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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (02/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 229324 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de setiembre de 2002 2. Inicialmente s e considera al nueve (9) como octavo y sétimo dígito del número nacional (significativo) móvil en Lima y en Provincias, respectivamente, pudiendo uti- lizarse otros dígitos cuando la Administración lo conside- re conveniente. 3. En esta etapa se considera a la numeración del servicio público móvil como geográfica y será tratada como tal. 4. Se crean códigos para las áreas de numeración, que identificarán a un departamento en particular y ten- drán la función de Indicativo de Larga Distancia Nacional (TC: Trunk Code). 5. Esta etapa entra en vigencia a partir de los seis (06) meses de la publicación, en el Diario Oficial El Pe- ruano, de la Resolución que aprueba el presente Plan Técnico Fundamental. Segunda Etapa: Comprenderá: 1. La implementación del área virtual móvil, con lo cual, se considerará a la numeración del servicio público móvil como no geográfica y será tratada como tal. El NDC para estos servicios tomará el valor de DN e igual a nue- ve (9). 2. El incremento en un dígito del número de abonado fijo, el cual pasará a tener una longitud de 8 cifras en el área de numeración 1 (Lima y Callao) y de 7 cifras en las demás áreas de numeración 3. La implementación de la Portabilidad Numérica, de acuerdo al cronograma que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones establezca. 4. La Administración, mediante Resolución Ministe- rial, determinará la entrada en vigencia de la presente etapa. ANEXO 1. Procedimiento de Marcación para llamadas en- tre usuarios de la Red Pública Móvil a) Primera Etapa: a.1 Llamadas locales: Se marcará: SN Donde: SN :Número de abonado móvil a.2 Llamadas de larga distancia: Se marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado móvil b) Segunda Etapa: Se marcará: SN Donde: SN :Número de abonado móvil 2. Procedimiento de Marcación para llamadas des- de la Red de Telefonía Fija a la Red Pública Móvil a) Primera Etapa: a.1 Llamadas locales: Se marcará: SNDonde: SN :Número de abonado móvil a.2 Llamadas de larga distancia: Se marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado móvil b) Segunda Etapa: Se marcará: 0 + DN + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso DN :Indicativo de red, igual a 9 SN :Número de abonado móvil 3. Procedimiento de Marcación para llamadas des- de la Red Pública Móvil a la Red de Telefonía Fija a) Primera Etapa: a.1 Ubicados en la misma área de numeración: Se marcará: SN Donde: SN :Número de abonado fijo a.2 Ubicados en diferentes áreas de numeración: Se marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado fijo b) Segunda Etapa: Se marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado 15622 ORGANISMOS AUTÓNOMOS J N E Disponen tener por presentada y admitida lista de candidatos para al- calde y regidores del distrito de Ate, por el Partido Político Renacimiento Andino RESOLUCIÓN Nº 309-2002-JNE Lima, 29 de agosto de 2002 Vista, la causa en audiencia pública de la fecha, del Expediente Nº 421-2002 elevado por el Jurado Electoral