Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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inicio de los procesos de seleccion conducentes a la ejecucion de los estudios y obras que se incluyen en los Acuerdos del Consejo Directivo del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash. Articulo 2º.- Condiciones presupuestales y de financiamiento Los proyectos, estudios y obras a que se hace referencia en el articulo precedente se sujetan a las condiciones presupuestarias y de financiamiento senaladas en los Articulos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 018-2002. Los recursos para la ejecucion de dichos proyectos, estudios y obras provendran de los recursos que administra el Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash. Articulo 3º.- Normas reglamentarias y modificatorias Las normas que se requieran para la mejor aplicacion del presente Decreto de Urgencia y para la ejecucion de los acuerdos de los organos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA seran aprobadas, segun corresponda, mediante Decreto Supremo del Ministerio de la Presidencia. Disposicion derogatoria y suspensiva Derogase o suspendase, segun corresponda, toda MORDAZA que contradiga o se oponga al presente Decreto de Urgencia.

Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

ANEXO 1 Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA
MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION PROYECTOS PRIORIZADOS DEPARTAMENTO DE MORDAZA EJECUCION CON RECURSOS PROVENIENTES DE PRIVATIZACION- ANTAMINA Nº Ubicacion PROYECTO DESCRIPCION DEL PROYECTO METAS A ALCANZAR DISTRIBUCION (MIL US$) aprox. 0.16 38.62 km 31.6 km 35 Ml. 50 Ml. 30 Ml. 14.93 Km. 97.00 Km. 0.50 Km. 137 Km. 16.37 11.80 0.40 0.39 0.44 3.98 6.80 10.00 3.00 0.69 0.50 40 Km. 150.50 km.(***) 0.15 15.00 (**) 69.68

1

MORDAZA

Carretera Tunel Kahuish ­San Marcos-Huari Rehabilitacion y mejoramiento a nivel de asfaltado Estudio definitivo San Marcos- MORDAZA (*) Tramo Tunel Kahuish- San MORDAZA Tramo San Marcos- MORDAZA (Recursos reservados para posterior ejecucion)

2 3 4 5 6 7 8 9

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Puentes Via Catac ­ Huari: MORDAZA Laos Puentes Via Catac ­ Huari: MORDAZA Uchucurga Puentes Via Catac ­ Huari: MORDAZA Chacahuayon Carretera MORDAZA ­Huansala ­Dv. Antamina Carretera Mojon ­ Chiquian Carretera Huarmey ­ Aija Ampliacion Tunel de Cahuish Carretera Santa- Chuquicara- Yuracmarca Carretera Chimbote- Tocache Carretera Chimbote- Uchiza Carretera Nepena- Moro- Pamparomas Carretera Casma- MORDAZA

Construccion Viga Metalica y Viga Reticulada Construccion Viga Metalica y Viga Reticulada Construccion Viga Metalica y Viga Reticulada Mejoramiento a nivel de Bicapa Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de asfaltado Rehabilitacion y Mejoramiento (Incluye asfaltado de la primera etapa) Ampliacion Estudios definitivos (*) Estudios de prefactibilidad para la definicion de la ruta mas conveniente (*) Estudio definitivo (*) Contrapartida nacional para ejecucion de la obra TOTAL

10 MORDAZA 11 MORDAZA 12 MORDAZA

(*) Valor referencial que se precisara con el MORDAZA de seleccion. (**) Valor estimado para contrapartida nacional. (***) Kilometraje aproximado

9291

DECRETO DE URGENCIA Nº 025-2002 QUE INCORPORA UN INCISO AL ARTICULO 10º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 122-2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 122-2001, modificado por los Decretos de Urgencia Nºs. 125 y 139-2001, se creo el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en perjuicio del Estado (FEDADOI), a traves del cual se posibilita el uso de los referidos recursos para diversos fines, tales como otorgar recompensas, cubrir honorarios y gastos correspondientes a las personas naturales o juridicas que presten servicios profesionales relativos a las labores del Estado Peruano en la lucha contra la

corrupcion, atender necesidades vinculadas con el bienestar de la Policia Nacional del Peru y de las Fuerzas Armadas, apoyar la rehabilitacion e insercion de los policias discapacitados como consecuencia de la lucha antisubversiva y otros; Que, el Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario - INPE, vienen desarrollando una labor preponderante en la lucha contra el crimen organizado, por lo que es conveniente que accedan a los recursos del FEDADOI, a fin de mejorar la administracion de justicia en el MORDAZA y fortalecer la lucha contra esta lacra social; Que, por tratarse de una medida economico financiera que permitira al Poder Judicial, al Ministerio Publico, al Ministerio de Justicia y al INPE disponer de importantes fondos para el cumplimiento de las mencionadas funciones, existen razones de interes nacional que justifican su expedicion en forma inmediata; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

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