Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2003 (08/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 8 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 249495

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion extraordinaria de fecha 24 de MORDAZA de 2003, el informe legal Nº 467-A-2003-OAJ-MDEA y el informe tecnico Nº 175-2003-DAF-MDEA, mediante el cual sustentan y solicitan se declare en situacion de urgencia el suministro de los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche por un periodo de 60 dias; CONSIDERANDO: Que, por MORDAZA vez mediante Acuerdo de Concejo Nº 043-A-2003-SEGE-06-MDEA de fecha 11-4-2003 se declaro en situacion de urgencia el suministro de los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche con vigencia de 60 dias o hasta que se otorgue la buena pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-CEMDEA - 1ra. convocatoria; Que, la Resolucion de Alcaldia Nº 142-A-SEGE-02MDEA de fecha 23-4-2003 declara nula la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-CE-MDEA - 1ra. convocatoria, derivandose al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche a fin de que reformule los valores nutricionales segun la Ley Nº 27470 y Resolucion Ministerial Nº 711-2002-SA/DM respecto del contenido minimo nutricional y energetico de las raciones diarias; Que, conforme al Art. 105º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones Estado aprobado con el D.S. Nº 013-2001-PCM se convoca la adjudicacion de menor cuantia previendo un plazo de dos meses aproximadamente en que iba a terminar el MORDAZA principal de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-CE-MDEA - 1ra. convocatoria; Que, en relacion con el parrafo precedente se vencio el plazo del contrato previsto con cada empresa y se opta por ampliarlo a efecto del Art. 141º del D.S. Nº 013-2001PCM con el fin de no desabastecer al PVL de los recursos alimenticios y por cuanto ademas en la etapa de las observaciones a las bases de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-CE-MDEA - 1ra. convocatoria el Comite Especial habia elevado las observaciones no acogidas al CONSUCODE en aplicacion para estos casos a lo establecido en la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 114-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el Comite Especial mediante Oficio Nº 035-2003/ CE/MDEA de fecha 27-6-2003 remite las observaciones no acogidas por la Empresa Malteria MORDAZA S.A. que pago su respectiva tasa, y mediante oficio Nº 058-2003-CE/ MDEA de fecha 4-7-2003 se eleva al CONSUCODE copias de todas las observaciones planteadas por las empresas postoras que participan del MORDAZA principal; posteriormente, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) mediante Oficio Nº 196-2003 (GTN/ATN) de fecha 7 de MORDAZA de 2003 solicita MORDAZA de las observaciones planteadas por todos los adquirientes de Bases, requerimiento que ya habia sido cumplido; mientras se presentaba esta situacion imprevista, se cumplia el plazo del contrato ampliatorio suscrito con las Empresas proveedoras de los recursos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche en El Agustino; Que, el plazo de 60 dias se justifica por cuanto se espera el pronunciamiento del CONSUCODE a las observaciones del MORDAZA principal, luego correspondera publicar en el Diario Oficial El Peruano y otro donde se publico la convocatoria la PRORROGA del MORDAZA calendario, previendo incluso posibles recursos impugnativos de algun postor; Que, mediante informe Nº 243-2003-PMVL-MDEA la Jefa del Programa del Vaso de Leche alcanza un MORDAZA cronograma de entrega de los recursos a partir del 6-82003 o su equivalente a la semana 32 hasta la semana 39 (aproximadamente dos meses), por lo que requiere 305,144 unidades de leche evaporada entera por un valor referencial de S/. 527,899.12 nuevos soles; 13,696 Kg. de enriquecido lacteo con un valor referencial de S/. 57, 934.08 nuevos soles; 29,384 Kg. de azucar rubia con un valor referencial de S/. 41,137.60 nuevos soles; 53,400 Kg. de quinua MORDAZA con un valor referencial de S/. 148,986 nuevos soles, gastos que seran financiados con recursos de la transferencia del Tesoro Publico para el Programa del Vaso de Leche o fuente de financiamiento 13 - donaciones y transferencias;

Que, conscientes de que lo expuesto compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la provision de los alimentos diariamente a los beneficiarios, por la circunstancia extraordinaria e imprevisble que precisa el Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, y a fin de salvaguardar la atencion de los ninos, madres gestantes, ancianos y tebecianos, quienes se benefician del Programa Social en el distrito de El MORDAZA, corresponde exonerar el MORDAZA de la Licitacion Publica de insumos para el Vaso de Leche y se convoque un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia conforme al Art. 105º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y se designe al Comite Especial para que organice y conduzca la presente adjudicacion; Que, mediante el informe legal Nº 467-A-2003-OAJMDEA de fecha 23-7-2003 la Oficina de Asesoria Juridica encuentra conforme el sustento de los informes de las areas tecnicas como del Comite Especial, opinando favorablemente sobre la procedencia de la Declaratoria de la situacion de urgencia, y para la continuidad de la atencion de los beneficiarios del programa social, es conveniente la adquisicion de los insumos mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, siendo necesario que la declaratoria de situacion de urgencia sea aprobada mediante Acuerdo de Concejo; Que, de conformidad con los Arts. 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850 y los Arts. 105º, 113º y 116º del Reglamento de la Ley, y la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, y estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas pertinentes; luego del debate correspondiente con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del acta por unanimidad de votos; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA el Programa del Vaso de Leche por un periodo de sesenta (60) dias calendario. Articulo Segundo.- AUTORIZAR mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia la compra de los siguientes productos: ITEM I - 13,696 Kg. de Enriquecido Lacteo con un valor referencial de S/. 57, 934.08 Nuevos Soles; ITEM II - 305,144 Unidades de Leche Evaporada Entera por un valor referencial de S/. 527,899.12 Nuevos Soles; ITEM III - 29,384 Kg. de Azucar Rubia con un valor referencial de S/. 41,137.60 Nuevos Soles; ITEM IV - 53,400 Kg. de Quinua MORDAZA con un valor referencial de S/. 148,986 Nuevos Soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento 13 - Donaciones y Transferencias. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion para que a traves del Comite Especial proceda a realizar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo asi como la comunicacion y la remision de MORDAZA del Acuerdo de Concejo y los informes tecnicos y legal correspondiente a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14892

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA
Aprueban la Estructura Organica de la municipalidad
ORDENANZA Nº 041-CDL-CH Chosica, 23 de MORDAZA del 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.