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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 233042 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 Molina remite el anteproyecto del Parque Ecológico de La Molina y la factibilidad económica para su ejecución; Que, la afectación en uso se otorga para un fin determi- nado compatible con las funciones del Estado, pudiendo éste desafectar el predio si la entidad afectataria incurre en las causales previstas en el artículo 96º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria estatal, se otorgan a favor de las entidades del Sector Pú- blico Nacional y se aprueban mediante Resolución de Su- perintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 87º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, concordado con el Artículo 3º literal b) del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 161-2002/SBN-GO-JAD, de fecha 30 de octubre de 2002, resulta atendible la solicitud formulada por la referida comuna, por cuanto la finalidad que se le dará al predio coadyuva al fin social del Estado y ha cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 86º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, de acuerdo al literal a) y l) del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Re- solución Nº 315-2001-SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones afectar en uso la propiedad inmobiliaria estatal, así como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso a favor de la Municipalidad Distrital de La Molina, el predio de 2 086 049,01 m², ubica- do en las faldas del Cerro San Francisco, en la Zona deno- minada Pampa El Arenal, en el Distrito de La Molina, pro- vincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Elec- trónica Nº 11380623 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, y registrado en el Asiento Nº 12983 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Esta- tal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima, para que lo destine a la ejecución del "Parque Ecológico de La Molina". Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución se suscribirá el Acta de Entrega a favor de la entidad afec- tataria. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao, por el mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la afec- tación en uso indicada en el Artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 19834 JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 095-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 31 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº M-583, en el cual se sustenta la solicitud de afectación en uso de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Transitorio de Administración Regional de Lamba- yeque, del predio de 3 550,00 m², ubicado en la avenida Angamos s/n, de la urbanización San Luis, distrito y provin- cia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; y CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del predio de 3 550,00 m2, ubicado en la avenida Angamos s/n, de la urbanización San Luis, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11001376 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chiclayo y regis- trado en el Asiento Nº 23 del Sistema de Información Na-cional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, corres- pondiente al departamento de Lambayeque; Que, mediante Oficio Nº 1204 2001-CTAR-LAMB-DRTCVC de fecha 12 de setiembre de 2001, la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción soli- cita la afectación en uso del predio materia de la presente Resolución, debido a que en el mismo se encuentra en funcionamiento el servicio de mantenimiento preventivo y de reparación de la maquinaria de dicha Dirección Regional; Que, se ha verificado que en el predio se encuentra en funcionamiento el servicio indicado desde aproxima- damente 44 años, por lo cual corresponde regularizar di- cha ocupación mediante la afectación en uso; Que, la afectación en uso se otorga para un fin determi- nado compatible con las funciones del Estado, pudiendo éste desafectar el predio si la entidad afectataria incurre en las causales previstas en el artículo 96º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF; Que, la afectación en uso de la propiedad inmobiliaria estatal se realiza a favor de las entidades del Sector Público Nacional y, se aprueba mediante Resolución de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dis- puesto por el Artículo 87º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal concordado con el artí- culo 3º literal b) del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Que, los incisos a) y l) del artículo 41º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales, faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a afectar en uso la propiedad inmobiliaria estatal así como emitir en pri- mera instancia las Resoluciones de su competencia; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 162-2002/SBN-GO-JAD del 30 de octubre de 2002, resulta atendible la solicitud de afectación en uso formulada por la referida Dirección Regional de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Transitorio de Administración Regional de Lam- bayeque, por cuanto la finalidad que se le viene dando al predio coadyuva al fin social del Estado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resoluciones de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN y Nº 022-2002/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso a favor de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Transitorio de Administración Regional de Lambayeque, el predio de 3 550, 00 m2 ubi- cado en la avenida Angamos s/n, de la urbanización San Luis, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lam- bayeque, el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº 11001376 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chiclayo, donde funcionan los ta- lleres del Equipo Mecánico de dicha Dirección Regional. Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución se suscribirá el Acta de Entrega a favor del afectatario. Artículo 3º.- La Zona Registral Nº II Sede Chiclayo de La Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir en el Registro de Propiedad Inmueble de Chicla- yo, la afectación en uso dispuesta en el artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 19835 Rectifican área registral y área y linde- ros de terreno inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ilo JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 092-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 30 de octubre de 2002