Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2003 (27/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15868 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 226-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2003 Vistos los escritos con registro Nº 05235003 del 13 de diciembre del 2002 y 7 de enero, 3 de marzo y 10 de junio del 2003, presentados por la empresa CONSORCIO MALLA S.A. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE de fecha 23 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a Consorcio Pesquero MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM de 183.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a traves de los escritos del visto, CONSORCIO MALLA S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM, por ser el actual propietario de la citada embarcacion pesquera, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por el Registro General de Pesqueria de los Registros Publicos de Chimbote, asimismo solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion parcial de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM, utilizando 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene como capacidad de bodega total, a efectos de regularizar el exceso de capacidad de bodega en la embarcacion pesquera POLAR VII de matricula Nº CO13009-PM que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530 m3; Que el numeral 116.2 del articulo 116º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que pueden acumularse en un solo escrito mas de una peticion siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente, pero no planteamientos subsidiarios o alternativos; Que al existir conexidad entre la solicitud presentada por CONSOCIO MALLA S.A. sobre cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM y la solicitud de autorizacion de incremento de flota para utilizar 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene como capacidad de bodega total dicha embarcacion pesquera, a fin de regularizar el exceso de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera POLAR VII de matricula Nº CO-13009-PM que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530.00 m3, se ha determinado la acumulacion de dichas solicitudes, a efectos de que MORDAZA resueltas en un solo acto administrativo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos obrantes en el expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos, asi como los establecidos en los

procedimientos Nºs. 6 y 12, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula CE-4030-PM a favor de la empresa CONSORCIO MALLA S.A., asi como otorgar la Autorizacion de Incremento de Flota solicitada via sustitucion parcial de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM, utilizando 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene como capacidad de bodega total, a efectos de regularizar el exceso de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera POLAR VII de matricula Nº CO-13009-PM, que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530.00 m3; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 2782003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0042002-PE; y; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fuera otorgado:
Permiso de Pesca MORDAZA titular Nombre de la del permiso Embarcacion de pesca Matricula Capacidad de Bodega

Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE CONSORCIO MARANON 7 CE-4030-PM 183.00 m3 del 23/9/97 MALLA S.A.

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE a la empresa CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera "MARANON 7" de matricula Nº CE-4030-PM. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa CONSORCIO MALLA S.A, autorizacion de incremento de flota via sustitucion parcial de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030PM, utilizando 47.23 m3 de los 183.00 m3 que tiene como capacidad de bodega total, a efectos de regularizar el exceso de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera POLAR VII de matricula Nº CO-13009-PM, que actualmente presenta una capacidad de bodega de 530.00 m3. Articulo 4º.- Reconocer a favor de la empresa CONSORCIO MALLA S.A. un saldo de 135.77 m3 de capacidad de bodega, producto de la sustitucion parcial de la capacidad de bodega total de la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM. Articulo 5º.- La aplicacion del saldo reconocido a favor de la empresa CONSORCIO MALLA S.A. en el articulo precedente, debera ejecutarse dentro de un plazo no mayor de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion, concluido dicho plazo no habra lugar a la aplicacion y/o utilizacion de dicho saldo de capacidad de bodega. Articulo 6º.- La empresa CONSORCIO MALLA S.A. debera solicitar la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera POLAR VII de matricula Nº CO13009-PM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, dentro del plazo de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota otorgada en el articulo 3º de la presente resolucion. Articulo 7º.- Excluir a la embarcacion pesquera MARANON 7 de matricula Nº CE-4030-PM del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 1932002-PRODUCE.

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