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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G39/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de diciembre de 2003 creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC, establece que los servicios públicos de difu-sión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual seotorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es-tablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfeccionamediante la suscripción de un contrato de concesión apro-bado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, el artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los serviciospúblicos de difusión se encuentra el servicio público de dis-tribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 141-2003-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones, de la Direc-ción General de Gestión de Telecomunicaciones, señalaque, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisi-tos que establece la legislación para otorgar la concesiónsolicitada para la prestación del servicio público de distri-bución de radiodifusión por cable, es procedente la solici-tud formulada por el señor WAGNER TERCERO HIDAL-GO ROMERO; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene-ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con susmodificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y elTUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni-caciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar al señor WAGNER TERCERO HIDALGO ROMERO concesión para la prestación del ser-vicio público de distribución de radiodifusión por cable porel plazo de veinte (20) años, en el área que comprende eldistrito del Callao, de la Provincia Constitucional del Ca-llao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con el señor WAGNER TERCERO HIDALGO RO-MERO para la prestación del servicio público a que se re-fiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco(25) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integran-te de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi-ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri-ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22968 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1051-2003-MTC/03 Lima, 9 de diciembre de 2003Vista, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2003-018629 por la empresa TELEVISIÓN LAREDOE.I.R.L., para que se le otorgue concesión para la presta-ción del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC, establece que los servicios públicos de difu-sión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual seotorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es-tablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfeccionamediante la suscripción de un contrato de concesión apro-bado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, el artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los serviciospúblicos de difusión se encuentra el servicio público de dis-tribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 126-2003-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco-municaciones, de la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado elcumplimiento de los requisitos que establece la legislaciónpara otorgar la concesión solicitada para la prestación delservicio público de distribución de radiodifusión por cable,es procedente la solicitud formulada por la empresa TELE-VISIÓN LAREDO E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene-ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con susmodificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y elTUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni-caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISIÓN LA- REDO E.I.R.L. concesión para la prestación del serviciopúblico de distribución de radiodifusión por cable por el plazode veinte (20) años, en el área que comprende el distritode Catacaos, de la provincia de Piura, del departamentode Piura. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa TELEVISIÓN LAREDO E.I.R.L. parala prestación del servicio público a que se refiere el artícu-lo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulasy dos (2) anexos que forman parte integrante de la presen-te resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi-ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri-ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22970