TEXTO PAGINA: 58
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G34/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 8 de agosto de 2003 torial, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Regla- mento de Organización y Funciones del Gobierno Regio- nal de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003- 2003-CR/RL, del 21 de enero del 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la inclusión del Proceso de Selección de Concurso Público Nacional en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Serviciospara el Ejercicio Presupuestal 2003 del Gobierno Regio- nal de Loreto, referido a la "Contratación de Avisaje Pu- blicitario en Medios de Comunicación (Anuncios y Auspi-cios Publicitarios)". Artículo 2º.- Encargar, a la Oficina Regional de Ad- ministración, para que se sirva informar al Consejo Su- perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a la aprobación de la presente inclusión; y co- municar a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicroempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta a CONSUCODE para los fines que la ley establece. Artículo 3º.- Autorizar, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aproba- ción. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a las otras instancias pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 14803 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN /G45/G6C/G69/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D /G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2003-CR/RSM EL CONSEJO REGIONAL DE SAN MARTÍNHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional - Nº 27680, se dispone crear los Go- biernos Regionales, los que se crean en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, la que establece en su artículo 38º que, el Consejo Regional como órgano normativo del Gobier-no Regional tiene la atribución de aprobar asuntos de carácter general; Que, según lo dispuesto por la Ley Nº 27867 - "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" es atribución del Con- sejo Regional, proponer la creación, modificación o su- presión de tributos regionales o exoneraciones, confor-me a la Constitución y la ley; Que, con la finalidad de promover el desarrollo sosteni- ble e integral de la Amazonia y establecer las condicionespara la inversión pública y la promoción de la inversión privada, se promulgó la Ley Nº 27037, Ley de Promo- ción de la Inversión en la Amazonia, siendo uno de susbeneficios el REINTEGRO TRIBUTARIO DEL IMPUES- TO GENERAL A LAS VENTAS A LOS COMERCIANTES DE LA REGIÓN SELVA, prorrogado hasta el 31 de di-ciembre de 2003, mediante la Ley Nº 27897, así mismo mediante la Ley Nº 15600 se declaró como zona liberadade impuestos a la Región de la Selva comprendiendo a los departamentos de Loreto, Madre de Dios, San Martíny Amazonas; Que, durante la vigencia de estos beneficios, al que debe sumarse el Crédito Fiscal Especial del IGV, y la exo-neración del IGV a las importaciones de bienes de con- sumo, no han contribuido a mejorar la promoción de la inversión privada, mediante la ejecución de la obra deinversión pública, el otorgamiento al sector privado de concesiones de obras de infraestructura, el desarrollo de actividades forestales y acuícolas, el mejor acceso a lasalud, educación, nutrición y justicia básica en la zona, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población de la Región San Martín. Por el contrario han generado ellucro incesante de los grandes comerciantes, así como el aliento del contrabando con los bienes destinados a esta Región, y la evasión tributaria que es necesario co-rregir; Que, el Gobierno Regional ha procedido a realizar reuniones en las principales capitales de provinciasde la región, referido a este tema, siendo el sentir de las mayorías la eliminación gradual, tema que cuan- do fue debatido al interior del Consejo Regional y conla aprobación de la mayoría de Consejeros se acordó solicitar al Gobierno Nacional, la eliminación gradual de las mismas; Por lo que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad conlos considerados expresados, y en atención a lo aproba- do por el Consejo Regional en la sesión ordinaria llevada a cabo el 3 de agosto de 2003; Por lo expuesto se expide la Ordenanza Regional si- guiente: Artículo Primero.- ELIMINAR los incentivos tribu- tarios en la Región San Martín como son: Crédito Fis- cal Especial del IGV, Exoneración del IGV, por la im-portación de bienes que se destinan al consumo, eli- minación del reintegro tributario del IGV a los comer- ciantes. Artículo Segundo.- Que, los recursos destinados por parte del Gobierno Central para este fin, serándepositados como un Fondo Intangible a favor del desarrollo de la Agricultura en la Región San Martín, en una cuenta de un banco privado o el Banco de laNación, a nombre del Gobierno Regional de San Mar- tín. Artículo Tercero.- Elevar la presente al Ministerio de Economía y Finanzas para que elabore el proyecto de Ley correspondiente, y sea remitido al Congreso de laRepública para su aprobación. Artículo Cuarto.- Autorizar al Secretario del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Re- gional en el diario encargado de las publicaciones regio- nales disponiéndose su inclusión en el portal electrónicodel Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de San Martín para su promulgación. En Moyobamba, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil tres. MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional POR TANTO:Publíquese y cúmplase.Dado en la sede central del Gobierno Regional de San Martín, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil tres. MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 14876