Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2002 (07/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 7 de setiembre de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Cancelar el Concurso de Meritos por Invitacion CMPI Nº 01-99-MTC/15.02.PERT-CCV Estudio de Demanda de la Red Vial Nº 1. Articulo 2º.- Cancelar el Concurso de Meritos por Invitacion CMPI Nº 02-99-MTC/15.02.PERT-CCV, Estudio de Demanda de la Red Vial Nº 4. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion al dia siguiente de su expedicion a los miembros del Comite Especial, quienes deberan comunicarla a las empresas preseleccionadas que integran la Lista Corta del Concurso Publico Internacional para la Preseleccion de Empresas consultoras para realizar Estudios de Demanda de las Redes Viales 1 y 4 al dia siguiente de su notificacion. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion dentro de los 5 (cinco) dias posteriores a su expedicion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario en el que se publico el aviso de convocatoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PICASSO Viceministro de Transportes 15976

- Aeronaves Clase I : Limitado - Motores Clase I : Limitado - Accesorios Clase II : Limitado Articulo Segundo.- Las habilitaciones a las que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, se encuentran descritas en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico, numero TMA-024, y estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion", las que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. - NAZCA, debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Aeronautica Civil. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Aeronautica Civil efectuara periodicamente inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. - NAZCA, a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. NAZCA, mantendra en su servicio, personal aeronautico, en la cantidad necesaria establecida en la certificacion; asi como contara con el entrenamiento, calificacion, certificacion y licencias requeridos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica y/o financiera, exigidas por Ley Nº 27261 Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico y Manual de Procedimientos de Inspeccion. Articulo Setimo.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. - NAZCA queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN - VENG Director General de Aeronautica Civil 14878

Autorizan a empresa el funcionamiento y operacion como taller de mantenimiento aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 188-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 12 de agosto del 2002 Visto, el expediente presentado por la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. - NAZCA sobre la Autorizacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico; y, CONSIDERANDO: Que, el pedido de la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. NAZCA ha sido materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; concluyendose que el peticionario cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru, en su Parte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, con Memorandum Nº 015-2002-MTC/15.16.02 de fecha 10.01.2002 de la Oficina de Asesoria Legal, Informe Nº 041-2002-MTC/15.16.05.ECO de fecha 15.07.2002 del Area de Estudios Economicos de la Direccion de Circulacion Aerea ratificado por el Memorandum Nº 662-2002MTC/15.16.05 e Informe Nº 411-2002-MTC/15.16.05.2 de fecha 19.07.2002 ratificado por el Memorandum Nº 12692002-MTC/15.16.05.2 de fecha 02.08.2002 de la Subdireccion de Aeronavegabilidad, se determino que se encuentran acreditadas las capacidades legal, financiera y tecnica, respectivamente; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral hasta por el plazo de cuatro anos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC y la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la compania MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE AVIACION "EL PEREGRINO" S.R.L. - NAZCA, por un plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico, con las siguientes Habilitaciones:

Revocan permiso de operacion de servicio aereo especial complementario privado otorgado a Austral Group S.A.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 206-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 27 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 388-98-MTC/15.16 del 14 de setiembre de 1998, se otorgo a la empresa PESQUERA AUSTRAL S.A., Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Complementario Privado (ahora denominado Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Privado), por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 18 de octubre de 1998, siendo modificado aquel mediante la Resolucion Directoral Nº 093-99-MTC/15.16

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