Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2002 (27/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 27 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Estas instalaciones pueden estar ubicadas en la via publica o en propiedad privada, excepto la subestacion, que siempre debera instalarse en la propiedad del Interesado. Se entiende que quedan fuera de este concepto las electrificaciones para usos de vivienda y centros poblados. 6.20 Suministro Electrico (suministro) Abastecimiento regular de energia electrica del Concesionario al usuario dentro del regimen establecido por la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento. 6.21 Usuario Persona natural o juridica que ocupa un predio y esta en capacidad de hacer uso legal del suministro electrico correspondiente; es el responsable de cumplir con las obligaciones tecnicas y economicas que se derivan de la utilizacion de la electricidad. 6.22 MORDAZA de Concesion MORDAZA geografica delimitada por un poligono, cuyos vertices estan expresados en coordenadas UTM pertenecientes a un datum horizontal wgs84 o psad56, dentro del cual el Concesionario esta obligado a prestar servicio publico de electricidad y a todos aquellos que con sus propias lineas lleguen a esta zona. 6.23 MORDAZA MORDAZA Son las poblaciones cuyas instalaciones electricas pertenecen a los sistemas electricos catalogados como Sectores Tipicos de Distribucion 1 y 2. 6.24 MORDAZA Urbano-Rural Son las poblaciones cuyas instalaciones electricas pertenecen a los sistemas electricos catalogados como Sectores Tipicos de Distribucion 3. 6.25 MORDAZA Rural Son las poblaciones cuyas instalaciones electricas pertenecen a los sistemas electricos catalogados como Sectores Tipicos de Distribucion 4. 7. GENERALIDADES 7.1 Se requiere la elaboracion de un proyecto para los Sistemas de Distribucion en los siguientes casos: o Electrificacion de areas de terreno que se encuentran en MORDAZA de habilitacion MORDAZA, o corresponden a centros poblados o caserios con viviendas habitadas. o Modificacion de instalaciones electricas existentes de los Concesionarios. o Modificacion de proyectos vigentes aprobados por el Concesionario, cuando exista justificacion tecnica. Se debe contar con la autorizacion del Ingeniero Proyectista que la elaboro. 7.2 Se requiere la elaboracion de un proyecto para los Sistemas de Utilizacion en Media Tension en los siguientes casos: o Dotacion de suministro electrico en media tension a un predio unico. o Modificacion sustancial de un proyecto, con conformidad vigente otorgada por el Concesionario. o Ampliaciones de potencia, en los casos que el Concesionario determine. 7.3 Para la etapa de construccion de obras, se debe contar con el proyecto vigente aprobado por el Concesionario, con resolucion de aprobacion para los Sistemas de Distribucion o Conformidad de Proyecto para los Sistemas de Utilizacion en Media Tension. 7.4 La construccion y eventuales ampliaciones de los Sistemas de Utilizacion en Media Tension, seran de responsabilidad del propietario quien debera previamente coordinar con el Concesionario la puesta en servicio respectiva. 8. DISTRIBUCION DE RESPONSABILIDADES 8.1 Del Interesado 8.1.1 Acreditar ante el Concesionario su calidad de propietario o de representante, mediante la siguiente documentacion:

a) Para Asociacion de Vivienda o Cooperativa de Vivienda, MORDAZA de la ficha vigente de inscripcion en los Registros Publicos de la junta directiva elegida en asamblea. b) Para Asentamientos Humanos, Centros Poblados o Caserios, MORDAZA del documento de reconocimiento de la junta directiva expedida por la municipalidad correspondiente. c) Para empresas constituidas, MORDAZA del documento que le concede la empresa como representante legal y MORDAZA del DNI del representante legal. d) Para propietarios de lotes o predios unicos, MORDAZA del DNI correspondiente y documento que acredite la propiedad del predio. En caso de predios alquilados, el Interesado acreditara la autorizacion del propietario. 8.1.2 Obtener de la municipalidad respectiva lo siguiente: a) Para habilitaciones urbanas, la aprobacion de los estudios preliminares incluyendo el plano de lotizacion. b) Para Asentamiento Humanos, Centros Poblados o Caserios, la aprobacion del plano de lotizacion con su correspondiente documento de aprobacion. c) Permiso municipal en caso que corresponda. 8.1.3 Encargar a un Ingeniero Proyectista o empresa la elaboracion del proyecto del Sistema de Distribucion segun corresponda o Sistema de Utilizacion en Media Tension. 8.1.4 Dar aviso al Concesionario de su intencion de llevar adelante las obras, con siete (7) dias utiles de anticipacion. 8.1.5 Encargar a una Contratista Especialista la ejecucion de la obra del Sistema de Distribucion segun corresponda o Sistema de Utilizacion en Media Tension. 8.1.6 Efectuar los pagos que correspondan ante el Concesionario, tales como derechos de conexion, afectacion de redes existentes, contribucion de caracter reembolsable, etc. 8.1.7 Acordar con el Concesionario la modalidad de devolucion de las inversiones efectuadas, la transferencia de los terrenos requeridos para las subestaciones, fajas de servidumbre y la tarifa para cargas no domiciliarias. 8.1.8 Tener bajo su responsabilidad la obra ejecutada del Sistema de Distribucion segun corresponda, hasta la emision por el Concesionario de la resolucion de recepcion correspondiente. 8.2 Del Concesionario de Distribucion 8.2.1 Recibir, evaluar y atender dentro de los plazos definidos todas las solicitudes formuladas por el Interesado, el Ingeniero Proyectista, el Contratista Especialista y el Ingeniero Residente en lo que corresponde a los Sistemas de Distribucion y Utilizacion en Media Tension. 8.2.2 Designar a un Ingeniero Electricista o Mecanico Electricista colegiado y habilitado, del plantel de profesionales del Concesionario, como Ingeniero Revisor del proyecto o como Ingeniero Supervisor segun corresponda. 8.2.3 Emitir el documento de aprobacion de los proyectos segun corresponda: Resolucion de aprobacion para Sistemas de Distribucion y Conformidad de Proyecto para Sistemas de Utilizacion en Media Tension. 8.2.4 En obra, revisar por intermedio del Ingeniero Supervisor asignado, la calidad de los materiales y equipos a instalarse o instalados; ademas, de supervisar los trabajos, planteando adecuada y oportunamente las observaciones a que hubiere lugar, cuidando que MORDAZA subsanadas correctamente, pudiendo eximirse de la supervision en caso contrario. 8.2.5 Informar oportunamente a los Proyectistas y Contratistas Especialistas sobre las normas de montaje de las instalaciones electricas, las especificaciones tecnicas de los equipos y materiales tecnicamente aceptados por el Concesionario y la lista de proveedores de los mismos. 8.2.6 Atender y resolver los reclamos formulados por el Interesado, el Ingeniero Proyectista, el Contratista Especialista o el Ingeniero Residente de obra segun corresponda. Es decir, satisfacer aquellos reclamos atendibles y denegar fundamentadamente los improcedentes. 8.2.7 Acordar con el Interesado o propietario, el otorgamiento de los terrenos requeridos para las subestaciones y los derechos de servidumbre que correspondan. 8.2.8 Cumplir y hacer cumplir al Contratista Especialista y al Ingeniero Residente las disposiciones y normas referidas a higiene y seguridad ocupacional, en concordancia con el Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad.

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