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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 230253 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de setiembre de 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 000694-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 11 de setiembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 081- GG-ESSALUD-2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD correspon- diente al año 2002; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las li- citaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser apro- badas por la máxima autoridad administrativa de la Enti- dad, para su inclusión en el mismo; Que, con la Resolución de Gerencia General Nº 323- GG-ESSALUD-2002, se ha delegado en el Gerente Cen- tral de Logística e Infraestructura la función de aprobar la inclusión de los procesos de selección - adjudicaciones directas - no contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD para el año 2002; Que, en la Resolución Nº 0319 del 5 de junio del 2002, por error involuntario se duplicaron los procesos de selec-ción D021005, D021006, D021009, D021010 y D021011, los mismos que ya fueron previamente considerados en la Resolución Nº 0219 del 16 de mayo; por lo cual han dado origen a la necesidad de excluir dichos procesos del PAAC 2002; Que, en tal sentido son necesarias las exclusiones de procesos al PAAC 2002, de acuerdo al detalle de la rela- ción del anexo adjunto; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exclusión de los procesos de selec- ción que se detallan en el anexo de la presente resolución, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ES- SALUD correspondiente al año 2002. 2. DISPONER que la Gerencia de Planeamiento y De- sarrollo de la Gerencia Central de Logística e Infraestruc- tura informe de la presente resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU- CODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Mi- croempresa - PROMPYME, dando cuenta al CONSUCO- DE dentro del plazo establecido por la ley. 3. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASADRE LACUNZA Gerente Central de Logística e Infraestructura RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 000694-GCLI-ESSALUD-2002 EXCLUSIONES Adjudicaciones Directas: Bienes Idplan Mes Proceso Dependencia Objeto Síntesis de especificaciones técnicas Nuevos Soles D021005 Junio ADS GR Arequipa Material Médico-Marcapasos Por 7 meses 220,400 D021006 Junio ADS GR Arequipa Válvulas Cardíacas Por 7 meses 278,400 D021009 Junio ADS GD Pasco Material Médico Para cirugía Laparoscópica, por 1 año 274,549.00 D021010 Junio ADS GR Arequipa Prótesis Cineangio - Cardiología Por 7 meses. 166,000.00 D021011 Junio ADS GR Arequipa Prótesis - Traumatología Por 7 meses. 192,582.00 16752 FONAFE FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 011-2002/013-FONAFE Mediante Oficio Nº 2768-2002/DE-FONAFE, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Di- rectorio Nº 011-2002/013-FONAFE, publicado en nuestra edición del día 19 de setiembre de 2002, en la página 230198. DICE: "Richard Díaz Gonzales" DEBE DECIR: "Richard Díaz Gonzzales" 16848 I N P E Sancionan con suspensión y destitución a ex funcionario, ex servidor y servidor de establecimientos penitenciarios de las Direcciones Regionales Altiplano Puno y Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 716-2002-INPE/P Lima, 2 de setiembre de 2002VISTO, el Informe Nº 021-2002-INPE-CEPAD de fecha 26 de agosto del 2002 de la Comisión Especial de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 480-2002- INPE/P se instauró proceso administrativo disciplinario al ex funcionario Nivel F-1 Alfonso SANTILLANA VERA, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca, en mérito al Informe Nº 013-2002-INPE/CEPAD, elaborado por la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, con respecto a los hechos ocurridos en la noche del 19 de febrero del 2001, en el que un grupo de servido- res del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca, efectuó una requisa en el Ala 2 del Pabellón de Máxima Seguridad del referido Esta- blecimiento Penitenciario, resultando algunos internos con maltratos físicos y hematomas en diversas partes del cuer- po; el procesado Alfonso SANTILLANA VERA manifestó en su descargo por escrito y en su informe oral, que dicha imputación es falsa toda vez que en ningún momento per- mitió el ingreso a ese Pabellón a ningún servidor que no estuviera de servicio, es más el Alcaide de Servicio, señor Félix Salas Mayta le comunicó justo cuando se estaba cam- biando de ropa en su dormitorio que un grupo de técnicos a horas 23.05 en forma sorpresiva había ingresado sor- prendiendo al servidor Elvis Calle Aliaga, quien prestaba servicio en la puerta de acceso al referido Pabellón, para maltratar a los internos y que ante lo sucedido se aperso- nó inmediatamente al interior de dicho Pabellón y retiró al personal que indebidamente se encontraba en su interior; Que, asimismo, obra en autos las declaraciones de los servidores Efraín Mejía Masias, David Nieto Alarcón y José Salamanca Flores, en las que manifiestan que el proce- sado Alfonso SANTILLANA VERA ex Director del Estable- cimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de