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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (18/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 242878 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de abril de 2003 Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastoal Tesoro Público establece la escala de viáticos porzonas geográficas en dólares americanos los mismosque se abonarán por cada día que dure la misión oficialo el evento, a los que se podrá adicionar por una solavez el equivalente a un día de viáticos por concepto degastos de instalación y traslado cuando el viaje es acualquier país de América; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 335, 429 y el artículo 47º numeral 6)de la Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mauricio Rabanal Torres, Alcalde de la Municipalidad de San Juande Lurigancho a la ciudad de Guayaquil, Ecuador, los días10 y 11 de abril del presente año, por las consideracionesexpuestas en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- El egreso que ocasionará el viaje descrito en el artículo primero y que se afectará a la partidapresupuestal específica del Presupuesto Institucional, sedetalla en lo siguiente: Pasajes US$ 287.22 Viáticos US$ 600.00 Tarifa Corpac US$ 28.00 Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración el cumplimiento de lo dispuesto en la presenteResolución. Artículo Cuarto.- Dispóngase la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, conformea Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 07493 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Autorizan contratación de servicios personalísimos en el campo del dere-cho laboral ACUERDO DE CONCEJO Nº 000018 San Juan de Miraflores, 4 de abril de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES En Sesión Ordinaria de fecha 4-4-2003; con la dispen- sa de la lectura del Acta y aprobación; Vistos y Oídos elInforme Nº 024-2003-ALE, emitido por la Dra. Sandra Va-lenzuela Checa, Asesora Legal Externa; Informe Nº 031-2003-ALE, emitido por el Dr. Julio César Castiglioni Ghigli-no, Asesor Legal Externo; Informe Nº 115-DA-2003, emiti-do por la Dirección de Administración; Informe Nº 117-DAJ-MDSJM-03, emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, estando a lo informado por la Asesoría Legal Ex- terna, con Informe Nº 024-2003-ALE, la gestión municipalanterior de esta comuna reconoció derechos laborales apersonas que trabajaron en la institución, por la cual éstashan interpuesto acciones de cumplimiento, siendo necesa-ria una evaluación pormenorizada de los montos consigna-dos en sus liquidaciones, y asimismo, establecer si real-mente existió relación laboral; Que, igualmente, la problemática por la compensación por tiempo de servicio en la cual se han emitido Resolucio-nes de Alcaldía de la anterior administración transgredien-do la normatividad vigente, lo que incrementa la cargaprocesal laboral;Que, igualmente, la realización de transacciones extra- judiciales celebrado con ex regidores de anteriores gestio-nes, en forma por demás dudosa y que sin embargo enmérito a estos documentos han demandado acciones decumplimiento; así como que se han producido accionesjudiciales por parte de las aseguradoras privadas de pen-siones por falta de pago; Que estando al Informe Nº 115-DA-2003, la Asesora Legal Externa recomienda que se proceda a la revisiónintegral de los legajos de los pensionistas sujetos a Ley Nº20530, a fin de establecer si las incorporaciones a dichorégimen del personal cesante de la Municipalidad de SanJuan de Miraflores se encuentran arregladas a Ley; revi-sión que debiera ser efectuada en todo caso por una per-sona natural o jurídica conocedores de dichos procedi-mientos y que permita vislumbrar con mayor claridad elproceder en cada uno de los casos, ya que es la únicaforma de poder determinar si el pago efectuado por laMunicipalidad a la fecha se encuentra dentro de los alcan-ces de la normatividad legal correspondiente; Que, estando además al Informe Nº 115-DA-2003 e Infor- me Nº 117-DAJ-MDSJM-03, se tiene que en ellos se conclu-ye, que se hace necesaria la contratación para servicios per-sonalísimos de un Profesional Altamente Especializado enDerecho Laboral, a fin de que se haga cargo de la evaluaciónde los legajos y expedientes laborales administrativos, asícomo el patrocinio de los procesos que se siguen por ante losJuzgados Especializados de Trabajo respectivos, contrata-ción personalísima de conformidad con el inciso h) del Art. 19ºdel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Por lo expuesto, de conformidad, con las atribuciones por la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853, Art. 41º; debatido en el Plenocon el voto mayoritario se acordó: ACUERDO:Primero.- AUTORIZAR la contratación de un Profesional Altamente Especializado en Derecho Laboral, para Servi-cios Personalísimos de conformidad al inciso h) del Art. 19ºdel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para que se hagacargo de las causas laborales, trámites administrativos re-lacionados a Derecho Laboral y Previsional, y patrocinio deprocesos ante los Juzgados de Trabajo. Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Direc- ción de Administración, Dirección de Planificación, Racio-nalización y Presupuesto y Oficinas competentes, el fielcumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 07568 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Otorgan beneficio de amnistía para la regularización de licencias de obra ORDENANZA Nº 013-2003-MDSA Santa Anita, 15 de abril de 2003 Vistos, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de abril de 2003, los informes Nº 092-2003-DDU/MDSA y 267-2003-OAL/MDSA de la Dirección de Obras y DesarrolloUrbano y de la Oficina de Asesoría Legal, respectivamen-te; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política, reformado mediante Ley Nº 27680del 7 de marzo de 2002, las Municipalidades son los órga-nos de gobierno local y tienen autonomía económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776 dis- pone que las Municipalidades crean, modifican y suprimencontribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro delos limites que fije la Ley;