Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- Encargar el Despacho del Rectorado de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Sra. Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAZALAR, Vicerrectora Academica, mientras dure la ausencia de la Rectora Titular. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a las Instancias correspondientes, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Rectora 9212

to en el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y la precitada Directiva; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, Estando a las facultades conferidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, asi como por la Ley Nº 27067 del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion de la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2002 CGBVP, retrotrayendose el mismo a la etapa de Elaboracion de las Bases. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion al Comite Especial encargado de conducir la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2002 CGBVP, quien debera comunicarla a los postores respectivos. Articulo 3º.- El Comite Especial debera establecer el MORDAZA cronograma del MORDAZA selectivo, el mismo que debera ser comunicado a los postores. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 9243

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
Declaran la nulidad de MORDAZA de seleccion sobre licitacion publica internacional para la adquisicion de motobombas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 315-2002 CGBVP
San MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2002 Visto: El Oficio Nº 001-2002-CE-L.P.I. Nº 0001-2002CGBVP del Presidente del Comite Especial designado para conducir el MORDAZA de seleccion, mediante Resolucion Jefatural Nº 218-2002 CGBVP; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de MORDAZA de 2002 el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru convoco el MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2002 CGBVP a fin de adquirir motobombas; Que, mediante el Informe de Visto, el Presidente del Comite Especial informa que del examen de las bases se han percibido algunas ambiguedades que podrian interpretarse como una similitud entre las caracteristicas de los bienes licitados con las Especificaciones Tecnicas de una MORDAZA especifica; Que esta situacion podria atentar contra los principios que rigen las adquisiciones y contrataciones del Estado, consagradas en el Articulo 3º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, tales como la libre competencia, la imparcialidad, la eficiencia, la transparencia y trato MORDAZA e igualitario; asi como el Articulo 41º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley; Que a mas de la obligacion legal, es politica del CGBVP garantizar la plena vigencia de los principios antedichos en los actos en que interviene; Que, de conformidad con el Articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la mas alta autoridad administrativa podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por algunas de las causales establecidas en el Articulo 57º de la citada Ley, hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, la Resolucion que declara la nulidad de oficio debe expresar la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, al Articulo 49º de su Reglamento y a la Directiva Nº 0112002-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, la Resolucion que declara la nulidad de oficio debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion, conforme a lo dispues-

INACC
Aprueban Formato de Petitorio Minero para solicitud de concesiones mineras
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0882-2002-INACC/J
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 007-2000-RPM/A de fecha 13 de enero del 2000, se aprobaron 10 formatos de solicitudes de concesion minera, a traves de los cuales los usuarios han venido formulando sus petitorios mineros; Que, la expedicion del Decreto Legislativo Nº 913, la Ley Nº 27560 modificatoria de la Ley Nº 27015, la Ley Nº 27651 - Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal, asi como su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, establecen modificaciones a ciertos requisitos para la formulacion de petitorios de concesion minera; Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar los 10 formatos en un formato unico de solicitud de otorgamiento de concesiones mineras; De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en el inciso g) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, aprobado por D.S. Nº 0152001-EM; y, Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Direccion General de Concesiones Mineras, de la Direccion General de Catastro Minero, de la Direccion General de Desarrollo Corporativo y de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Formato de Petitorio Minero, a traves del cual los usuarios formularan sus solicitudes de concesion minera, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dejese sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 007-2000-RPM/A del 13 de enero del 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 9206

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