Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2002 (14/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 14 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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de proponer su aprobacion al Despacho Contralor, conforme a lo dispuesto en el articulo 22º, inciso h) de la Ley Nº 27785. Publicada la Resolucion de aprobacion de los Planes, la Gerencia de Planificacion procedera a aprobar en el SAGU los Planes Anuales de Control aprobados por Resolucion de Contraloria. El SAGU asigna automaticamente el codigo de aprobacion, poniendose dicha informacion a disposicion de los OAI. A partir de la aprobacion de los Planes Anuales de Control mediante Resolucion de Contraloria, estos seran de cumplimiento obligatorio. H.2 EN LAS UNIDADES ORGANICAS DE LA CONTRALORIA GENERAL Evaluacion. Los Gerentes de las unidades organicas de linea de la Contraloria General elevaran sus proyectos de Plan Anual de Control a la Gerencia Central competente para su evaluacion. El Gerente Central, de encontrarlo conforme, visara los Formatos de programacion del proyecto de Plan Anual de Control. Los Jefes de las unidades organicas de apoyo, asesoria y capacitacion elevaran sus proyectos de Plan Anual de Control a la instancia superior para su evaluacion, quien de encontrarlo conforme, procedera a visar los Formatos de programacion. Presentacion. Las unidades organicas de linea, apoyo, asesoria, capacitacion y Auditoria Interna de la Contraloria General remitiran a la Gerencia de Planificacion sus respectivos proyectos de Plan Anual de Control, debidamente aprobados por la instancia superior, a mas tardar el 30 de noviembre de cada ano. Aprobacion. Con base a los proyectos de Plan Anual de Control de los diversos organos de la Contraloria General que cuentan con evaluacion de conformidad, la Gerencia de Planificacion integra dichos planes y formula el proyecto de Plan Operativo Institucional, procediendo a elevarlo a la Gerencia Central de Desarrollo para su revision y tramite de aprobacion ante el Despacho Contralor. La aprobacion de los Planes Anuales de Control mediante Resolucion de Contraloria, se realizara a mas tardar el 31 de diciembre del ano previo a su ejecucion. Luego de emitida la Resolucion de Contraloria que aprueba el Plan Operativo Institucional, la Gerencia de Planificacion procedera a registrar la aprobacion en el SAGU, de los Planes Anuales de Control de las diversas unidades organicas. Del mismo modo, la Gerencia de Planificacion formula el proyecto del Plan Nacional de Control en base a la integracion de las Acciones de Control Posterior programadas por los OAI y las unidades organicas de linea de la Contraloria General, procediendo a elevarlo al Despacho Contralor para su aprobacion mediante Resolucion de Contraloria, a mas tardar el 31 de diciembre del ano previo a su ejecucion. I. DISPOSICIONES SOBRE EJECUCION DEL PLAN ANUAL DE CONTROL 1. Las actividades a ser ejecutadas por los Organos de Auditoria Interna se efectuan con sujecion al Plan Anual de Control y los recursos programados, para ello, los Jefes de OAI deberan solicitar oportunamente a los Titulares de las entidades, el presupuesto requerido acompanando la informacion de sustento del gasto, para que se prevean los recursos en los calendarios de compromiso. 2. El seguimiento del avance de las Acciones de Control es una funcion permanente y sistematica a cargo de los Jefes de OAI y de las unidades organicas de linea de la Contraloria General, que les permite determinar las desviaciones producidas en la ejecucion y adoptar oportunamente las acciones correctivas necesarias. 3. En aplicacion del 20% de la capacidad operativa reservada para encargos, debera informarse el inicio de la Accion de Control Posterior no programada en forma impresa y en diskette en base al reporte del SAGU de Acciones de Control Posterior No Programadas. Los OAI que no cuenten con computadora, utilizaran el Formato A-1 sobre "Programacion de Acciones de Control Posterior". 4. Las Acciones de Control Posterior y Actividades de Control que se encuentren en situacion de "Pendientes" de ejecucion al 31 de diciembre de cada ano, deberan ser

"Canceladas". Si optasen por efectuarlas en el ano siguiente, se registraran nuevamente en la programacion asignandoles un MORDAZA codigo. J. DISPOSICIONES PARA LA EVALUACION DEL PLAN ANUAL DE CONTROL La evaluacion del Plan Anual de Control es el MORDAZA periodico de analisis para verificar el cumplimiento de las metas obtenidas durante la ejecucion, respecto a las programadas y aprobadas. La evaluacion permite adoptar las acciones correctivas necesarias corrigiendo los desfases de la programacion - ejecucion. Los Organos de Auditoria Interna y las unidades organicas de la Contraloria General deberan presentar el documento "Evaluacion de Cumplimiento del Plan Anual de Control", semestral y anualmente en los periodos de evaluacion y fechas de MORDAZA siguientes:
Periodo de Evaluacion Enero-Junio 01.ENE - 30.JUN Enero-Diciembre 01.ENE - 31.DIC Fecha de MORDAZA 31 de MORDAZA 31 de enero del ano siguiente

J.1 Estructura y Contenido del documento "Evaluacion de Cumplimiento del Plan Anual de Control" Los Organos de Auditoria Interna y las unidades organicas de la Contraloria General deberan elaborar la evaluacion de cumplimiento del Plan Anual de Control, en base a la estructura y contenido siguientes:
EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN ANUAL DE CONTROL 1. 2. 3. 4. Introduccion Evaluacion de Cumplimiento de Metas Conclusiones / Recomendaciones ANEXOS ­ FORMATOS B-1 y B-2

1. Introduccion Presenta en terminos generales las metas globales de control logradas como resultado de las actividades desarrolladas, y los resultados en el cumplimiento de las metas programadas y no programadas, senalando los principales problemas que han afectado la gestion del organo de control. 2. Evaluacion del Cumplimiento de Metas Comprende el analisis de los resultados obtenidos durante el periodo de evaluacion, incidiendo en el grado de cumplimiento de las metas, debiendo indicar los factores que han acelerado o retrasado el logro de las metas programadas, MORDAZA estos de orden economico, capacidad operativa, disponibilidad de equipos informaticos, desarrollo de sistemas u otros. La evaluacion debera precisar la ejecucion de las Acciones de Control y/o actividades no programadas. Asimismo, debera precisarse los casos en los cuales se esta adelantando la ejecucion de acciones de control, debiendose explicar los motivos de dichos cambios. 3. Conclusiones / Recomendaciones Las conclusiones deberan precisar si globalmente se logro cumplir con las metas trazadas. Las recomendaciones son el conjunto de acciones que se requiere adoptar para superar los problemas encontrados. 4. Anexos Los Organos de Auditoria Interna y las unidades organicas de linea de la Contraloria General de la Republica deberan registrar en el SAGU la informacion requerida en los Formatos B-1 "Estado de Cumplimiento de las Acciones de Control Posterior", B-2 "Estado de Cumplimiento de las Actividades de Control". Los OAI deberan enviar a la Contraloria General en forma impresa y en diskette los Formatos que emite dicho Sistema.

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