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PÆg. 242877 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de abril de 2003 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 111-CDLO Mediante Oficio Nº 072-2003-MDLO/SG, la Municipa- lidad Distrital de Los Olivos solicita se publique Fe de Erra-tas de la Ordenanza Nº 111-CDLO, publicada en nuestraedición del día 13 de abril de 2003, en la página 242655. DICE:"VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril de 2002 ..." DEBE DECIR:"VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril de 2003 ..." 07570 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Convocan a la primera Rendición Pœ- blica de Cuentas en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2003-MDSB San Bartolo, 4 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO, el proyecto de Acuerdo de Concejo presentado por el Sr. Alcalde sobre la necesidad de efectuar la Rendi-ción Pública de Cuentas en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de la Ciudad compete a los Vecinos (as) y Autoridades de la localidad, aspecto que debe serfomentado permanentemente; Que, la Ciudadanía en general son los mandantes que detentan el poder y que vía las elecciones, eligen y otor-gan un mandato a personas que se convierten en autori-dades, para que en su nombre gobiernen, administren,gestionen la cosa pública que es patrimonio de toda laCiudad y de los ciudadanos que en ella habitan; Que, el fortalecimiento y sostenimiento de la demo- cracia exige una permanente relación de confianza y trans-parencia entre los mandantes (vecinos) y mandatarios (au-toridades) generando espacios para hacer un balance dela gestión encomendada a las autoridades de turno; Que, los vecinos en general como dueños de la Ciudad tienen todo el derecho de exigir y recibir información per-manente de los ingresos, gastos y gestiones realizadas enperíodos determinados del año; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece que cada 90 días las Autoridades deberán hacer RendiciónPública de Cuentas de la gestión realizada; Que, en el espacio local la falta de transparencia gene- ra la desconfianza y debilitamiento del Rol de las Autorida-des y de la democracia local, problema que debe ser afron-tado, informando de todos los asuntos públicos a los veci-nos; De conformidad a la Ley Nº 26300, Ley de Participa- ción Ciudadana, Ley Nº 27806, Ley de Transparencia en laGestión Pública y en uso de las facultades otorgadas porla Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Convocar a la primera Rendición Pública de Cuentas en el distrito de San Bartolo desde el19 de abril al 19 de mayo. Artículo Segundo.- La Rendición Pública de Cuentas en cada zona donde se efectúe se entregará un documen-to con el siguiente contenido:a) Situación en que fue encontrada la Municipalidad Distrital de San Bartolo. b) Ingresos y Gastos de los meses de enero, febrero y marzo, los Estados de las Cuentas Corrientes. c) Relación de Sueldos y Dietas (copias de las planillas) del: - Alcalde y Funcionarios. - Dietas de Regidores.- Sueldos y Salarios de Empleados y Obreros.- Relación de Servicios No Personales. d) Estado de pagos y deudas del vecindario de cada una de las zonas del distrito. e) Relación de principales actividades y proyectos eje- cutados en el 1er. Trimestre. f) Cuadro comparativo del 1er. Trimestre 2002 - 2003. Artículo Tercero.- Concluida la Rendición Pública de Cuentas se informará al vecindario la relación de las princi-pales actividades y proyectos que se ejecutará en los próxi-mos meses, lo cual será motivo de evaluación en la si-guiente Rendición Pública de Cuentas. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 07552 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Autorizan viaje del alcalde distrital a Ecuador para conocer proyectos de desarrollo urbano y social en la ciudad de Guayaquil RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 197 San Juan de Lurigancho, 9 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, el Alcalde de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, don Mauricio Rabanal Torres ha sido invitadopor el señor Alcalde de la ciudad de Guayaquil, Ecuador,en visita oficial, los días 10 y 11 de abril del presente año; Que, la visita que se hará en la ciudad de Guayaquil, segunda ciudad en importancia del Ecuador, capital eco-nómica de dicho país, y ciudad modelo de desarrollo urba-no en América Latina tiene por objeto conocer el proyectode recuperación del Malecón Guayaquil y el río Guayas,tomar contacto con otros proyectos de desarrollo urbano ysocial impulsados por la Municipalidad de Guayaquil y sen-tar las bases para un hermanamiento entre ambas ciuda-des; Que, mediante Ordenanza Nº 335 modificada por Or- denanza Nº 429, se dictaron disposiciones sobre viajes alexterior que efectúen autoridades, funcionarios y servido-res municipales, la misma que, conforme a su artículo 8º yde conformidad con lo establecido en el artículo 134º nu-meral 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, tiene al-cance metropolitano; Que, conforme al artículo 1º de la Ordenanza Nº 335, los Alcaldes y Regidores, funcionarios y servidores munici-pales que realicen viajes al exterior del país que tenganrepresentación oficial u ocasionen gasto a la Municipalidaddeberán ser autorizados mediante Resolución de Alcaldía; Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 335 modificada por la Ordenanza Nº 429 señala que la Resolución deAlcaldía que autorice el viaje deberá estar sustentada enbeneficio de la institución, indicando el motivo del viaje, suduración, el monto de los viáticos, otros gastos y cualquierotra asignación vinculada al mismo, debiendo calcularselos viáticos de acuerdo a la escala que establezca la nor-matividad vigente sobre la materia; Que, sobre el particular, los artículos 4º y 8º del De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley