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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (08/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G34/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de agosto de 2003 VII. RESOLUCIÓN CONFIRMAR la observación formulada por el Registrador Público de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima,a la solicitud de certificado positivo referida en el encabezamiento, de conformidad con lo expuesto en el análisis de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. FREDY LUIS SILVA VILLAJUÁN Presidente de la Primera Sala del Tribunal Registral MARTHA DEL CARMEN SILVA DÍAZ Vocal del Tribunal Registral NORA MARIELLA ALDANA DURÁN Vocal del Tribunal Registral 14733 SUNASS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G2D /G6A/G65/G72/GED/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 022-2003-SUNASS-PCD Lima, 25 de julio de 2003 VISTOS:El Informe Nº 025-2003/SUNASS-060, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 027-2003/SUNASS-070 emitido por la Gerencia de Relaciones Ins- titucionales de la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento -en adelante SUNASS-; CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1.1. Mediante Resolución de Presidencia Nº 012-2003- SUNASS-PCD de fecha 5 de junio de 2003 se declaró en situación de emergencia la contratación del servicio de mensajería local urbano, local periférico y nacional parala SUNASS, exonerándose del proceso de adjudicación directa selectiva y autorizándose la contratación de di- chos servicios mediante adjudicación de menor cuantíahasta que concluya el procedimiento administrativo ini- ciado por SERPOST S.A. contra el otorgamiento de la buena pro a COLUMBIA WORLDWIDE SERVICES S.A. -en adelante LA EMPRESA- de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0006-2003-SUNASS (contratación de servi- cios de mensajería local urbano, local periférico y nacio-nal para junio 2003 a junio 2004 hasta por un monto máxi- mo de sesenta mil nuevos soles). 1.2. En virtud de lo dispuesto por la resolución mencio- nada en el numeral anterior, mediante proceso de adjudi- cación de menor cuantía se seleccionó a COLUMBIA WORLDWIDE SERVICES S.A. -en adelante LA EMPRE-SA- para que brinde los servicios de mensajería, suscri- biéndose el respectivo contrato el 6 de junio de 2003. 1.3. Cabe señalar que LA EMPRESA venía prestando el servicio de mensajería antes y durante el desarrollo de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0006-2003-SUNASS, no teniendo al 6 de junio de 2003, impedimento algunopara la prestación del referido servicio. 1.4. Mediante Carta Nº GGCCO CWS 702-2003, recibida el 22 de julio de 2003, LA EMPRESA informaa la SUNASS su decisión de suspender el servicio de mensajería que prestaba aduciendo para ello causas de fuerza mayor que no especifica. Es necesario indi-car que LA EMPRESA no cursó comunicación previa alguna a la SUNASS sobre cualquier clase de proble- ma que le impidiera el cumplimiento de sus obligacio-nes.II. DECLARACIÓN DE URGENCIA 2.1. Es necesario que la SUNASS cuente con el ser- vicio de mensajería ya que la notificación de la documen-tación que expiden las diferentes unidades orgánicas constituye un servicio esencial para las funciones que cumple este organismo regulador. 2.2. El artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, señalacomo situación de urgencia a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de losservicios esenciales o de las operaciones productivas de la Entidad. 2.3. La suspensión del servicio a cargo de LA EM- PRESA es una situación enmarcada en los términos del artículo 21º antes mencionado, por lo que resulta proce- dente declarar la situación de urgencia, exonerar del pro-ceso de adjudicación directa selectiva y autorizar la contratación de los referidos servicios de mensajería, mediante el proceso de adjudicación de menor cuantíahasta que concluya el procedimiento administrativo ini- ciado por SERPOST S.A. contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0006-2003-SUNASS. En cuanto al monto, considerando los meses de servicios ya prestados por LA EMPRESA, debe fijarse en un máximo de cuarenta mil nuevos soles. De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio de mensajería local urbano, lo- cal periférico y nacional para la Superintendencia Nacio-nal de Servicios de Saneamiento - SUNASS. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva por situación de urgenciapara contratar los servicios de mensajería local urbano, local periférico, nacional hasta que concluya el procedi- miento administrativo de impugnación de la AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 0006-2003-SUNASS. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas a realizar la contratación a que se refiereel artículo precedente mediante el proceso de adjudica- ción de menor cuantía hasta que concluya el procedi- miento administrativo de impugnación de la AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 0006-2003-SUNASS hasta por un monto máximo de cuarenta mil nuevos soles por la fuen- te de financiamiento recursos directamente recaudados. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Ser- vicios de Saneamiento - SUNASS que, bajo respon-sabilidad, remita copia de la presente resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes ala fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 14750 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 433-03-GRA/PRES Ayacucho, 17 de julio del 2003