NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/09/2002)
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Pág. 230257 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de setiembre de 2002 Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento Pueblo Nuevo Puerto de Supe Barranca Lima Cerro Colorado Puerto de Supe Barranca Lima Allpacoto Puerto de Supe Barranca Lima Peñico Puerto de Supe Barranca Lima Huacache Puerto de Supe Barranca Lima Cerro Blanco Puerto de Supe Barranca Lima Capilla Puerto de Supe Barranca Lima Jaiva Puerto de Supe Barranca Lima Con las visaciones de la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Le- gal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo- lógicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos ubicados en el de- partamento de Lima: Sitio Arqueológico Distrito Provincia Departamento Aspero Puerto de Supe Barranca Lima Piedra Parada Puerto de Supe Barranca Lima El Molino Puerto de Supe Barranca Lima Limán Puerto de Supe Barranca Lima Pando Puerto de Supe Barranca Lima Lurihuasi Puerto de Supe Barranca Lima Miraya Puerto de Supe Barranca Lima Chupacigarro Puerto de Supe Barranca Lima Caral Puerto de Supe Barranca Lima Pueblo Nuevo Puerto de Supe Barranca Lima Cerro Colorado Puerto de Supe Barranca Lima Allpacoto Puerto de Supe Barranca Lima Peñico Puerto de Supe Barranca Lima Huacache Puerto de Supe Barranca Lima Cerro Blanco Puerto de Supe Barranca Lima Capilla Puerto de Supe Barranca Lima Jaiva Puerto de Supe Barranca Lima Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Patri- monio Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboración de los Planos de Delimitación de los Sitios Arqueológicos an- tes mencionados con sus respectivas Fichas Técnicas y Memorias Descriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueo- lógicos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución, una vez elaborados sus Planos de Delimi- tación con las respectivas Fichas Técnicas y Memo- rias Descriptivas. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro- pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cul- tura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 16776RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 722/INC Lima, 1 de agosto de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 189, tomado de la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 20, de fe- cha 29 de mayo del 2000; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación”, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 189, de fecha 29 de mayo del 2000, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica denominada San Juan Grande de Sur- co, ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Con las visaciones de la Dirección General de Patrimo- nio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Le- gal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, “Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción”, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura” y la Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica denominada San Juan Gran- de de Surco, ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Pa- trimonio Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elabora- ción del Plano de Delimitación de la Zona Arqueológica antes mencionada con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva, requisito indispensable para la ins- cripción en Registros Públicos y en el Margesí de Bie- nes Nacionales. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada “Patri- monio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distrital y Provincial correspondientes, CO- FOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 16777 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 723/INC Lima, 1 de agosto de 2002 VISTO, el Oficio Nº 11 de fecha 22 de abril de 2002 mediante el cual el Alcalde Distrital de Ayaviri, señor Anto- nio Gómez Quispe; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 252/ INC de fecha 27 de marzo se declara Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos de Huayaccacca,