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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 230541 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de setiembre de 2002 12.1.2 Procedimiento a) El Interesado presentará al Concesionario la carta dando aviso del inicio de obra cumpliendo con los requisi- tos indicados. b) El Concesionario dentro del plazo de siete (7) días útiles deberá informar por escrito al Interesado, con copia al Contratista especialista, las condiciones a cumplir para el control de los trabajos y el nombre del Ingeniero Super- visor de obra. 12.2 Ejecución y Control de las Obras 12.2.1 El Ingeniero Supervisor designado, podrá solici- tar la presencia del Ingeniero Residente de obra y del Inte- resado para dar apertura al cuaderno de obra. 12.2.2 Durante la ejecución de los trabajos, el Ingenie- ro Residente deberá comunicar semanalmente por escrito al Concesionario las obras a ejecutar. La falta de tal aviso será interpretado por la Supervisión como que no se reali- zará el avance de las obras. 12.2.3 Si el aviso de inicio de obras no se efectuara con la anticipación necesaria, el Concesionario podrá efectuar en los trabajos ya desarrollados un proceso de revisión de los materiales y de su instalación. 12.2.4 El Ingeniero Supervisor efectuará inspecciones de las obras en ejecución en el instante que lo crea conve- niente dentro del horario normal de labores del Concesio- nario. El Ingeniero Residente dará las facilidades respecti- vas al Ingeniero Supervisor para la realización de la ins- pección. Las observaciones encontradas deberán ser co- municadas de inmediato al Ingeniero Residente y de consi- derar necesario serán consignados en el cuaderno de obra. En caso que no estuviera presente el Ingeniero Resi- dente y no estuviera a disposición el cuaderno de obra, el Concesionario enviará las observaciones dentro de los cinco (5) días útiles inmediatos siguientes a la oficina del Contra- tista Especialista. 12.2.5 Los aspectos observados deberán ser subsanados o explicados adecuadamente por el Ingeniero Residente; la falta de acción al respecto dará motivo a que el Ingeniero Su- pervisor continúe consignando el asunto en el cuaderno de obra y en las comunicaciones respectivas; de persistir las ob- servaciones más allá de un tiempo prudencial, el Concesiona- rio informará por escrito de la situación al Interesado - con copia de la misma al Contratista Especialista - luego podrá eximirse de continuar con la supervisión hasta que no se sub- sane o explique adecuadamente los aspectos observados. 12.2.6 El Ingeniero Residente comunicará al Ingeniero Supervisor el levantamiento de observaciones. De consi- derar necesario, lo efectuará mediante carta o lo anotará en el cuaderno de obra. El Ingeniero Residente podrá for- mular sus consultas a través de cartas, las que serán aten- didas dentro de los cinco (5) días útiles. 12.2.7 Para Sistemas de Distribución los equipos y ma- teriales a instalar en la obra deberán ser nuevos y cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por el Con- cesionario. Para Sistemas de Utilización en Media Tensión los ma- teriales y equipos podrán ser nuevos o usados y cumplir con Normas Nacionales o Internacionales; en caso de ser materiales o equipos usados deberá presentarse adicio- nalmente Protocolo de Pruebas con resultados satisfacto- rios con antigüedad no mayor de un año. 12.2.8 Durante la ejecución de las obras, el personal del Contratista Especialista, el Ingeniero Residente y el In- geniero Supervisor deberán cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad contenidas en el Reglamento de Se- guridad e Higiene Ocupacional del Sub sector Eléctricidad. 12.2.9 En casos justificados, siempre y cuando se cuen- te con la autorización expresa del Concesionario, durante la ejecución de las obras el Contratista Especialista podrá introducir modificaciones al proyecto. 12.2.10 En casos especiales, la supervisión podrá auto- rizar al Contratista Especialista no ejecutar algunos detalles menores de obra, siempre y cuando no interfieran con el funcionamiento normal de la parte principal ejecutada. 12.2.11 Finalizados todos los trabajos relacionados con la obra, el Contratista Especialista solicitará por escrito al Concesionario programar la fecha de ejecución de las prue- bas correspondientes. 12.3 Ejecución de Pruebas 12.3.1 Requisitos Carta del Contratista Especialista solicitando al Con- cesionario programar el día y hora para efectuar las prue-bas correspondientes, adjuntando dos (2) copias del expe- diente final de construcción, firmado y sellado por el Inge- niero Residente, que comprende: a) Memoria descriptiva. b) Especificaciones técnicas. c) Planos de construcción. d) Copia certificada del Protocolo de Pruebas de los transformadores de Potencia. e) Para los Sistemas de Distribución, el inventario valo- rizado y copia de las facturas de los materiales utilizados. f) Para los Sistemas de Utilización en casos excepcio- nales y debidamente justificados, el Supervisor podrá soli- citar que el Contratista Especialista muestre copia de la factura de algún material específico. 12.3.2 Procedimiento a) El Contratista Especialista presentará al Concesio- nario la solicitud de pruebas con los requisitos indicados. b) En un plazo no mayor de diez (10) días útiles conta- dos a partir de la presentación de la solicitud, el Concesio- nario revisará la documentación presentada y realizará el protocolo de inspección y pruebas. c) En la fecha y hora fijada para la inspección y pruebas eléctricas, el Contratista Especialista y el Ingeniero Resi- dente deberán disponer los recursos humanos, equipos y herramientas necesarias para llevar a cabo las pruebas con seguridad; también, deben tener las instalaciones prepara- das y de fácil acceso para la supervisión. d) El Ingeniero Supervisor efectuará la dirección de las Prue- bas Eléctricas, que comprenderá como mínimo lo siguiente: d.1) Para Sistemas de Distribución d.1.1) Pruebas de Aislamiento Las pruebas de aislamiento se realizarán por tramos: - Red de Distribución Primaria. - Subsistema de Distribución Secundaria. - Red de Alumbrado de Vías Públicas. - Acometidas domiciliarias. Se considera como aceptables los siguientes valores de aislamiento: - Para Red de Distribución Primaria Tipo de Condiciones Red de Distribución Primaria Condiciones normales Aéreas Subterráneas • Entre fases 100 M Ω 50 M Ω • De fase a tierra 50 M Ω 20 M Ω Condiciones húmedas • Entre fases 50 M Ω 50 M Ω • De fase a tierra 20 M Ω 20 M Ω - Para Subsistema de Distribución Secundaria y Red de Alumbrado Público: Tipo de Condiciones En Redes de En Subsistema de Dis- Alumbrado Público tribución Secundaria Condiciones normales Aéreas Subterráneas Aéreas Subterráneas Entre fases 50 M Ω10 M Ω 50 M Ω 20 M Ω De fase a tierra 20 M Ω 5 MΩ 20 M Ω 10 M Ω Condiciones húmedas Entre fases 20 M Ω 5 MΩ 20 M Ω 10 M Ω De fase a tierra 10 M Ω 5 MΩ 10 M Ω 5 MΩ Las pruebas de aislamiento del Subsistema de Distri- bución Secundaria, deberán efectuarse con los bornes de los dispositivos de maniobra y protección (instalados en las cajas de conexión) sin conectarse a las acometidas. Las pruebas de aislamiento de la red de alumbrado público deberán efectuarse sin conectar los cables o conductores de alimentación a la base portafusible o dispositivo de protección. - Para Acometidas: Tipo de Condiciones Acometidas Condiciones normales Aéreas Subterráneas Entre fases 10 M Ω 10 M Ω De fase a tierra 5 MΩ 5 MΩ Condiciones húmedas Entre fases 10 M Ω 10 M Ω De fase a tierra 5 MΩ 5 MΩ