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Pág. 223250 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de mayo de 2002 Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Sere- nazgo, en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 8871 Ratifican Ordenanza de la Municipali- dad Distrital de Barranco que regula importe de Arbitrios de Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 133 Lima, 29 de abril de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de BARRANCO, mediante Oficio Nº 196/SG-MDB/02 para la ratificación de la Ordenanza Nº 084-MDB, que regula el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio 2002 en su juris- dicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000202-2002-SAT/04 y Oficio Nº 00260- 02-SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comisión Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 077-2002-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 084- MDB de 17 de enero de 2002, publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano el 9 de febrero del mismo año, que regula el importe de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio 2002 en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 8869 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen plazos y cronograma de vencimientos para el pago de arbitrios y merced conductiva correspondiente a mercados municipales ORDENANZA Nº 093-MDB Barranco, 9 de mayo del 2002 LA ALCALDESA DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco:CONSIDERANDO: Que el Artículo 191º de la Constitución, en concordan- cia con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades establece que las municipalidades tienen autono- mía administrativa, económica y política; Que, por otro lado, el Artículo Segundo de la Ordenan- za Nº 084-MDB establece el uso de los predios para efec- tos de la determinación de los arbitrios correspondiente al ejercicio fiscal 2002, entre los cuales se considera el uso de otros; Que, con la finalidad de señalar con precisión el rubro de otros, para poder determinar con exactitud a los con- tribuyentes inmersos en este uso; Ejerciendo las facultades, conferidas por el inciso 3) del Artículo 36º y por el Artículo 109º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, ha aprobado la siguien- te: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de mayo la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota por concepto de arbitrios del ejercicio 2002 correspondiente a los Mercados Municipales Nºs. 1 y 2 del distrito de Ba- rranco. Artículo Segundo.- Establecer como fecha de pago por concepto de merced conductiva el 30 de mayo; dicho pago incluye los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo. El pago de los cuatro primeros meses se realizará sin los intereses respectivos. Artículo Tercero.- Establecer el cronograma de las fechas de Vencimiento para el pago por concepto de Ar- bitrios y Merced Conductiva del ejercicio 2002 corres- pondiente a los contribuyentes del Mercado 1 y 2 del dis- trito de Barranco, conforme a lo siguiente: Segunda Cuota :31 de julio. Tercera Cuota :31 de octubre. Cuarta Cuota :20 de diciembre. Artículo Cuarto.- Los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2001 estuvieran al día en los pagos de sus obligaciones tributarias, obtendrán una rebaja excepcio- nal, equivalente al cinco por ciento (5%) de descuento en la liquidación de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines, y Serenazgo) y Merced Con- ductiva correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002. Artículo Quinto.- Los contribuyentes que al 30 de mayo de 2002 efectúen la cancelación por adelantado de sus obligaciones tributarias y no tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002 (Arbitrios y Merced Conductiva) ob- tendrán una rebaja ascendente al Diez por ciento (10%) sobre los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines, de Serenazgo y Merced Conductiva. Artículo Sexto.- Los contribuyentes que efectúen la cancelación de sus obligaciones tributarias correspon- dientes al Ejercicio Fiscal 2002 (Arbitrios Municipales y Merced Conductiva) dentro de las fechas de vencimiento establecidas por la Municipalidad (30 de mayo, 28 de ju- nio, 30 de septiembre y 20 de diciembre); obtendrán una rebaja equivalente al cinco por ciento (5%) de descuento sobre la cuota correspondiente. Artículo Sétimo.- Los beneficios señalados en los Artículos Quinto y Sexto de la presente Ordenanza no serán acumulables. Primera Disposición Final.- Facúltese a la Oficina de Administración Tributaria a regular el procedimiento de la presente norma. Segunda Disposición Final.- Encargar el cumpli- miento de la presente Ordenanza a la Oficina de Admi- nistración Tributaria. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 8872