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Pág. 233041 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Afectan en uso inmuebles a favor de la EPS Moquegua S.R.Ltda., Municipali- dad Distrital de La Molina y la Direc- ción Regional de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción del CTAR Lambayeque JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 091-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 30 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº 00152-98, por el cual se sustenta la afectación en uso del terreno de 40 884,22 m² ubicado en el Sector de Pampas de Chen Chen, al Nor Este de la ciudad de Moquegua, a una distancia aproximada de 2 km. de la provin- cia Mariscal Nieto, distrito y departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 40 884,22 m² ubicado al Nor Este de la ciudad de Moquegua, a una distancia aproximada de 2 km de la provincia Mariscal Nie- to, distrito y departamento de Moquegua, inscrito en la Par- tida Electrónica Nº 11001606 de la Oficina Registral de Moquegua, y registrado en el Asiento Nº 774 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal correspondiente al departamento de Moquegua; Que, mediante Oficio Nº 029-2002-GG/EPS MOQUE- GUA S.R.Ltda de fecha 29 de enero del 2002, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Moquegua So- ciedad de Responsabilidad Limitada, solicita la afectación en uso del terreno descrito en el considerando preceden- te, que viene siendo ocupado por la Planta de Tratamien- to de Agua Potable de Chen Chen; Que, realizada la inspección técnica con fecha 14 de noviembre del 2001, se ha constatado que en dicho terre- no funciona la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Chen Chen, cuyas áreas, medidas, linderos y colindan- cias corresponden con las inscritas en la Ficha Nº 10158 de la Oficina Registral de Moquegua; Que, la afectación en uso se otorga para un fin determi- nado compatible con las funciones del Estado, pudiendo éste desafectar el predio si la entidad afectataria incurre en las causales previstas en el artículo 96º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia- ria estatal se otorgan excepcionalmente a favor de per- sonas naturales o instituciones privadas que coadyuven al fin social del Estado y se aprueban mediante Resolu- ción de la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 87º del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal, concordado con el artículo 3º literal b) del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Que, de conformidad al Artículo 53º de la Ley Nº 26338 que aprueba la Ley General de Servicios de Saneamien- to, el Estado podrá afectar en uso o adjudicar terrenos eriazos de propiedad fiscal, para la construcción de ins- talaciones con ese destino; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 017-2002/SBN-JAD de fecha 31 de enero del 2002, resulta atendible la solicitud formulado por la Enti- dad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS MOQUEGUA; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 315-2001/SBN y Ley Nº 26338; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 40 884,22 m² ubicado al Nor Este de la ciudad de Moquegua, a unadistancia aproximada de 2 km. de la provincia Mariscal Nieto, distrito y departamento de Moquegua, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11001606 de la Oficina Regis- tral de Moquegua, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - EPS MOQUEGUA S.R.Ltda, para el funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Chen Chen. Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución se suscribirá el Acta de Entrega a favor del afectatario. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Moquegua de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir la afectación en uso indicada en el artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 19831 JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 094-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 31 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº 037-2002/SBN-GO-JAD, por el cual se sustenta la afectación en uso del predio de 2 086 049,01 m², ubicado en las faldas del Cerro San Francisco, en la Zona denominada Pampa El Arenal, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, a favor de la Municipalidad Distrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales, tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y es- tableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, el Estado, a través de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales es propietario del predio de 2 086 049,01 m², ubicado en las faldas del Cerro San Francisco, en la Zona denominada Pampa El Arenal, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Electrónica Nº 11380623 del Registro de la Propiedad In- mueble de Lima, y registrado en el Asiento Nº 12983 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propie- dad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 233/MDLM-AL-2001, de fecha 8 de junio de 2001, la Municipalidad Distrital de La Molina solicita la adjudicación - entiéndase la afectación en uso - del terreno descrito en el considerando precedente, para que sea destinado a desarrollar programas de forestación; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2001, de fecha 31 de mayo de 2001, la Municipalidad Distrital de La Molina, indica que los terrenos ubicados en el Sector Este de la Pampa El Arenal del distrito de La Molina, se en- cuentran comprendidas en Zona de Forestación, confor- mados por escombros, en proceso de descomposición, baja capacidad portante y muy permeable, lo cual los hace vulnerables a los sismos, razón por la cual sólo pueden ser destinados a Forestación; Que, a través del Oficio Nº 405-2001-MDLM-AL, de fe- cha 19 de octubre de 2001, la Municipalidad Distrital de La Molina comunica a esta Superintendencia que viene tra- bajando en la elaboración del proyecto denominado Par- que Ecológico de La Molina, el cual será ejecutado en el terreno en cuestión; Que, mediante Acta Nº 006-2002/SBN-GO-JAD, de fe- cha 7 de marzo de 2002, la Superintendencia de Bienes Nacionales entregó provisionalmente el inmueble sub ma- teria a la Municipalidad Distrital de La Molina, para destinar- lo al proyecto denominado Parque Ecológico de La Molina; Que, mediante Oficio Nº 204-2002-MDLM-AL, de fe- cha 3 de octubre de 2002, la Municipalidad Distrital de La