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Pág. 233054 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de noviembre de 2002 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 20000 AGRICULTURA Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del INIA para el Ejercicio Fiscal 2002 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 178-2002-INIA Lima, 25 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 156-2002-INIA, de fecha 17 de setiembre de 2002, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos Nº 22-2002-EF y EPL 480 entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacio- nal de Investigación Agraria - INIA; Que, en virtud al Convenio precitado, el INIA requiere la contratación de Recursos Humanos para la ejecución del Proyecto PL 480, siendo necesario incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INIA, aprobado por Resolución Jefatural Nº 039-2002-INIA, modificado por Resolución Jefatural Nº 141-2002-INIA, el proceso de se- lección de Concurso Público destinado a la contratación de profesionales y técnicos; Que, de conformidad con las disposiciones estable- cidas en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, toda modificación del Plan Anual de Adquisiciones, sea por inclusión o por exclusión de procesos de selec- ción, debe ser aprobada por el titular del Pliego de la Entidad; Estando al Artículo 10º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021- 2001-AG; y con la visación de los Directores Generales de las Oficinas de Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Instituto Nacional de Investiga- ción Agraria - INIA, para el Año Fiscal 2002, a fin de in- cluir el proceso de selección de Concurso Público desti- nado a la contratación de profesionales y técnicos nece- sarios para la ejecución del Proyecto PL 480, por las ra- zones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Administración notifique de la inclusión al citado Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del INIA, al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre- sa - PROMPYME. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aproba- ción. Regístrese y comuníquese. CARLOS ANTONIO SALAS VINATEA Jefe Instituto Nacional de Investigación Agraria 19964Transportes y Comunicaciones, a partir del 15 de noviem- bre de 2002 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 19974 Exceptúan a OSIPTEL de medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público en lo referido a supervisión de telefonía móvil y en difusión de debe- res y derechos de usuarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 501-2002-PCM Lima, 11 de noviembre de 2002 Vista, la Carta Nº 570-PD.GCC/2002 del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inver- sión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se dictan medidas complementarias de austeridad y raciona- lidad en el gasto público para el año fiscal 2002; Que, por Decreto de Urgencia Nº 033-2002 se esta- blecen las disposiciones para la aprobación de excepcio- nes a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002 a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL debe cumplir con sus funciones normativa, reguladora, supervisora, fis- calizadora, sancionadora, de solución de controversias y de solución de reclamos de usuarios del Sector Teleco- municaciones, propias al ámbito de su competencia, con sujeción a los principios de acción que están determinados en la Ley Nº 27332, Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su Reglamento General aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2001-PCM; Que, de las funciones mencionadas se derivan dos ac- tividades específicas que comprenden el cumplimiento de la función de difusión de los derechos y obligaciones de los abonados y/o usuarios de los servicios públicos de teleco- municaciones, y la relativa a la supervisión del servicio de telefonía móvil, para cuyo desarrollo requieren necesaria- mente de publicaciones e impresiones y del uso de telefo- nía móvil, respectivamente; Que, para garantizar el cumplimiento de las funciones indicadas, resulta pertinente aprobar excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año 2002 conforme a lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, la Ley Nº 27332, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 y Resolu- ción Ministerial Nº 264-2002-EF/10. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar al Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL de los alcances de los numerales 3.2), precisado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 264-2002-EF/ 10, y 3.4) del artículo 3º del Decreto Urgencia Nº 030- 2002, para su aplicación específica en el cumplimiento de la función de supervisión al servicio de telefonía mó- vil y en la impresión de folletos de orientación y difusión de los deberes y derechos de los usuarios del Sector Telecomunicaciones.