Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2002 (12/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 12 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES
63.20 63.21 63.23

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Solicitudes, certificados, historiales, informes y registros; falsificacion, reproduccion o alteracion de las licencias u otros documentos. Cambio de domicilio. Reconocimiento de licencias y habilitaciones otorgadas a peruanos en el extranjero.

b) MORDAZA de servicio a realizar. c) Rutas, zonas de operacion, circuitos y frecuencias, asi como base y sub bases de operacion. d) MORDAZA y MORDAZA de la(s) aeronave(s) que utilizara en la actividad. e) Plazo por el que solicita el permiso de operacion. f) Que la tripulacion encargada de la conduccion tecnica cuenta con las respectivas licencias y certificados de aptitud. g) Fecha y numero de la MORDAZA de pago de los derechos correspondientes. 2) MORDAZA simple del poder del representante legal. 3) Una MORDAZA del Certificado de Explotador Aereo (AOC) y/o las OPSPECS en la que figura la autorizacion tecnica dada por el Estado de origen para la operacion requerida dentro del territorio peruano. En caso de no poseer dicha autorizacion, la DGAC procedera a verificar la capacidad tecnica para realizar tal operacion, conforme a lo senalado en la seccion 129.11. 4) Documento expedido por la autoridad aeronautica correspondiente, donde se designa al solicitante como empresa autorizada a prestar el servicio de transporte aereo. 5) Documento expedido por la autoridad aeronautica correspondiente, en el que consta el compromiso de dicha autoridad a otorgar similares derechos a una empresa aerea peruana, en caso que la solicitud sea atendida bajo el MORDAZA de reciprocidad. 6) MORDAZA de los certificados de matricula otorgados por la autoridad competente, respecto de la(s) aeronave(s) con la(s) que se prestara el servicio de transporte y en su caso, certificado expedido por la autoridad aeronautica civil del MORDAZA del solicitante que acredita que las aeronaves con las que se solicita operar se encuentran debidamente registradas. 7) Copias de los certificados de aeronavegabilidad vigentes otorgados por la autoridad competente. 8) El Manual de Seguridad de Estacion para el aeropuerto de entrada en el Peru y los documentos tecnicos que correspondan a los requerimientos de la RAP 129. 9) Que cumple con los demas requisitos exigidos por la ley. La Solicitud debera ser concluida con una declaracion jurada sobre la veracidad de la informacion.

SUBPARTE B: INGENIERO DE VUELO 63.31 63.33 63.35 63.37 63.39 63.41 63.42 63.43 63.44 63.45 63.47 63.49 63.50 Requisitos del postulante: Generalidades. Reservado. Requisitos de conocimientos. Requisitos en experiencia aeronautica. Requisitos de pericia. Subsanacion del examen escrito o practico despues de ser desaprobado. Convalidacion de la licencia de ingeniero de vuelo emitida en base a una licencia extranjera. Requisitos de cursos de capacitacion para ingeniero de vuelo. Atribuciones del titular y condiciones de vigencia. Calificacion de instructor de vuelo e instructor de simulador. Reservado. Reservado. Reservado.

SUBPARTE C: (Reservado) SUBPARTE D: TRIPULANTES AUXILIARES (T/A) 63.63 Requisitos para tripulante auxiliar (T/A) 63.65 Requisitos de conocimiento 63.67 Requisitos de experiencia 63.69 Requisitos de habilidad y/o pericia 63.71 Habilitacion por MORDAZA de aeronaves 63.72 Experiencia reciente 63.72 a) Renovacion de licencia 63.73 Autorizacion de Examinador Designado para tripulantes auxiliares (EDE) 63.74 Atribuciones del Examinador Designado para tripulantes auxiliares (EDE) 63.75 Limitaciones del Examinador Designado para tripulantes auxiliares (EDE) 63.77 Calificacion para instructor en vuelo de linea aerea. 63.79 Experiencia de instructor de vuelo de tripulante auxiliar. 63.81 Reservado. 63.83 Atribuciones del instructor de vuelo de tripulante auxiliar. 63.85 Subsanacion del examen escrito o practico despues de ser desaprobado. APENDICE A LAS RAP-63: (RESERVADO) APENDICE B LAS RAP-63: (RESERVADO) APENDICE C LAS RAP-63: Requisitos de curso de capacitacion para ingeniero de vuelo. APENDICE D LAS RAP-63: Requisitos de curso de capacitacion para tripulantes auxiliares (T/A) SUBPARTE A: GENERALIDADES 63.1 Aplicabilidad Esta parte prescribe los requerimientos para emitir licencias de ingeniero de vuelo y tripulantes auxiliares, las normas generales de operacion para los titulares de estas licencias, sus limitaciones y atribuciones. 63.2 Calificacion de tripulantes aereos extranjeros y otros que no MORDAZA pilotos A los ingenieros de vuelo, tripulantes auxiliares o instructores de vuelo extranjeros no residentes, se les otorgara una autorizacion para ejercer las atribuciones de su licencia, en la aeronave de una empresa aerea peruana, dentro o fuera del Peru y por un tiempo no mayor de seis meses calendario, (a excepcion de la Seccion 63.42) solo cuando, por falta de tripulantes peruanos o residentes en el Peru habilitados en el equipo, la autoridad encuentre que la autorizacion emitida sea necesaria para la operacion de una aeronave civil, ya sea de registro peruano o de otro Estado o que la autorizacion es necesaria para entrenar personal peruano en dicho equipo. Esta autorizacion podra ser prorrogada, por inexistencia com-

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE AEREO REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU RAP - 63 LICENCIAS DE TRIPULANTES DE VUELO Y OTROS QUE NO MORDAZA PILOTOS
REFERENCIA: ANEXO 1 (OACI) LICENCIAS, TRIPULANTES DE VUELO EXCEPTO PILOTOS CAPITULO IV: PERSONAL AERONAUTICO SUBPARTE A: GENERALIDADES 63.1 63.2 Aplicabilidad. Calificacion de tripulantes aereos extranjeros y otros que no MORDAZA pilotos. 63.3 Tripulantes aereos: Licencias y habilitaciones requeridas. 63.11 Solicitud y expedicion de licencias. 63.12 Uso de sustancias psicoactivas y los delitos que involucran alcohol o drogas. 63.12a Negarse a someterse a una prueba de alcohol o no proporcionar resultados de la prueba. 63.12b Negarse a someterse a una prueba de droga. 63.13 Licencia temporal. 63.15 Duracion de las licencias. 63.15a Plazos para cursos de refresco y chequeo de proficiencia. 63.16 Cambio de nombre; duplicado de licencia por perdida o destruccion. 63.17 Pruebas: Procedimiento general. 63.18 Pruebas escritas: Plagio u otra conducta no autorizada. 63.19 Operaciones durante una deficiencia fisica.

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