Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2002 (14/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 14 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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sancion, e involucre a la ciudadania en el control de los recursos publicos. 3. Fortalecer el Sistema Nacional de Control, consolidando el rol rector de la Contraloria General de la Republica y la adopcion de mecanismos que permitan el desarrollo de capacidades tecnicas y operativas en los Organos de Auditoria Interna y Sociedades de Auditoria. E.2 MISION DE LOS ORGANOS DE AUDITORIA INTERNA Los Organos de Auditoria Interna tienen por mision realizar el control posterior interno, a traves de auditorias y examenes especiales, con la finalidad de cautelar y verificar que la gestion de los recursos, bienes y operaciones de la Entidad se efectuen correcta y eficientemente, evaluando los aspectos administrativos y de gestion en el cumplimiento de los objetivos y metas trazadas y resultados obtenidos. Los Organos de Auditoria Interna contribuyen al establecimiento de mejoras en la gestion de las Entidades

Publicas, coadyuvando en el logro de sus objetivos y metas institucionales. F. DISPOSICIONES GENERALES 1. La formulacion del Plan Anual de Control y programacion de sus actividades se realiza con sujecion a los Lineamientos de Politica impartidos por la Contraloria General de la Republica, como ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, y a las disposiciones establecidas en la presente directiva. Los Jefes de OAI deberan comunicar a los Titulares de las entidades, las necesidades de financiamiento de las actividades programadas en el Plan Anual de Control, a fin que se autoricen los presupuestos que aseguren su cumplimiento. 2. La informacion requerida en los procesos de formulacion y evaluacion del Plan Anual de Control se presentara en los formatos establecidos por la presente directiva, los cuales tienen la naturaleza de declaracion jurada y estan sujetas a la verificacion selectiva posterior de la Contraloria General.

RESULTADO DEL MORDAZA DE FISCALIZACION POSTERIOR PERIODO SETIEMBRE 2002
Nº 1 CONTRATISTA TERRA MORDAZA S.R.L.. Nº REG. 8598 Nº RESOLUCION (*) Resolucion de Gerencia Nº 1244-2002-RNC-CONSUCODE del 12.06.2002. SUMILLA DE RESOLUCION Dejar sin efecto legal la vigencia de la Inscripcion de la empresa, aprobada mediante Resolucion de Gerencia N° 1741-2000-RNC-CONSUCODE de 27.11.2000, por haber incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 3520 de fecha 28.11.2000. Por incumplir con acreditar al MORDAZA integrante de su plantel tecnico, se disminuye su Capacidad MORDAZA de Contratacion, se deja sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 1035 de fecha 06.09.2001 y se dispone emitir un Certificado de Inscripcion con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion. Dejar sin efecto legal la vigencia de la Renovacion de Inscripcion de la empresa, aprobada mediante Resolucion de Gerencia N° 0219-2002RNC-CONSUCODE de 23.01.2002, por haber incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 125 de fecha 28.01.2002. Dejar sin efecto legal la vigencia de la Inscripcion de la empresa, aprobada mediante Resolucion de Gerencia N° 0568-2002/RNC-CONSUCODE de 08.03.2002, por haber incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 307 de fecha 11.03.2002. Dejar sin efecto legal la vigencia de la Renovacion de Inscripcion de la empresa, aprobada mediante Resolucion de Gerencia N° 1478-2001-RNCCONSUCODE de 24.08.2001, por haber incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 1006 de fecha 28.08.2001. Dejar sin efecto legal la vigencia de la Inscripcion de la empresa, aprobada mediante Resolucion de Gerencia N° 1413-2001-RNC-CONSUCODE de 20.08.2001, por haber incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico y dejar sin efecto legal el Certificado de Inscripcion Nº 962 de fecha 21.08.2001. Formular denuncia penal contra el representante legal de la empresa y contra todos los que resulten responsables de estos hechos ante el Ministerio Publico, por la presunta comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) y contra la fe publica en agravio del CONSUCODE; imponer la multa de tres (3) UIT vigente a la fecha de pago.

2

SERTINGE S.A.

7071

Resolucion de Gerencia Nº 1759-2002-RNC-CONSUCODE del 04.09.2002

3

PAMAC SERVICE S.R.L.

7837

Resolucion de Gerencia Nº 1813-2002-RNC-CONSUCODE del 16.09.2002.

4

CONSTRUCTORA MORDAZA SELEX S.R.L.

9179

Resolucion de Gerencia Nº 1878-2002-RNC-CONSUCODE del 25.09.2002

5

CONTRATISTAS GENERALES MORDAZA S.R.L.

7773

Resolucion de Gerencia Nº 1879-2002-RNC-CONSUCODE del 25.09.2002.

6

CONSTRUCTORA A Y M E.I.R.L.

8881

Resolucion de Gerencia Nº 1891-2002-RNC-CONSUCODE del 30.09.2002.

7

COMPANIA DE CONSTRUCCION SACURA S.A.

8272

Resolucion Nº 222-2002-CONSUCODE/PRE del 10.09.2002.

(*): El texto de la Resolucion se encuentra en nuestra Pagina Web, cuya direccion es: http//: www.consucode.gob.pe MORDAZA, Octubre de 2002 Gerencia de Registros

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