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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2002 (24/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 223533 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de mayo de 2002 Que, mediante el Oficio Nº 379-2002/CTAR-HVCA/ PE, la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administración Regional de Huancavelica, ha propues- to candidatos para la designación del funcionario que ejercerá el cargo de Director Regional de Industria, Tu- rismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales; Que, es necesario proceder a la designación corres- pondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Or- gánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, Ley Nº 27594 y Decreto Supremo Nº 001-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial, la desig- nación de don Marino Aníbal Requena Zuasnábar, al cargo de Director Regional de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR Huancavelica, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a don Tisalónico Peña Romaní, como Director Regional de Industria, Turismo, In- tegración y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR Huancavelica, quien desempeñará el cargo con el carácter de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 9227 Designan Director Subregional de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales de la Subregión Chota, del CTAR Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2002-ITINCI/DM Lima, 14 de mayo de 2002 Visto el Oficio Nº 1508-2001-CTAR-CAJ-PE, de la Pre- sidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administración Regional de Cajamarca, proponiendo candidatos para la designación del Director Subregional de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales de la Subregión de Chota - Cajamarca. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director Subregional de Chota de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales, del CTAR-Cajamarca; Que, se ha realizado la evaluación de las propuestas presentadas; por lo que es necesario proceder a la desig- nación del funcionario que ejercerá dicho cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 - "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales", con la Ley Nº 27594 y Decreto Supremo Nº 001-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a don Segundo Teodomiro Qui- róz Barboza, como Director Subregional de Industria, Tu- rismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales de la Subregión Chota, del CTAR - Cajamar- ca, quien desempeñará el cargo con el carácter de con- fianza.Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial tendrá vigencia desde la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 9226 INTERIOR Aprueban Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú (Se publica la Resolución Ministerial de la referencia a solicitud de la Secretaría General del Ministerio del Inte- rior, mediante oficio Nº 0970-2002-IN-0604, recibido el 22 de mayo de 2002) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0431-97-IN/PNP Lima, 16 de mayo de 1997 CONSIDERANDO: Que, por D.S. Nº 015-B-87-IN se crea el Fondo de Sa- lud para el Personal de la Policía Nacional (FOSPOLI), para financiar la atención integral de la salud de los miembros de la Policía Nacional y Sanidad, en Situación de Activi- dad, Disponibilidad y Retiro, así como la de sus cónyuges e hijos; Que, por R.M. Nº 0095-92-IN/PNP de fecha 29ENE92 se aprueba el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú; Que, en Capítulo VIII, en las Disposiciones Finales Art. 72º aprobado con la R.M. antes expuesta, se hace constar que los aspectos no contemplados serán normados me- diante Acuerdo del Consejo de Administración, lo que se dará cuenta a la DIRGEN para su aprobación con la Reso- lución respectiva; Que, desde la aprobación del Reglamento FOSPOLI- 29.ENE.92 se han tomado una serie de acuerdos y norma- do situaciones que hacen necesario la formulación de un nuevo Reglamento con la finalidad de cautelar los fondos del FOSPOLI y con el objeto de que pueda cumplir con los fines para los que ha sido creado, además de resguardar las divisas del Estado; Estando a lo propuesto por el Consejo de Administra- ción del FOSPOLI, recomendado por el Estado Mayor Ge- neral y a lo opinado por el Director General de la PNP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el Nuevo Reglamento del Fon- do de Salud de la Policía Nacional del Perú, el mismo que consta de IV Títulos, XIII Capítulos y 78 artículos, como texto del presente. Artículo 2º.- Derógase la R.M. Nº 0095-92-IN/PNP de fecha 29.ENE.92 y todas las disposiciones que se opon- gan a la presente norma. Regístrese, comuníquese y archívese. CÉSAR SAUCEDO SÁNCHEZ Ministro del Interior REGLAMENTO DEL FONDO DE SALUD DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ TÍTULO I DE LA NATURALEZA, FINES ALCANCES Y BASE LEGAL Artículo 1º.- El Fondo de Salud para el personal de la Policía Nacional del Perú es una entidad sin fines de lucro, dependiente de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú.