Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2002 (11/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de noviembre de 2002

(3) Recibo de pago en el Banco de la Nacion 27.5 Entre personal de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru y persona natural civil a. Del que transfiere: (personal de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru) (1) Copias del Carne de Identidad Personal y MORDAZA boleta de pago. (2) MORDAZA de transferencia del arma expedida por el organo pertinente de su respectivo Instituto. (3) MORDAZA del arma para su verificacion. b. Del que adquiere: (persona natural civil) (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Toma digitalizada de imagen (fotografia) por cada licencia. (3) MORDAZA del documento nacional de identidad o libreta electoral o carne de extranjeria vigente. (4) Certificado de Antecedentes Penales (5) Certificado de Antecedentes judiciales. (6) Certificado de Antecedentes policiales (7) Certificado de Salud Mental expedido por establecimientos de salud publicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC. (8) Aprobar los examenes de manejo de arma y tiro. (9) Recibo de pago en el Banco de la Nacion 27.6 Entre coleccionistas a. Del que transfiere (persona natural): (1) Solicitud en formulario impreso. (2) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad o Libreta Electoral o Carne de Extranjeria vigente. (3) Licencia original de posesion y uso de arma de fuego de coleccion. b. Del que transfiere (persona juridica a traves de su representante legal): (1) Solicitud en formulario impreso. (2) MORDAZA simple de la ficha registral expedida por la Oficina Registral correspondiente en la que conste la representacion legal vigente. (3) MORDAZA del acta de acuerdo de directorio o MORDAZA del documento que acredite la decision de transferencia del arma o MORDAZA, segun corresponda. (4) Licencia original de posesion y uso de arma de fuego de coleccion. c. Del que adquiere (persona natural): (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Toma digitalizada de imagen (fotografia) por cada licencia. (3) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad o de la Libreta Electoral o Carne de Extranjeria. (4) Certificado de Antecedentes Penales. (5) Certificado de Antecedentes Judiciales. (6) Certificado de Antecedentes Policiales. (7) Recibo de pago en el Banco de la Nacion. d. Del que adquiere (persona juridica a traves de su representante legal) (1) Solicitud en formulario impreso. (2) MORDAZA simple de la ficha registral expedida por la Oficina Registral correspondiente en la que conste la representacion legal vigente. (3) Toma digitalizada de imagen (fotografia) por cada licencia. (4) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad o de la Libreta Electoral o Carne de Extranjeria. (5) Certificado de Antecedentes Penales. (6) Certificado de Antecedentes Judiciales. (7) Certificado de Antecedentes Policiales. (8) Recibo de pago en el Banco de la Nacion.

Articulo 28º.- DE LOS DERECHOS DE TRAMITACION Para registrar la transferencia de arma autorizada ante la DICSCAMEC: 28.1 Las personas naturales civiles, o juridicas autorizadas a la prestacion de servicios de seguridad privada y entidades publicas que adquieren el arma o MORDAZA autorizadas MORDAZA el 1,63 % UIT por derechos de tramitacion y 0,10% UIT por toma digitalizada de imagen (fotografia) por cada licencia. Los coleccionistas MORDAZA 2,77% UIT por derecho de tramitacion y 0,10% UIT por derecho de toma digitalizada de imagen por cada licencia. 28.2 El personal de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru que adquiere MORDAZA autorizadas de persona natural civil MORDAZA 0,62 % UIT por derecho de tramitacion. 28.3 En el caso de provincias para realizar la inscripcion de la transferencia de MORDAZA autorizadas a las que se hace referencia en los numerales anteriores, los administrados MORDAZA los derechos de tramitacion establecidos en el presente reglamento; adjuntando dos (02) fotografias recientes a color, tamano carne por cada licencia, segun corresponda, en los lugares donde no este implementado el sistema de toma de imagen digitalizada (fotografia). CAPITULO V DE LA OBTENCION DE LOS CERTIFICADOS DE SALUD MENTAL Articulo 29º.- DE LA OBLIGATORIEDAD DEL CERTIFICADO DE SALUD MENTAL PARA OBTENER LICENCIA DE POSESION Y USO DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL. 29.1 Las personas naturales para obtener licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil estan obligadas a presentar certificado de salud mental expedido por establecimientos de salud publicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC. 29.2 Asimismo dicha obligacion alcanza al personal de las entidades publicas y personas juridicas autorizadas a la prestacion de servicios de seguridad privada. Articulo 30º.- DE LA COMPETENCIA PARA AUTORIZAR Y REGISTRAR A LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PUBLICOS O PRIVADOS PARA EXPEDIR CERTIFICADOS DE SALUD MENTAL PARA LA OBTENCION DE LICENCIA DE POSESION Y USO DE MORDAZA DE FUEGO DE USO CIVIL 30.1 El Ministerio del Salud es el organo competente a nivel nacional para autorizar los establecimientos de salud publicos o privados competentes para expedir certificados de salud mental. 30.2 Para la obtencion de licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil, el Ministerio del Interior a traves de la DICSCAMEC, es el organo competente para registrar a los establecimientos de salud publicos y privados autorizados por el Ministerio de Salud para expedir certificado de salud mental. 30.3 El establecimiento de salud registrado por la DICSCAMEC para expedir el certificado de salud mental, abonara, previo al registro y renovacion correspondiente, el 50% de la UIT por derecho de acreditacion. 30.4 El registro para expedir certificado de salud mental tendra vigencia de cinco anos renovables. CAPITULO VI DE LOS REQUISITOS, OBLIGACIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES A LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PUBLICOS O PRIVADOS REGISTRADOS PARA EXPEDIR CERTIFICADOS DE SALUD MENTAL PARA OBTENER LICENCIA DE POSESION Y USO DE MORDAZA DE FUEGO DE USO CIVIL Articulo 31º.- DE LOS REQUISITOS PARA SER REGISTRADO COMO ESTABLECIMIENTO DE SALUD

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