria, y la Unidad de Informática el cum- plimiento de la presente Ordenanza y la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 8783 Prorrogan plazo de beneficios de regula- rización de la licencia de construcción otorgados mediante las Ordenanzas Nºs. 037-2001 y 03-2002/MDSMP ORDENANZA Nº 014-2002/MDSMP San Martín de Porres, 25 de abril de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de abril del 2002; visto, el Informe Nº 130-2002-DDU- MDSMP de fecha 21 de marzo del 2002, de la Direc- ción de Desarrollo Urbano mediante el cual se solici- ta la prórroga del Beneficio de Regularización de Li- cencia de Construcción otorgado con la Ordenanza Nº 037-2002/MDSMP y ampliada su vigencia con Or- denanza Nº 03-2002/MDSMP hasta el 28 de febrero del presente año. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 037-2001/MDSMP de fecha 20 de noviembre del 2001 se amplía la vigencia de la Ordenanza Nº 022-2001/MDSMP que otorga el BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, y mediante Ordenanza Nº 03-2002/ MDSMP de fecha 19 de enero del 2002, se prórroga dicho beneficio hasta el 28 de febrero del presente año. Que, es política de la actual Gestión Municipal, am- pliar el otorgamiento de facilidades a los contribuyentes que puedan regularizar su trámite de licencia de cons- trucción. Que, de acuerdo con el Art. 47º numeral 6 y Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Con- cejo por MAYORÍA aprobó la siguiente:ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar la prórroga de los be- neficios de Regularización de Licencia de Construc- ción otorgado mediante Ordenanza Nº 037-2001/ MDSMP de fecha 20 de noviembre del 2001 y la Or- denanza Nº 03-2002/MDSMP de fecha 19 de enero del 2002, por un período de 90 días, contados a partir del 1 de marzo hasta el 30 de mayo del 2002, con la siguiente tarifa: Asentamiento Nº de Pisos Licencia AA.HH. 50.00 Cooperativa y Un Piso 100.00 Asociaciones Dos Pisos 150.00 Tres Pisos 200.00 Urbanizaciones Un Piso 100.00 Dos Pisos 200.00 Tres Pisos 300.00 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de De- sarrollo Urbano, la Dirección del Sistema de Adminis- tración Tributaria y Unidad de Imagen Corporativa y Co- municación, la ejecución y difusión de la presente orde- nanza. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 8784 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan plazo de Amnistía Tributa- ria otorgada mediante la Ordenanza Nº 001-2002-MDSA ORDENANZA Nº 005-2002-MDSA Santa Anita, 2 de mayo de 2002 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 31 de enero del 2002, los pedidos formulados por Contri- buyentes del distrito de Santa Anita; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal ha recibido el pedido de los contribuyentes del distrito de Santa Anita, quienes solicitan la Prórroga de la Amnistía Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2002-MDSA de fecha 31 de enero del 2002 se acordó disponer Am- nistía Tributaria desde el 2 de enero hasta el 28 de febrero del 2002, asimismo mediante Ordenanzas Nº 002-2002-MDSA de fecha 1 de marzo del 2002 y Nº 004-2002-MDSA de fecha 1 de abril del 2002, se pro- rrogó la Amnistía Tributaria hasta el 31 de marzo y 30 de abril del presente año, respectivamente, para que los contribuyentes del distrito de Santa Anita, que no han cumplido con regularizar sus obligaciones tribu- tarias, de los inmuebles dedicados a casa - habita- ción, comercio y servicios menores, se pongan al día con el pago de dichas obligaciones; Que, habiéndose dispuesto mediante el Acuerdo de Concejo adoptado en la Sesión de fecha 31 de enero del 2002, Amnistía Tributaria y prórrogas du- rante todo el año 2002, según los Informes a emitirse al respecto por el Área de Rentas, que señalará las fechas de vigencia de las correspondientes Ordenan- zas aprobatorias; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Constitu- ción Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 816,