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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (27/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 250359 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de agosto de 2003 la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan- cia del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 15868 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 226-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 31 de julio de 2003 Vistos los escritos con registro Nº 05235003 del 13 de diciembre del 2002 y 7 de enero, 3 de marzo y 10 dejunio del 2003, presentados por la empresa CONSOR-CIO MALLA S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferen- cia de la propiedad o posesión de las embarcacionespesqueras de bandera nacional durante la vigencia delpermiso de pesca conlleva la transferencia de dicho per-miso en los mismos términos y condiciones en que fueotorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 417-97-PE de fecha 23 de setiembre de 1997, se otorgó permiso depesca a plazo determinado, entre otros, a Consorcio Pes-quero Carolina S.A., para operar la embarcación pesqueraMARAÑON 7 de matrícula Nº CE-4030-PM de 183.00 m3de capacidad de bodega, en la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirec- to en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5)millas costeras, utilizando redes de cerco con longitudmínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, CONSORCIO MALLA S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARAÑON 7 de ma- trícula Nº CE-4030-PM, por ser el actual propietario de lacitada embarcación pesquera, conforme consta en elCertificado Compendioso de Dominio expedido por elRegistro General de Pesquería de los Registros Públicosde Chimbote, asimismo solicita autorización de incremen- to de flota vía sustitución parcial de la capacidad de bo- dega de la embarcación pesquera MARAÑON 7 de ma-trícula Nº CE-4030-PM, utilizando 47.23 m3 de los 183.00m3 que tiene como capacidad de bodega total, a efectosde regularizar el exceso de capacidad de bodega en laembarcación pesquera POLAR VII de matrícula Nº CO- 13009-PM que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530 m3; Que el numeral 116.2 del artículo 116º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General,establece que pueden acumularse en un solo escrito másde una petición siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente, pero no planteamientos subsidiarios o alternativos; Que al existir conexidad entre la solicitud presentada por CONSOCIO MALLA S.A. sobre cambio de titular delpermiso de pesca de la embarcación pesquera MARA-ÑON 7 de matrícula Nº CE-4030-PM y la solicitud de au- torización de incremento de flota para utilizar 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene como capacidad de bodegatotal dicha embarcación pesquera, a fin de regularizar elexceso de capacidad de bodega de la embarcación pes-quera POLAR VII de matrícula Nº CO-13009-PM que ac-tualmente presenta una capacidad de bodega de 530.00 m3, se ha determinado la acumulación de dichas solici- tudes, a efectos de que sean resueltas en un solo actoadministrativo; Que de la evaluación efectuada a los documentos obrantes en el expediente administrativo, se ha determi-nado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos, así como los establecidos en losprocedimientos Nºs. 6 y 12, del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de la Producciónaprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por loque resulta procedente aprobar el cambio de titular delpermiso de pesca de la embarcación pesquera MARA-ÑON 7 de matrícula CE-4030-PM a favor de la empresa CONSORCIO MALLA S.A., así como otorgar la Autoriza- ción de Incremento de Flota solicitada vía sustituciónparcial de la capacidad de bodega de la embarcaciónpesquera MARAÑÓN 7 de matrícula Nº CE-4030-PM,utilizando 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene comocapacidad de bodega total, a efectos de regularizar el exceso de capacidad de bodega de la embarcación pes- quera POLAR VII de matrícula Nº CO-13009-PM, queactualmente presenta una capacidad de bodega de530.00 m3; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 278- 2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visación de laOficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera que seindica a continuación, en los mismos términos y condi-ciones en que fuera otorgado: Permiso de Pesca Nuevo titular Nombre de la Matrícula Capacidad del permiso Embarcación de Bodega de pesca Resolución Ministerial Nº 417-97-PE CONSORCIO MARAÑON 7 CE-4030-PM 183.00 m3 del 23/9/97 MALLA S.A. Artículo 2º .- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca otorgado a través de la Resolución Ministe- rial Nº 417-97-PE a la empresa CONSORCIO PESQUE-RO CAROLINA S.A., para operar la embarcación pes-quera "MARAÑON 7" de matrícula Nº CE-4030-PM. Artículo 3º .- Otorgar a la empresa CONSORCIO MALLA S.A, autorización de incremento de flota vía sus- titución parcial de la capacidad de bodega de la embar- cación pesquera MARAÑON 7 de matrícula Nº CE-4030-PM, utilizando 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene comocapacidad de bodega total, a efectos de regularizar elexceso de capacidad de bodega de la embarcación pes-quera POLAR VII de matrícula Nº CO-13009-PM, que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530.00 m3. Artículo 4º.- Reconocer a favor de la empresa CON- SORCIO MALLA S.A. un saldo de 135.77 m3 de capaci-dad de bodega, producto de la sustitución parcial de lacapacidad de bodega total de la embarcación pesquera MARAÑON 7 de matrícula Nº CE-4030-PM. Artículo 5º.- La aplicación del saldo reconocido a favor de la empresa CONSORCIO MALLA S.A. en elartículo precedente, deberá ejecutarse dentro de un pla- zo no mayor de tres (3) meses contados a partir de laentrada en vigencia de la presente resolución, concluido dicho plazo no habrá lugar a la aplicación y/o utilización de dicho saldo de capacidad de bodega. Artículo 6º.- La empresa CONSORCIO MALLA S.A. deberá solicitar la modificación del permiso de pesca dela embarcación pesquera POLAR VII de matrícula Nº CO-13009-PM, en el extremo referido a la capacidad de bo- dega, dentro del plazo de tres (3) meses contados a par- tir de la entrada en vigencia de la presente resolución,bajo sanción de caducidad de pleno derecho de la auto-rización de incremento de flota otorgada en el artículo 3ºde la presente resolución. Artículo 7º.- Excluir a la embarcación pesquera MA- RAÑON 7 de matrícula Nº CE-4030-PM del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y delliteral J) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE.