Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (04/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 230966 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de octubre de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Aprueban modificación del Reglamen- to de Organización y Funciones de la Municipalidad EDICTO Nº 001-2002/MDSMP San Martín de Porres, 17 de mayo de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria del 17 de mayo del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa; en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Artículo 192º del mismo texto legal, las Municipalidades son competentes para aprobar su organización interna; Que, en el mismo sentido, la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 23853, establece en el inciso 1) del Artículo 10º, que las Municipalidades son competentes para acordar su régimen de Organización Interior; Que, es necesario modificar el Reglamento de Organi- zación y Funciones (ROF) de la Municipalidad, en con- cordancia con la Estructura Orgánica aprobada con Edic- to Nº 002-2001/MDSMP del 6.8.2001, adecuándolos a las variaciones que se han producido en la normatividad le- gal; así como mejorar la eficacia y eficiencia de los distin- tos órganos de la Municipalidad, dándoles la necesaria funcionalidad para el cumplimiento de las atribuciones, competencias y funciones que correspondan, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, asimismo el nuevo Reglamento de Organización y Funciones, corrige y elimina la duplicidad y superposi- ción de funciones contenida en el reglamento anterior, in- corporando elementos que permitirán mejorar la gestión administrativa y la oportuna toma de decisiones; Estando a lo informado por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización y la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas en el artí- culo 36º numerales 3) y 13), Artículo 37º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el Voto por Unanimidad de los señores Regidores se aprobó el siguiente: EDICTO: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Regla- mento de Organización y Funciones (ROF) de la Munici- palidad Distrital de San Martín de Porres, incluyéndose las unidades orgánicas en la Estructura Orgánica y cuyas funciones son las siguientes: OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA: La Oficina de Ejecutoría Coactiva depende jerárquica- mente de la Dirección Municipal y está a cargo de un fun- cionario con categoría de Director. La Oficina de Ejecutoría Coactiva tiene como funcio- nes: a. Programar, organizar, coordinar, controlar y ejecu- tar el proceso de cobranza coactiva de deudas de natura- leza tributaria y no tributaria que tienen las personas na- turales o jurídicas con la municipalidad, disponiendo el pago de intereses y costas. b. Elaborar el Plan Operativo de la Oficina, ejecutar las acciones programadas, evaluar y controlar el cumplimiento de las metas trazadas. c. Ejercer las acciones de coerción, para el cobro de las deudas tributarias y no tributarias.d. Ejercer las acciones de coerción para el cumplimien- to de las obligaciones no tributarias, y las diferentes Re- soluciones expedidas por la autoridad Municipal, en lo que es de su competencia. e. Sujetarse a las disposiciones del Código Tributario y a los procedimientos de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedi- miento de Ejecución Coactiva y su Reglamento. f. Elaborar información estadística y actualizar el Or- ganigrama Funcional de la Oficina. g. Otras acciones y/o funciones que designe la Direc- ción Municipal, en el ámbito de su competencia. UNIDAD DE DEFENSA CIVIL La Unidad de Defensa Civil es el órgano encargado de dirigir y ejecutar acciones de Defensa Civil en el distri- to de San Martín de Porres; está a cargo de un Jefe, califi- cado como Cargo de Confianza, quien depende directa- mente del Alcalde y es Secretario Técnico del Comité Dis- trital de Defensa Civil. La Unidad de Defensa Civil tiene las siguientes funcio- nes o atribuciones: a. Planificar, organizar y supervisar las actividades de Defensa Civil en su jurisdicción. b. Elaborar y proponer los Planes de Defensa Civil al Comité Distrital para su aprobación. c. Inventariar los recursos humanos y materiales de su jurisdicción para la atención oportuna en casos de desastres naturales o inducidos y realizar la movilización oportuna. d. Capacitar a las Instituciones Públicas, Privadas y Organizaciones Sociales en acciones de prevención, mi- tigación y respuesta ante la posible ocurrencia de un de- sastre natural o inducido. e. Realizar simulacros en centros educativos, locales públicos y privados, y en centros poblados a nivel distrital. f. Realizar las funciones propias de la Secretaría Téc- nica del Comité Distrital de Defensa Civil. g. Asesorar al Presidente del Comité Distrital en la ocurrencia de algún desastre natural o inducido. h. Prestar servicios de inspección técnica de seguri- dad en Defensa Civil, en los inmuebles, instalaciones y recintos de propiedad privada, de dominio privado del Estado y/o público en los cuales reside, labora o concurre público, en mérito al D.S. Nº 013-2000-INDECI. i. Efectuar inspecciones técnicas, de oficio, a locales públicos o privados a fin de prevenir faltas o delitos a las normas de seguridad, notificando a los infractores. j. Realizar inspecciones de las Condiciones de Habita- bilidad antes del reconocimiento de una organización ve- cinal a mérito del artículo 24º Título Nº 06 de la Ordenan- za Nº 088-MLM de fecha 22-11-95 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. k. Velar por el cumplimiento de los convenios en mate- ria de Defensa Civil con Organismos Nacionales o Ex- tranjeros. l. Coordinar, supervisar y controlar las funciones de las brigadas de Defensa Civil. m. Participar en la evaluación de daños y atención a la población afectada. n. Elaborar y actualizar el Mapa de Riesgo del distrito. o. Centralizar la recepción y custodia de ayuda mate- rial y ejecutar el Plan de Distribución de Ayuda en benefi- cio de los damnificados en caso de desastre. p. Elaborar la información estadística del Sistema. q. Otras funciones que le sean asignadas por la Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planifi- cación, Presupuesto y Racionalización la adecuación de la presente modificación al Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Edicto Nº 002-2001/MDSMP del 6.8.2001 y a la Estructura Orgánica de la Municipalidad aprobada con Edicto Nº 001-2001/MDSMP del 20.10.2001. Artículo Tercero.- La Dirección Municipal, la Secreta- ría General y los Órganos Administrativos de la Municipa- lidad, de acuerdo a sus respectivas competencias darán estricto cumplimiento del presente Edicto. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 17691