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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (03/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

Pág. 230891 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de octubre de 2002 SUNARP Aprueban Directiva referida a la estandarización del software utilizado para el correcto funcionamiento de la Bodega Central de Datos de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 422-2002-SUNARP/SN Lima, 27 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, como parte del Proyecto de Interconexión de los Registros a nivel nacional, se estandarizó el software utili- zado por las diferentes Zonas Registrales en su labor; ins- talándose para ello el Sistema de Información Registral - SIR en todas las Oficinas Registrales de todas las Zonas Registrales; Que, sin embargo, desde la fecha en que fue instalado este software, hasta este momento, los usuarios del mis- mo han venido definiendo y agregando una serie de datos del software aludido, lo que genera que no exista una exac- ta compatibilidad en el Sistema de Información Registral - SIR utilizado en todo el país; Que, en consecuencia, se hace necesario dictar las normas necesarias para lograr la efectiva y real estanda- rización del software utilizado por las diferentes Zonas Re- gistrales, con la finalidad de asegurar el correcto funciona- miento de la Bodega Central de Datos, y garantizar de esta manera su explotación mediante la Extranet Registral; Que, por lo expuesto, y estando a lo dispuesto por los incisos l) y v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 009-2002-SU- NARP/SN, referida a la estandarización del software utili- zado para el correcto funcionamiento de la Bodega Central de Datos de SUNARP, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución, la misma que será de obligato- rio cumplimiento para todas las Zonas Registrales de la SUNARP. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al sétimo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos DIRECTIVA Nº 009-2002-SUNARP/SN 1. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES Como parte del Proyecto de Interconexión de los Re- gistros a nivel nacional, se dio un primer paso estan- darizando el software utilizado por las diferentes Zonas Registrales en su labor; con tal fin se instaló el Sistema de Información Registral - SIR, en todas las Oficinas Regis- trales de todas las Zonas Registrales. Sin embargo, desde la fecha en que fue instalado este software, a la actualidad, los usuarios del mismo han veni- do definiendo una serie de datos del software aludido, que producen que no exista una exacta compatibilidad en el Sistema de Información Registral - SIR utilizado en todo el país. En consecuencia se hace necesario dictar las normas necesarias para lograr la efectiva y real estandarización del software utilizado por las diferentes Zonas Registrales, con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de la Bodega Central de Datos; y garantizar de esta manera su explotación mediante el Extranet Registral. 2. OBJETIVO REGULADOR Regular el procedimiento de creación de nuevos datos en el Sistema de Información Registral - SIR, con la finali-dad de mantener la uniformidad del mismo a nivel nacio- nal. 3. ALCANCE Todas las Zonas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 26366, Ley de Creación del Sistema y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. - Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, Estatuto de la SUNARP. 5. CONTENIDO 5.1. Para la Generación de nuevos datos del Sistema de Información Registral - SIR, entendiendo éstos, como la modificación de los siguientes elementos del sistema: Áreas Registrales, Libros por Área, Tipos de Participación Gené- rica y por Libro, Tipos de Documento de Identidad, Tabla Maestra de Códigos, Tabla Maestra de Actos Registrales, Tabla de Rubros, Tabla Maestra de Libros por Rubro, Tabla de Ubicaciones Geográficas, Tabla de Sedes y Oficinas Registrales, y Tabla de Provincias por Oficina Registral; se requiere la previa conformidad de la Gerencia Registral de la SUNARP, para cuyo efecto las áreas involucradas comu- nicarán a dicha Gerencia los cambios propuestos. 5.2. Las modificaciones a que se refiere el punto 5.1. de la presente Directiva serán comunicadas directamente por las respectivas Gerencias Técnico Registrales de cada Zona Registral, a la Gerencia Registral de SUNARP. 5.3. Transitoriamente, las diferentes Zonas Registrales Generarán un cuadro de equivalencias entre las modifica- ciones introducidas en cada una de las Zonas Registrales y el Sistema de Información Registral - SIR, que se viene utilizando en la Zona Registral Nº IX, cuyas diferencias se- rán reclasificadas en coordinación con la Gerencia Regis- tral de la SUNARP, para lo que la Gerencia de Informática proporcionará el software necesario. 6. RESPONSABILIDAD Son responsables del cumplimiento de la presente di- rectiva los Jefes de las Zonas Registrales, así como las Gerencias de Informática de dichas Zonas Registrales y de la SUNARP. 17585 ZOTAC Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ZOTAC admi- nistradora de CETICOS TACNA para el año fiscal 2002 ZONA DE TRATAMIENTO ESPECIAL COMERCIAL DE TACNA COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN RESOLUCIÓN Nº 024-2002-CA-ZOTAC Tacna, 27 de septiembre del 2002 VISTO: El Informe Nº 204-2002-OAL-ZOTAC y el Informe Nº 120- 2002-OP-ZOTAC, así como el Informe Nº 130-2002-GPIS- ZOTAC de fecha 27/9/2002, mediante el cual se solicita la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones 2002 de la Entidad, para incluir 03 Procesos de se- lección señalados en los referidos documentos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 de fecha 27 de julio de 1997, se promulgó la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; la cual a su vez fuera modificada mediante Le- yes Nºs. 27070, 27148 y 27330; aprobándose sus respec- tivos Texto Único Ordenado y su Reglamento a través de