Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2003 (18/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 242878

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico establece la escala de viaticos por zonas geograficas en dolares americanos los mismos que se abonaran por cada dia que dure la mision oficial o el evento, a los que se podra adicionar por una sola vez el equivalente a un dia de viaticos por concepto de gastos de instalacion y traslado cuando el viaje es a cualquier MORDAZA de America; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 335, 429 y el articulo 47º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho a la MORDAZA de Guayaquil, Ecuador, los dias 10 y 11 de MORDAZA del presente ano, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El egreso que ocasionara el viaje descrito en el articulo primero y que se afectara a la partida presupuestal especifica del Presupuesto Institucional, se detalla en lo siguiente: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ 287.22 US$ 600.00 US$ 28.00

Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07493

Que, igualmente, la realizacion de transacciones extrajudiciales celebrado con ex regidores de anteriores gestiones, en forma por demas dudosa y que sin embargo en merito a estos documentos han demandado acciones de cumplimiento; asi como que se han producido acciones judiciales por parte de las aseguradoras privadas de pensiones por falta de pago; Que estando al Informe Nº 115-DA-2003, la Asesora Legal Externa recomienda que se proceda a la revision integral de los legajos de los pensionistas sujetos a Ley Nº 20530, a fin de establecer si las incorporaciones a dicho regimen del personal cesante de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores se encuentran arregladas a Ley; revision que debiera ser efectuada en todo caso por una persona natural o juridica conocedores de dichos procedimientos y que permita vislumbrar con mayor claridad el proceder en cada uno de los casos, ya que es la unica forma de poder determinar si el pago efectuado por la Municipalidad a la fecha se encuentra dentro de los alcances de la normatividad legal correspondiente; Que, estando ademas al Informe Nº 115-DA-2003 e Informe Nº 117-DAJ-MDSJM-03, se tiene que en ellos se concluye, que se hace necesaria la contratacion para servicios personalisimos de un Profesional Altamente Especializado en Derecho Laboral, a fin de que se haga cargo de la evaluacion de los legajos y expedientes laborales administrativos, asi como el MORDAZA de los procesos que se siguen por ante los Juzgados Especializados de Trabajo respectivos, contratacion personalisima de conformidad con el inciso h) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Por lo expuesto, de conformidad, con las atribuciones por la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Art. 41º; debatido en el Pleno con el MORDAZA mayoritario se acordo: ACUERDO: Primero.- AUTORIZAR la contratacion de un Profesional Altamente Especializado en Derecho Laboral, para Servicios Personalisimos de conformidad al inciso h) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para que se haga cargo de las causas laborales, tramites administrativos relacionados a Derecho Laboral y Previsional, y MORDAZA de procesos ante los Juzgados de Trabajo. Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion, Direccion de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto y Oficinas competentes, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07568

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Autorizan contratacion de servicios personalisimos en el MORDAZA del derecho laboral
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000018
San MORDAZA de Miraflores, 4 de MORDAZA de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES En Sesion Ordinaria de fecha 4-4-2003; con la dispensa de la lectura del Acta y aprobacion; Vistos y Oidos el Informe Nº 024-2003-ALE, emitido por la Dra. MORDAZA MORDAZA Checa, Asesora Legal Externa; Informe Nº 0312003-ALE, emitido por el Dr. MORDAZA MORDAZA Castiglioni Ghiglino, Asesor Legal Externo; Informe Nº 115-DA-2003, emitido por la Direccion de Administracion; Informe Nº 117-DAJMDSJM-03, emitido por la Direccion de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, estando a lo informado por la Asesoria Legal Externa, con Informe Nº 024-2003-ALE, la gestion municipal anterior de esta comuna reconocio derechos laborales a personas que trabajaron en la institucion, por la cual estas han interpuesto acciones de cumplimiento, siendo necesaria una evaluacion pormenorizada de los montos consignados en sus liquidaciones, y asimismo, establecer si realmente existio relacion laboral; Que, igualmente, la problematica por la compensacion por tiempo de servicio en la cual se han emitido Resoluciones de Alcaldia de la anterior administracion transgrediendo la normatividad vigente, lo que incrementa la carga procesal laboral;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficio de amnistia para la regularizacion de licencias de obra
ORDENANZA Nº 013-2003-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2003 Vistos, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA de 2003, los informes Nº 092-2003-DDU/MDSA y 2672003-OAL/MDSA de la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA y de la Oficina de Asesoria Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica, reformado mediante Ley Nº 27680 del 7 de marzo de 2002, las Municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 60º del Decreto Legislativo Nº 776 dispone que las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la Ley;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.