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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 233046 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, aprobó por mayoría los Proyectos de Habilitación Urbana en vía de regularización de su Campus Universitario del terreno acumulado de 57,221.34 m2, calificado como Equipa- miento Educativo "E-3", ubicado entre la Av. Javier Pra- do, Av. Manuel Olguín y Av. Club Golf Los Incas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, de conformidad con la Ordenanza Nº 341-MML, la Av. Javier Prado Este tiene una sección vial de 56.00 ml., estando por lo tanto afecto el terreno de la Universi- dad de Lima en 8.00 ml. correspondiente a la vía auxiliar. Sin embargo la Universidad recurrente propone sólo una afectación entre 4.04 ml. y 4.17 ml. la cual mediante la carta Nº 009-2002-EMAPE/GG, de fecha 9 de enero del 2002, se señala que de la evaluación efectuada tanto por el Instituto Metropolitano de Planificación como por la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima, di- cha afectación compatibiliza con el expediente de Remo- delación de la Av. Javier Prado Este y Óvalo Monitor Huás- car, desarrollado por EMAPE S.A., En tal sentido y de conformidad con el Art. 4º de la aludida Ordenanza, la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas apro- bó la mencionada propuesta; Estando a lo expuesto en el informe Nº 242-MML- DMDU-DHU-DRD del 1 de octubre del 2002. Se concluye que los interesados han cumplido con presentar la docu- mentación requerida para los trámites solicitados y abona- do los derechos administrativos señalados en el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos, TUPA-1999, y del artículo II - XXI - 4 del Reglamento Nacional de Cons- trucciones; Que, mediante el Oficio Nº 097-2000/MML-DMDU- DHU, de fecha 31 de enero del 2000, se remite a la Di- rección Municipal de Fiscalización y Control, el informe Nº 016-2000/MML-DMDU-DHU, referente a las sancio- nes que deben aplicarse a la Universidad de Lima, por tratarse de una habilitación urbana irregular; Con el Visto Bueno de la División de Revisión de Dise- ño, y con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 del Decreto de Alcaldía Nº 081-97, del 30 de octubre de 1997 y la Ordenanza Nº 133, del 19 de diciembre de 1997, la Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 2000, el Decreto de Alcaldía Nº 055 del 11 de julio del 2000, la Ordenanza Nº 292 del 17 de octubre del 2000, Acuerdo de Concejo Nº 233 del 30 de noviembre del 2000, la Ordenanza Nº 341, del 6 de di- ciembre del 2001 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el plano signado con el Nº 044-2002-MML-DMDU-DHU, los Proyectos de Habilitación Urbana en vía de regularización, referentes a trazado y lotización, pavimentación de cal- zadas y aceras correspondiente a la Habilitación Urbana del terreno de 57,221.34 m2 (CINCUENTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO METROS CUADRADOS TREINTICUATRO DECÍMETROS CUADRADOS) para uso de Equipamiento Educacional "E-3", ubicado entre la Av. Javier Prado, Av. Manuel Olguín, y Av. Club Golf Los Incas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la UNIVERSIDAD DE LIMA, para ejecutar en el plazo de doce (12) meses, las obras faltantes, contados a partir de la fecha de notifi- cación de la presente Resolución las obras de Habilita- ción Urbana del terreno de 57,221.34 m2, cuyos proyec- tos se aprueban según la siguiente descripción: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: Área Bruta total 57,221.34 m2 Área Útil 55,937.89 m2 Área de Vías 1,283.45 m2 Pavimentos.- Las características de las obras de pa- vimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será nece- sario efectuar una evaluación de la superficie del terrenonatural eliminando el que contenga restos orgánicos, es- carifando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándo- se con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un ín- dice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compacta- do, provenientes de cantera seccionada, que contenga pro- porciones adecuadas de material, gruesos (con diámetros máximo de 1 1/2"), finos y ligantes, en proporciones ade- cuadas. La mezcla y compactación se efectuará con rie- gos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Pro- ctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el con- veniente bombeo del centro a los extremos, cuidando man- tener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f ' c=140kg./ cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento - arena fina, en proporción 1:2 de un cen- tímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o ex- tremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y aca- bado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f ' c=210kg./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abani- cos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las cal- zadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Li- mitados Físicos aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de febrero del 2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán poner en co- nocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones te- lefónicas, la interesada, de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plan- tas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, el cumplimiento de la libre disponibilidad del área del terreno afectada y aproba- da para la Av. Javier Prado Este, entre 4.04 ml. y 4.17 ml., la cual será construida en forma integral por EMAPE S.A., trasladando de ser el caso, el costo correspondiente a la ejecución de la obra de la vía de servicio a los propietarios como derecho de mejoras. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días ca- lendario contados a partir de la notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a la Dirección Municipal de Fiscalización y Con- trol, a la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima, a la Oficina Registral de Lima y Callao, para su inscripción y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 19879