Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Modifican la Res. Nº 037-2002/SUNAT - Regimen de Retenciones del IGV aplicable a los proveedores
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 050-2002/SUNAT MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/ SUNAT establecio el regimen de retenciones del IGV aplicable a los proveedores y designo agentes de retencion; Que a fin de facilitar el procedimiento establecido, resulta necesario efectuar algunas modificaciones al regimen MORDAZA mencionado; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 10º del TUO del Codigo Tributario, el Articulo 10º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y de conformidad con el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso k) del Articulo 6º del TUO del Estatuto de la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el MORDAZA parrafo del Articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/ SUNAT, el siguiente texto: "La retencion correspondiente al monto de las notas de credito mencionadas en el parrafo anterior podra deducirse de la retencion que corresponda a operaciones con el mismo proveedor respecto de las cuales aun no ha operado esta." Articulo 2º.- Incorporase como tercer parrafo del numeral 4 del Articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT, el siguiente texto: "Los agentes de retencion podran realizar la impresion de sus Comprobantes de Retencion, sin necesidad de utilizar una imprenta, mediante sistema computarizado, previa autorizacion a la SUNAT a traves del Formulario 806, respecto de la serie asignada al punto de emision y el rango de comprobantes a imprimir. Dichos comprobantes deberan cumplir con lo dispuesto en el presente articulo, con excepcion de los datos de la imprenta y las obligaciones referentes al numeral 1 del Articulo 9º del Reglamento de Comprobantes de Pago." Articulo 3º.- Sustituyase el primer parrafo del Articulo 9º de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/ SUNAT, el siguiente texto: "Articulo 9º.- DECLARACION Y PAGO DEL AGENTE DE RETENCION "El Agente de Retencion declarara el monto total de las retenciones practicadas en el periodo y efectuara el pago respectivo utilizando el PDT-Agentes de Retencion, Formulario Virtual Nº 626. El referido PDT debera ser presentado inclusive cuando no se hubieran practicado retenciones en el periodo." Articulo 4º.- Sustituyase el Articulo 12º de la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT, el siguiente texto: "Articulo 12º.- REGISTRO DE COMPROBANTES DE PAGO SUJETOS A RETENCION El Agente de Retencion podra abrir una columna en el Registro de Compras, en la que marcara: a) Los comprobantes de pago correspondientes a operaciones que se encuentran sujetas a retencion.

b) Las notas de debito y notas de credito que modifican los comprobantes de pago correspondientes a operaciones que se encuentran sujetas a retencion." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto 8915

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban transferencia de predio en calidad de aporte de capital del Estado a favor de SERPOST S.A., ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 035-2002/SBN-GO-JAD La MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2002 Visto, el Expediente Nº 000243-95 por el cual el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, solicita la transferencia en calidad de aporte de capital del Estado a favor de la Empresa de Servicios Postales del Peru Sociedad Anonima - SERPOST S.A., del predio de 119,13 m2, ubicado en la primera planta del edificio llamado Centro Civico de la Unidad Vecinal de Mirones, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, es propietaria del predio de 119,13 m2, inscrito en la Ficha Nº 1661716 que continua en la Partida Electronica Nº 40036415 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 2292 del Sistema Nacional de Informacion de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 685, se creo la empresa de Servicios Postales del Peru Sociedad Anonima -SERPOST S.A.- como una persona juridica de derecho privado regida por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado, cuyo patrimonio esta conformado, entre otros, por los bienes inmuebles de la Direccion General de Correos que le seran aportados a su capital por el Estado; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 24-94-MTC, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 220-99 MTC/15.12 del 14 de MORDAZA de 1999, por la cual se aprueba, entre otros, la transferencia del inmueble anteriormente descrito a la citada empresa; Que, el Articulo 60º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, establece que las empresas publicas podran solicitar a la Superintendencia de Bienes Nacionales la aprobacion de la transferencia de los predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad que requieran para el desarrollo de sus actividades comerciales, industriales o de servicios, en calidad de aporte de capital por su valor de tasacion comercial; Que, estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 028-2002/SBN-GO-JAD de fecha 1 de marzo del 2002, resulta atendible aprobar el presente aporte de capital; Que, los literales k) y l) del Articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001, facul-

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