Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

dad Aeronautica del MORDAZA de fabricacion / diseno de la aeronave en donde se instalara dicha parte, indicando que esta parte esta certificada para instalarse directamente en la aeronave; siempre que la aeronave MORDAZA sido aceptada por la DGAC segun el RAP 21.55 (b). b) La DGAC aceptara materiales, partes, procesos y componentes para ser instalados en un producto con certificado MORDAZA aceptado por la DGAC segun el RAP 21.55, siempre que: 1) Dicho componente sea fabricado bajo una "Technical Standard Order Authorization" (TSOA), segun la Subparte O del FAR 21 o bajo una "Joint Technical Standard Order Authorization", segun la Subparte O del JAR 21. 2) Dicha parte sea producida bajo una autorizacion equivalente a la indicada en (1), proporcionada por la Autoridad Aeronautica del MORDAZA de fabricacion / diseno de la aeronave en donde se instalara dicha parte; siempre que la aeronave MORDAZA sido aceptada por la DGAC segun el RAP 21.55 (b). 3) Esta aceptacion no constituye una aprobacion de instalacion del componente en la aeronave, motor de aeronave o helice; debiendo dicha instalacion referirse a lo descrito en el RAP 43. 9166

inciso 1) de la Constitucion Politica, en concordancia con el numeral 41 del citado Reglamento, disponiendo la proclamacion, expedicion de titulo y juramento en Sesion Publica del Pleno del Consejo; En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades concedidas en los Articulos 21º inciso d) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397; RESUELVE: Primero.- Nombrar a los siguientes Fiscales del Ministerio Publico de MORDAZA MORDAZA, del Distrito Judicial de Lima: Fiscales Provinciales en lo Penal de MORDAZA MORDAZA en el Distrito Judicial de MORDAZA a los doctores: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Fiscal Provincial de Familia de MORDAZA MORDAZA en el Distrito Judicial de MORDAZA a la doctora: TASAYCO MORDAZA, MORDAZA Segundo.- Proceder al acto de proclamacion, juramentacion y entrega de titulo en sesion publica del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, expidiendose MORDAZA de la presente resolucion, al senor Presidente de la Corte Suprema de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Nombran fiscales y jueces de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Callao y Canete
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 275-2002-CNM
San MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 VISTO; El Oficio Nº 103-2002-CPSNM de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, con el que eleva el Acta y Cuadro de Calificaciones de los postulantes a las plazas de Fiscales Provinciales Penales y de Familia de MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Convocatoria Nº 001-2000-CNM; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Articulos 150º y 154º inciso 1) de la Constitucion Politica del Peru, 2º y 21º inciso a) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, es funcion del Consejo, el nombramiento de los jueces y fiscales de todos los niveles; Que, en cumplimiento de dicho mandato, el Pleno del Consejo mediante Convocatoria Nº 001-2000, convoco a Concurso Publico las vacantes de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico; Que, han concluido las etapas del concurso publico de meritos y evaluacion personal, es decir, la calificacion de los meritos acreditados en el curriculo vitae, examen escrito y evaluacion personal, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26397 y el Reglamento de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 041-2000/CNM, publicado el 20 de noviembre de 2000; Que, en sesion de 21 y 22 de MORDAZA del presente ano, con el documento de visto, elaborado por la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento de Magistrados, se procedio al nombramiento de los postulantes a los cargos de Fiscales Provinciales Penales y de Familia de MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, que han obtenido el MORDAZA conforme de los dos tercios del numero legal de los miembros del Consejo, de conformidad con el Articulo 154º

MORDAZA LA HOZ MORDAZA Presidente 9265

RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 276-2002-CNM
San MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 VISTO; El Oficio Nº 103-2002-CPSNM de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, con el que eleva el Acta y Cuadro de Calificaciones de los postulantes a las plazas de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Convocatoria Nº 001-2000-CNM; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Articulos 150º y 154º inciso 1) de la Constitucion Politica del Peru, 2º y 21º inciso a) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, es funcion del Consejo, el nombramiento de los jueces y fiscales de todos los niveles; Que, en cumplimiento de dicho mandato, el Pleno del Consejo mediante Convocatoria Nº 001-2000, convoco a Concurso Publico las vacantes de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico; Que, han concluido las etapas del concurso publico de meritos y evaluacion personal, es decir, la calificacion de los meritos acreditados en el curriculo vitae, examen escrito y evaluacion personal, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26397 y el Reglamento de Concursos para el Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 041-2000/CNM, publicado el 20 de noviembre de 2000; Que, en sesion de 21 y 22 de MORDAZA del presente ano, con el documento de visto, elaborado por la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento de Magistrados, se procedio al nombramiento de los postulantes a los cargos de Juez Mixto y Fiscal Provincial de Familia del Distrito Judicial de MORDAZA, que han obtenido el MORDAZA conforme de los dos tercios del numero legal de los miembros del Consejo, de conformidad con el Articulo 154º inciso 1) de la Constitucion Politica, en concordancia con el numeral 41 del citado Reglamento, disponiendo la proclamacion, expedicion de titulo y juramento en Sesion Publica del Pleno del Consejo;

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