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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (27/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 250375 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de agosto de 2003 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Designan funcionarios de Oficinas Re- gionales de Control responsables debrindar información a que se refiere elReglamento de la Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 284-2003-CG Lima, 21 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del accesoa la información consagrada en el numeral 5 del artículo2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º del citado Texto Único Ordenado, invoca el Principio de Publicidad, señalando que toda in- formación que posea el Estado se presume pública, con excepción de las contenidas en los artículos 15º, 16º y17º de la misma norma, para lo cual el Estado adoptarámedidas básicas que garanticen y promuevan la transpa-rencia en la actuación de las entidades de la Administra-ción Pública, teniendo la obligación de entregar la infor- mación que demanden las personas en aplicación del mencionado principio; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información, aprobado por Decre-to Supremo Nº 072-2003-PCM, señala que las entidadesque cuenten con oficinas desconcentradas o descentra- lizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requieraal amparo de la Ley, con el objeto que la misma puedatramitarse con mayor celeridad; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los funcionarios titulares y alternos responsables en cada Oficina Regional de Control de brindar la información solicitada en virtud a la normativa descrita en los consi-derandos precedentes; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Designar a los funcionarios Ti- tulares y Alternos de las Oficinas Regionales de Con- trol de la Contraloría General de la República, res-ponsables de la entrega de la información a que serefiere el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans-parencia y Acceso a la Información Pública, aproba- do por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de acuer- do al siguiente detalle: Oficina Regional Titular Alterno de Control Arequipa Eco. Nelson Cardenas Ojeda Abog. Giovana Talavera Ocharan Chiclayo CPC Santos Chuman Esquivel CPC Luis Alberto Silva Espinoza Cusco Ing. Adolfo Ramos Pacheco Abog. Oscar Bardalez Alva Huancayo CPC José Luis Castañeda Abog. Juan Carlos Sáenz Feijóo Alarcón Iquitos CPC Cristian Sulla Aybar CPC Ghiorge Mancisidor Sosa Moyobamba Eco. Mario Fernández Ardiles Abog. Leonardo Pacherres Rodríguez Piura CPC Carlos Sánchez Alvarado Abog. María Antonieta Fuentes-Rivera Colom Artículo Segundo .- El personal y demás funciona- rios de la Contraloría General de la República deberán,bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o infor- mación que les sea solicitada como consecuencia de lodispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazosestablecidos en las normas de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15850 Modifican el procedimiento N” 23 del TUPA de la Contraloría General RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 285-2003-CG Lima, 21 de agosto de 2003 VISTOS, la Memoranda Nº 201-2003-CG/SG, 1047- 2003-CG/AL y 741-2003-CG-AD de la Secretaría Gene-ral, la Gerencia Central de Asesoría Legal y la GerenciaCentral de Administración de la Contraloría General de laRepública, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 016-2002- CG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos -TUPA de la Contraloría General de la Repú- blica, modificado por Resolución de Contraloría Nº 328- 2002-CG, el cual contiene los procedimientos de iniciati-va de parte requeridos por los administrados para satis-facer sus intereses o derechos mediante el pronuncia-miento de cualquier órgano de la Contraloría General dela República, entre los que se encuentran el acceso a la información; Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por De-creto Supremo Nº 072-2003-PCM y publicado en elDiario Oficial El Peruano el 7 de agosto de 2003, es-tablece en su Cuarta Disposición Complementaria que las Entidades cuentan con quince (15) días útiles que rigen a partir de su publicación, para efectos de laimplementación del formato a que se refiere el artícu-lo 10º del citado Reglamento; así como para adecuarsu TUPA, respecto al procedimiento y determinacióndel costo de reproducción de acuerdo a la Ley Nº 27806 y al Reglamento; Que, en consecuencia resulta necesario efectuar las modificaciones al Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos - TUPA, en lo que respecta al procedimientoNº 23 - "Solicitud de Información de la Contraloría Gene-ral", a fin de adecuarlo a las disposiciones establecidas en el citado Reglamento; En uso de las atribuciones establecidas por el artícu- lo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el procedimiento Nº 23 del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPAde la Contraloría General de la República, sustituyéndo- lo por el texto que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La solicitud de acceso a la in- formación deberá ser presentada, según el formatopublicado en el Diario Oficial El Peruano, el día 13 deagosto de 2003, el mismo que también se encuentra a disposición de los administrados en el Departamento de Trámite Documentario y en la página Web de laContraloría General de la República,(www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República