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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 233044 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23853, Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decre- to Supremo Nº 154-2001-EF y Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia Patrimonial Pre- dial del terreno de 817 198,79 m2, ubicado en el Sector Pam- pa San Francisco, distrito de Moquegua, provincia de Maris- cal Nieto, departamento de Moquegua, de propiedad del Estado, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11002285 del Registro de la Propiedad Inmueble de Moquegua, a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, para su poste- rior adjudicación a los posesionarios, así como para la reubi- cación de los damnificados del sismo del departamento de Moquegua, respetándose el Plan Director vigente. Artículo 2°.- En los casos que la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto adjudique en venta a favor de particulares, se sujetará a lo dispuesto por la Décima Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Artículo 3º.- Por el mérito de la presente Resolución se procederá a suscribir la correspondiente Escritura Pú- blica de Transferencia Patrimonial e inscribirla en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Moquegua, así como re- gistrarla en el Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal- SINABIP. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 19833 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Precisan numeración de Ordenanzas aprobadas en julio y agosto de 2002 ORDENANZA Nº 405 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión de fecha Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Precísase que a la Ordenanza apro- bada el 12 de julio de 2002, mediante la cual se asignó Zo- nificación de Reglamentación Especial -ZRE- al terreno de 1,882.10 m2 ubicado en la esquina del jirón Santa Lucía y la Alameda San Lorenzo, urbanización Los Cedros de Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, le corresponde la numeración 391 y no Nº 394 como equivoca- damente consignó su publicación efectuada en la Separata de Normas Legales, del Diario Oficial El Peruano edición correspondiente al 22 de julio de 2002, página Nº 226881. Artículo Segundo.- Ratifícase que a la Ordenanza aprobada el 13 de agosto de 2002, que modifica el Plano de Zonificación General de los usos del suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, del distrito de El Agustino le corresponde la numeración 394 conforme consigna su publicación en la Separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, edición correspondiente al 20 de sep- tiembre de 2002, página Nº 230266. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. Lima, 30 de octubre de 2002. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 19903Modifican el TUPA de la Municipalidad respecto a diversos procedimientos co- rrespondientes a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano ORDENANZA Nº 408 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, visto en Sesión de la fecha, el Informe Nº 1422-2002-MML-OGAJ de la Ofi- cina General de Asuntos Jurídicos y el Dictamen Nº 461- 2002-CAL-MML de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece un régimen que garantiza los dere- chos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, conforme al artículo 119º del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, las municipalidades sólo podrán co- brar derechos por concepto de revisión y calificación de anteproyecto y proyectos; entre otros, indicando en su artículo 120º que los derechos por los servicios profesio- nales de calificación o supervisión, de los delegados ante las Comisiones Técnicas, serán fijados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, mediante Resolución Ministerial; Que, de acuerdo al artículo 121º de la norma antes citada "El pago de derechos de calificaciones será válido para dos calificaciones. De requerirse más calificaciones, el nuevo pago de derechos se efectuará teniendo en con- sideración que: El pago de los derechos de calificación de proyecto de obra, corresponde a dos calificaciones: una de arquitectura y otra de ingeniería. El nuevo pago se hará por el 50% del derecho si se requiere de una sola especialidad y por el 100% si se requiere de las dos"; Que, mediante Ordenanza Nº 360-MML de 18 de fe- brero de 2002 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; estableciendo dentro de los trámites correspondien- tes a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano los Nº 30: Licencia de Obra para Edificación Nueva; Nº 31: Li- cencia de Obra para Remodelación, Ampliación, Modifi- cación y Reparación; Nº 32: Licencia de Obra para Cer- cado de Terrenos Baldíos; Nº 33: Licencia de Obra para Demolición; Nº 34: Regularización de Obras Sin Licencia y Nº 35: Licencia de Obra para Autoconstrucción, dispo- niendo que el pago de los derechos por calificación posi- bilita dos revisiones y por mayores revisiones se pagará 50% en la especialidad de arquitectura y 50% si se trata de otra especialidad; Que, de la revisión de la normatividad antes indicada se aprecia que en la Ordenanza Nº 360-MML se ha reco- gido en forma equivocada lo dispuesto en el artículo 21º del D.S. Nº 008-00-MTC - Reglamento de la Ley Nº 27157, por cuanto debió consignarse que ante el supuesto de una petición por parte del Administrado de una tercera calificación se cobraría ya sea el 50% o el 100% de re- querirse que esa nueva calificación se realice por ambos profesionales o por uno de ellos, esto es el profesional en Arquitectura o en Ingeniería; En aplicación del numeral 5) del artículo 38º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Modificar la Ordenanza Nº 360-MML de fecha 18 de febrero de 2002, que aprobó el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad Metropolitana de Lima, en cuanto se refiere a los procedimientos correspondientes a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano Nºs. 30, 31, 32, 33, 34 y 35, en el sentido de "que ante el supuesto de una petición por parte del administrado de una tercera calificación, se