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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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Pág. 230554 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de setiembre de 2002 tante titular del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI). Sus funciones son: a. Formular, aprobar, dirigir, ejecutar, supervisar y eva- luar las políticas nacionales del Sector Producción; en ar- monía con la política general del Estado y los planes de Gobierno; b. Dirigir y supervisar las actividades de los órganos del Ministerio y de los Organismos Públicos Descentrali- zados, correspondientes al sector, Comisiones Sectoria- les y Multisectoriales, y sus Proyectos; c. Coordinar con los organismos de la administración pública, las entidades u organizaciones del sector privado y la sociedad civil, las actividades vinculadas en el ámbito de su competencia; d. Visar y refrendar los dispositivos legales en el ámbi- to de su competencia; e. Negociar y suscribir los acuerdos en materia de pro- moción de la competitividad y desarrollo de la productivi- dad, relacionados con el sector productivo del país y otros materia de su competencia o por encargo expreso; f. Coordinar, evaluar y supervisar la aplicación de la política sectorial por parte de los órganos y organismos correspondientes de los gobiernos regionales, y las dife- rentes instituciones de la Administración Pública en las que el Ministerio tiene competencia; g. Designar a los representantes del Ministerio ante cualquier Comisión, Consejo Directivo, Directorios u órga- no decisorio de cualquier organismo público descentrali- zado, e instituciones públicas o privadas en el ámbito na- cional; h. Formular y proponer políticas y normas de protec- ción del medio ambiente y preservación de los recursos naturales en desarrollo de las actividades comprendidas en el ámbito del Ministerio; i. Expedir Resoluciones Ministeriales; j. Resolver en última instancia administrativa, los recur- sos interpuestos, cuando corresponda; k. Velar por el cumplimiento de las normas y políticas de transparencia en la información; l. Promover los servicios que presta el Ministerio e in- formar periódicamente sobre las actividades del Despa- cho y el Ministerio; m. Concertar y suscribir los convenios o acuerdos re- lacionados con las actividades del sector o aquellos que le sean expresamente encargados, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; n. Elaborar políticas orientadas a la promoción y desa- rrollo sostenible de las empresas del sector con miras a generar empleo desde el sector privado; o. Orientar el accionar del Ministerio acorde con las necesidades e intereses de la población donde se aplican las políticas del sector o se desarrollan proyectos específi- cos. Asimismo, brindar soporte y facilitación para el acer- camiento del sector empresarial y la población; p. Delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo de Ministro de Estado; y q. Las demás atribuciones que la Ley establezca, así como aquellas que le encomiende el Presidente del Repú- blica. DEL VICEMINISTERIO DE PESQUERÍA Artículo 12º.- Del Viceministro de Pesquería El Viceministro de Pesquería es autoridad inmediata al Ministro de la Producción en el Subsector de su compe- tencia; formula, ejecuta y dirige por encargo de éste las políticas del subsector, las mismas que comprenden las actividades de extracción, transformación y cultivo pesque- ro de recursos hidrobiológicos marinos y de aguas conti- nentales, velando por la explotación racional de los recur- sos naturales y la preservación del medio ambiente. Orienta y supervisa las actividades de los Organismos Públicos Descentralizados del subsector; asimismo supervisa las de los órganos competentes en los gobiernos regionales, de acuerdo con la política del sector y las directivas impar- tidas por el Ministro. Sus funciones son: a. Someter a consideración del Ministro las propuestas de políticas, lineamientos, reglamentos u otros mecanis- mos orientados a desarrollar las actividades de extracción, transformación y acuicultura bajo su cargo; b. Dirigir, coordinar, controlar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas subsectoriales re-lacionadas con las actividades de extracción, procesamien- to y acuicultura, emitiendo las disposiciones y directivas para su cumplimiento en caso corresponda; c. Elaborar y proponer la estrategia y política de desa- rrollo para su subsector, incluyendo los aspectos legales y normativos para sus actividades en coordinación con la Secretaría General. d. Fomentar la competitividad en las empresas del sub- sector, a través de las redes o instituciones formales de empresas de su ámbito de acción; e. Propiciar el establecimiento de redes de servicio re- lacionadas a su competencia, así como el acceso, difusión e innovación tecnológica para mejorar la competitividad de las empresas; f. Informar periódicamente al Ministro sobre las activi- dades del subsector; g. Coordinar y representar al Ministro ante las organi- zaciones y entidades públicas o privadas relacionadas a las actividades de su responsabilidad; h. Comunicar por medio de los canales correspondien- tes sobre las actividades y gestión de su Despacho; i. Difundir las oportunidades y potencialidades que pre- senta el subsector con miras a promover la inversión pri- vada y el desarrollo sostenible de las empresas; j. Evaluar y emitir políticas orientadas al desarrollo sos- tenible de la Pesquería Artesanal del subsector, en coordi- nación con el Despacho Ministerial; k. Supervisar las labores de las OPD’s del subsector. Manteniendo informado al Ministro de sus acciones; l. Identificar y evaluar los requerimientos, necesidades y expectativas de la población donde se desarrollan las actividades del subsector, informando al Despacho Minis- terial y actuando de acuerdo a las políticas y estrategias establecidas para el sector; m. Expedir resoluciones viceministeriales en asuntos de su competencia; n. Administrar el registro, publicación y archivo de las resoluciones viceministeriales que expida; así como dis- poner la publicación de las resoluciones que expidan los órganos bajo su cargo; o. Autenticar las copias de las resoluciones emitidas por su Despacho; y, p. Las demás que le asigne el Ministro DEL VICEMINISTERIO DE INDUSTRIA Artículo 13º.- Del Viceministro de Industria El Viceministro de Industria es autoridad inmediata al Ministro de la Producción en el Subsector de su compe- tencia; formula, ejecuta y dirige por encargo de éste la po- lítica del subsector, la misma que comprende las activida- des de industrialización, procesamiento y manufactura ve- lando por la protección del medio ambiente; es el respon- sable administrativo de las actividades bajo su cargo. Sus funciones son: a. Someter a consideración del Ministro las propuestas de políticas, lineamientos, reglamentos u otros mecanis- mos orientados a desarrollar las actividades de industriali- zación, procesamiento y manufactura bajo su cargo; b. Dirigir, coordinar, controlar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas sectoriales rela- cionadas con las actividades de industrialización, proce- samiento y manufactura, emitiendo las disposiciones y di- rectivas para su cumplimiento según corresponda; c. Elaborar y proponer la estrategia y política de desa- rrollo para su subsector, incluyendo los aspectos legales, normativos, administrativos y presupuestales para sus ac- tividades en coordinación con la Secretaría General; d. Fomentar la competitividad en las empresas del sub- sector, a través de las redes o instituciones formales de empresas de su ámbito de acción; e. Propiciar el establecimiento de redes de servicio re- lacionadas a su competencia, así como el acceso, difusión e innovación tecnológica para mejorar la competitividad de las empresas del subsector a su cargo; f. Informar periódicamente al Ministro sobre las activi- dades del subsector; g. Coordinar y representar al Ministro ante las organi- zaciones y entidades públicas o privadas relacionadas a las actividades de su responsabilidad; h. Comunicar por medio de los canales correspondien- tes sobre las actividades y gestión de su Despacho; i. Difundir las oportunidades y potencialidades que pre- senta el subsector con miras a promover la inversión pri- vada y el desarrollo sostenible de las empresas;