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PÆg. 250138 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de agosto de 2003 tación del servicio público telefónico fijo local en las mo- dalidades de abonados y teléfonos públicos, en la pro- vincia de Lima, del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen-cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos finales se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites estableci-dos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 50º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos finales se encuentra el servicio público telefónico; Que, la Dirección General de Gestión de Telecomuni- caciones, mediante Informe Nº 046-2003-MTC/17.01.ssp., se- ñala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requi-sitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para el servicio público telefónico fijo local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos, es proceden-te la solicitud formulada por la empresa IMPSAT PERU S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene- ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC yel TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Viceministro de Comu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa IMPSAT PERU S.A. concesión para la prestación del servicio público telefó- nico fijo local en las modalidades de abonados y teléfo- nos públicos, por el plazo de veinte (20) años, en la pro-vincia de Lima, del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrar- se con la empresa IMPSAT PERU S.A. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos queforman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue- ba mediante la presente resolución, y de ser el caso, a sus- cribir la elevación a escritura pública del mismo y demásdocumentación necesaria para la inscripción registral de la presente concesión, a solicitud de cualquiera de las partes. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por la empresa solicitante en elplazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15630 Otorgan permiso de operación a favor de Corto Maltes Amazonía S.A.C. paraprestar servicio de transporte fluvialturístico de pasajeros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2003-MTC/13 Lima, 21 de febrero de 2003Vista la solicitud Expediente Nº (2002-008656) pre- sentada por la empresa CORTO MALTES AMAZONIA SAC., solicitando Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Fluvial Turístico de Pasajeros; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio; a fin de alcan- zar el ordenamiento administrativo, empresarial, operati-vo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expedirlos Permisos de Operación a las Empresas Navieras Na- cionales; Que, la empresa se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20350472551; Que, mediante Informe de la Directora de Marina Mer- cante y Transporte Multimodal Nº 016-2003-MTC/13.02, y del Asesor Legal Nº 024-2003-MTC/13.al, se opina fa- vorablemente sobre la solicitud de Permiso de Operaciónpresentada por la empresa, por lo que resulta proceden- te autorizar lo solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Legislativos Nºs. 560 y 683, el Decreto Supre- mo Nº 005-2001-MTC, el Decreto Supremo Nº 008-2002- MTC y la Resolución Suprema Nº 0011-78-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR el Permiso de Operación a favor de empresa CORTO MALTES AMAZONIA SAC, para prestar Servicio de Transporte Fluvial Turístico de Pasa-jeros, en la forma y ruta siguiente: TRÁFICO : Nacional o Cabotaje SERVICIO : Regular: Puerto Maldonado - Lodge Corto Malltes (Km. 10 Bajo Madre de Dios)margen derecha MODALIDAD : Transporte de pasajeros. Artículo 2º.- El Servicio de Transporte al que se refiere el artículo precedente será atendido con las Embarcacio- nes de su propiedad denominadas "Iberiano" con matrícu-la PM-16122-BF, "InnerPeú Expeditions" con matrícula PM- 18980-BF y "La Corvette" con matrícula PM-18592-EF. Artículo 3º.- El Permiso de Operación otorgado por el Artículo 1º de la presente Resolución Directoral, tiene una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, larenovación deberá ser solicitada por la empresa a la Di- rección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipación de se-senta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El Permiso de Operación implica la obli- gación de parte de la empresa a someterse al DecretoSupremo Nº 005-2001-MTC y demás dispositivos lega- les vigentes sobre la materia, así como a las disposicio- nes y directivas que dicte la Dirección General de Trans-porte Acuático. Artículo 5º.- Disponer la adecuación de las anotacio- nes asentadas en el Registro de Empresas Navieras Na-cionales vinculadas a la empresa en referencia, en el sen- tido dispuesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías de Puertos y Guar- dacostas, a la Capitanía de Puerto de Puerto Maldonado y a la Dirección Regional de Transportes y Comunicacio-nes del CTAR- Madre de Dios. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 05258