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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2002 (24/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

Pág. 223571 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de mayo de 2002 sentando los cargos de citación a las sesiones ordinarias convocadas por él para los días 26 de enero y 15 de febre- ro de 2002, observándose que en dichos documentos, obrantes a fojas 93 y 94, han quedado registradas las fir- mas de los Regidores citados; Que, como consecuencia del análisis realizado, se con- cluye que el acuerdo de vacancia del cargo de Alcalde de don Alejandro Ausberto Cárdenas Cahuaza no ha sido aprobado con arreglo a ley, y por lo tanto, debe ser decla- rado nulo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de re- visión interpuesto por don Alejandro Ausberto Cárdenas Cahuaza contra el acuerdo de la Sesión Extraordinaria Nº 48 de fecha 25 de marzo de 2002 que declaró la vacancia del cargo de Alcalde que el recurrente desempeña en el Concejo Distrital de Tapiche, provincia de Requena, de- partamento de Loreto; y, nulo e insubsistente el referido acuerdo. Artículo Segundo.- Declarar que don Alejandro Aus- berto Cárdenas Cahuaza continúa ejerciendo el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Tapiche, en el que fue ele- gido para el período de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 9183 Declaran que regidores del Concejo Distrital de Pangoa, provincia de Sati- po, continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 167-2002-JNE Lima, 21 de mayo de 2002 Visto, el Expediente Nº 272-2002 sobre recurso de re- visión interpuesto el 12 de abril del 2002, por don Manuel Antonio Quiroz Urteaga, Regidor del Concejo Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín, con- tra el acuerdo y la Resolución de Alcaldía Nº 567-2002-A/ MDP que declaran la vacancia de su cargo de Regidor; integrado a su vez por el informe remitido por don Félix Zárate Crispín, Alcalde del citado concejo; y, oídos los in- formes orales; CONSIDERANDO: Que, obra de fojas 55 a 62, la copia del acta correspon- diente a la Sesión Ordinaria Nº 009-2002 de fecha 5 de abril del 2002, en la cual consta el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Regidor de don Manuel Antonio Qui- roz Urteaga por el Concejo Distrital de Pangoa, aprobado por tres votos, existiendo dos votos en contra y tres abs- tenciones; expidiéndose la Resolución de Alcaldía Nº 566- 2002-A/MDP que obra a fojas 63 y 64; pronunciamiento emitido en mérito de la solicitud de vacancia formulada por don José Jesús Páucar Huachua el 23 de noviembre del 2001, según consta de fojas 33 a 35; Que, el argumento de la declaratoria de vacancia sería el pago de una deuda de don Manuel Antonio Quiroz Urtea- ga a favor del municipio, por celebración del matrimonio de su hija fuera del local municipal, deuda que se habría garan- tizado con el pago de sus dietas, según la suscripción de un compromiso de pago; sin embargo, habría procedido a pa- gar su deuda después de haber sido emplazado judicial- mente, según las piezas procesales de carácter judicial que obran en autos, por lo que habría incurrido en la causal devacancia prevista en el numeral 8) del Artículo 23º de la Ley Nº 23853, y el Artículo 88º de la misma norma; Que, conforme lo dispone el Artículo 27º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, la vacancia de los car- gos de Alcalde y Regidor es declarada por el correspon- diente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la ma- yoría del número legal de sus miembros, votación que no se ha obtenido al declarar la aludida vacancia, pues integrado el Concejo Distrital de Pangoa por un alcalde y siete regido- res, se requería como mínimo de cinco votos, en concor- dancia con los Artículos 40º y 41º de la acotada ley; Que, habiendo tomado conocimiento del acuerdo de vacancia con fecha 10 de abril del 2002, según consta del cargo de la notificación que obra fojas 7, el recurso de revi- sión formulado por don Manuel Antonio Quiroz Urteaga se ha interpuesto dentro del término de ley; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de re- visión interpuesto por don Manuel Antonio Quiroz Urtea- ga, contra el acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 009-2002 de fecha 5 de abril del 2002 del Concejo Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín, en la parte que declara la vacancia de su cargo de Regidor del citado concejo; en consecuencia, nulos el mencionado acuerdo y la Resolución de Alcaldía Nº 567-2002-A/MDP. Artículo Segundo.- Declarar que don Manuel Antonio Quiroz Urteaga continúa ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pangoa, por el período 1999 - 2002, para el cual fue elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 9179 RESOLUCIÓN Nº 168-2002-JNE Lima, 21 de mayo de 2002 Visto, el Expediente Nº 273-2002 sobre recurso de re- visión interpuesto el 15 de abril del 2002, por don Gil Abad Aguirre García, Regidor del Concejo Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín, contra el acuer- do y la Resolución de Alcaldía Nº 566-2002-A/MDP que declaran la vacancia de su cargo; integrado a su vez por el informe remitido por don Félix Zárate Crispín, Alcalde del citado concejo; y, oídos los informes orales; CONSIDERANDO: Que, obra de fojas 29 a 36, la copia del acta correspon- diente a la Sesión Ordinaria Nº 009-2002 de fecha 5 de abril del 2002, en la cual consta el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo de Regidor de Gil Abad Aguirre García adoptado por el Concejo Distrital de Pangoa, aprobado por tres votos, existiendo dos votos en contra y tres absten- ciones; expidiéndose la Resolución de Alcaldía Nº 566- 2002-A/MDP que obra a fojas 37 y 38; Que el fundamento del acuerdo de vacancia sería la contratación por servicios de transporte del Volquete XP- 4724 entre la Municipalidad de Pangoa y doña Victoria de los Ríos de Aguirre, quien sería esposa del referido Regi- dor; además, de la compra de cilindros vacíos a la referida ciudadana; por lo que don Gil Abad Aguirre García habría incurrido en la causal de vacancia prevista en el Artículo 88º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, conforme lo dispone el Artículo 27º de la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 23853, la vacancia de los cargos de Alcalde y Regidor es declarada por el corres- pondiente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, votación que no se ha obtenido al declarar la aludida vacancia, puesto