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Pág. 233052 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de noviembre de 2002 LEY Nº 27861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EXCEPTÚA EL PAGO DE DERECHOS DE AUT OR POR LA REPRODUCCIÓN DE OBRAS P ARA INVIDENTES Artículo Único .- Adiciona el inciso g) al artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor Adiciónase el inciso g) al artículo 43º, del Decreto Le- gislativo Nº 822, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 43º.- Respecto de las obras ya divulgadas lícitamente, es permitida sin autorización del autor: g)La reproducción de las obras de ingenio para uso privado de invidentes, siempre que ésta se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento específico y que las copias no tengan como propó- sito utilización lucrativa." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil dos. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19998 LEY Nº 27862 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE ADJUDICACIÓN EN PROPIEDAD DE LA SEDE INSTITUCIONAL DE LA ASOCIACIÓN DE SORDOS DEL PERÚ Artículo 1º .- Objeto de la Ley Autorízase a la Superintendencia de Bienes Nacionales adjudicar en propiedad a título gratuito a la Asociación deSordos del Perú, para los fines institucionales, el inmueble ubicado en la calle Dionisio Derteano Nº 184, San Isidro, Lima, cuyas medidas y demás datos de identificación aparecen ins- critos en la ficha Nº 96856 y en la partida electrónica Nº 41261994 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 2º .- Exoneración de derechos registrales La traslación de dominio a favor de la Asociación de Sordos del Perú, queda exonerada de pago del Arancel Registral. Artículo 3º .- Norma derogatoria Derógase toda norma que se oponga a la presente. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil dos. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19999 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan viaje del Ministro de Educa- ción a Cuba para participar en evento sobre el Proyecto Regional de Educa- ción para América Latina y el Caribe RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 497-2002-PCM Lima, 11 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el Director General de la Organización de las Na- ciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), ha cursado invitación al señor Ministro de Edu- cación para que participe en la "I Reunión Interguberna- mental del Proyecto Regional de Educación para América Latina y el Caribe", a realizarse en la ciudad de La Habana, Cuba, del 14 al 16 de noviembre de 2002; Que el objetivo de dicha reunión es aprobar el nuevo Pro- yecto Regional de Educación que tiene una perspectiva de quince años y analizar las actividades que los gobiernos y las agencias internacionales despliegan, bajo la égida de la UNESCO, con motivo del seguimiento del Foro Mundial de Educación realizado en Dakar, Senegal, en el año 2000; Que los gastos que genere el citado viaje serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Ur- gencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Gerardo Ay- zanoa Del Carpio, Ministro de Educación, a la ciudad de La Habana, Cuba, del 12 al 17 de noviembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.