TEXTO PAGINA: 65
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 Los establecimientos de salud, que prestan servicios de salud a asegurados de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) en virtud de un contrato con una Administra- dora de Servicios de Salud brindado por Terceros, deberáninscribirse en forma individual en el Registro según la mo- dalidad que corresponda y siguiendo los procedimientos establecidos en el Capítulo II del presente Reglamento. Las EPS están impedidas de ofrecer o proporcionar ser- vicios de salud a sus asegurados a través de empresas o entidades no inscritas en el Registro. Artículo 3º.- Las siguientes empresas y entidades y modalidades de servicios deberán solicitar su inscripciónen el Registro a cargo de la SEPS: 1. Establecimientos de Salud: a) Consultorio Médico Particular; b) Policlínico; c) Centro Médico; d) Hospital Privado / Clínica; e) Instituto Médico o de Salud; f) Servicios Médicos de Apoyo: f.1) Centro de Apoyo Médico; f.2) Servicios de Apoyo Diagnóstico y Terapéutico; f.3) Servicio de Traslado de Pacientes; 2. Servicio de Atención Domiciliaria de Salud. Los Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, son los definidos en el Decreto Supremo Nº023-87-SA, que aprueba el “Reglamento General de Es- tablecimientos de Salud del Sub-sector No Público”. Asi- mismo, los establecimientos de salud públicos son loscomprendidos en el Reglamento General de Hospitales del Sector Salud aprobados por Decreto Supremo Nº 005-90-SA. Para efectos del presente Reglamento, el Servicio de Atención Domiciliaria de Salud es aquél servicio a domici- lio prestado por una persona jurídica a través de profesio-nales de la salud calificados en diversas especialidades. Asimismo, se considera entidad vinculada a las empresas y entidades que prestan servicios vinculados a los planesde salud ofrecidos por las EPS. Artículo 4º.- Las Personas Naturales únicamente pue- den inscribir Consultorios Médicos Particulares y Servicios de Apoyo Diagnóstico y Terapéutico. Las Personas Jurídi- cas pueden inscribir cualquiera de las empresas o entida-des mencionadas en el artículo anterior. Artículo 5º.- Los servicios de salud a los asegurados de las EPS se prestarán en las instalaciones de los esta-blecimientos inscritos en el Registro de la SEPS y con per- sonal profesional de salud de planta (médico y otros profe- sionales de la salud). CAPÍTULO II DE LA INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN Artículo 6º.- Requisitos para la inscripciónI.- Establecimientos de Salud 1.- Para la inscripción de los establecimientos de salud operados por Personas Naturales se deberá presentar una solicitud de acuerdo al modelo que consta en el Anexo Adel presente Reglamento, adjuntando la siguiente documen- tación: a) Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo J del presente Reglamento; b) Copia simple de la acreditación de inscripción en el RUC emitida por la SUNAT; c) Copia simple del documento de identidad del solici- tante; d) Copia simple del Título Profesional, Diploma de Co- legiatura y Registro de Especialidad, de ser el caso, y Cons- tancia de Habilitación; e) Copia simple del o los contratos suscritos con las EPS; f) Copia simple de la Constancia de Categorización del Establecimiento de Salud; y,g) Copia simple del documento de pago de los dere- chos correspondientes. 2.- Para la inscripción de los establecimientos de salud operados por Personas Jurídicas de derecho privado, se deberá presentar una solicitud cuyo modelo se describe en el Anexo B del presente Reglamento, adjuntando la si-guiente documentación: a) Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo J del presente Reglamento; b) Copia simple de la Escritura Pública de Constitución de la empresa o entidad que brinda el servicio de saludvinculada a los planes de salud, así como de sus modifica- torias cuando corresponda, debidamente inscrita en la Ofi- cina Registral correspondiente. Se deberá señalar la pres-tación de servicios de salud como su objeto social; c) Copia simple de la vigencia de poderes otorgada por la Oficina Registral correspondiente con una antigüedadno mayor a 30 días calendario; d) Copia simple de la acreditación de inscripción en el RUC emitida por la SUNAT; e) Copia simple del documento de identidad del repre- sentante legal; f) Copia simple del o los contratos suscritos con las EPS; g) Copia simple de la Constancia de Categorización del Establecimiento de Salud o Resolución Ministerial de Acre-ditación de ser el caso; y, h) Copia simple del documento de pago de los dere- chos correspondientes. 3.- Para la inscripción de establecimientos de salud de propiedad o en los que tenga participación el Estado, sedebe presentar una solicitud cuyo modelo se describe en el Anexo C del presente Reglamento, adjuntando la siguien- te documentación: a) Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo J del presente Reglamento; b) Copia simple de la acreditación de inscripción en el RUC emitida por la SUNAT; c) Copia simple del documento en el que conste la de- signación de su representante legal; d) Copia simple del documento de identidad del repre- sentante legal; e) Copia simple del o los contratos suscritos con las EPS; f) Copia simple de la Constancia de Categorización del Establecimiento de Salud o Resolución Ministerial de Acre- ditación de ser el caso; y, g) Copia simple del documento de pago de los dere- chos correspondientes. 4.- Para la inscripción de nuevos establecimientos de salud de las empresas y entidades vinculadas ya inscritas en el Registro, se debe presentar una solicitud cuyo mode- lo se describe en el Anexo D del presente Reglamento,adjuntando la siguiente documentación: a) Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo J del presente Reglamento; b) Copia simple de la vigencia de poderes otorgada por la Oficina Registral correspondiente con una antigüedadno mayor a 30 días calendario; c) Copia simple del documento de identidad del solici- tante o representante legal; d) Copia simple de la Constancia de Categorización del Establecimiento de Salud o Resolución Ministerial de Acre- ditación de ser el caso; y, e) Copia simple del documento de pago de los dere- chos correspondientes. II.- Servicio de Atención Domiciliaria de Salud 1.- Para la inscripción de personas jurídicas que pres- ten el Servicio de Atención Domiciliaria de salud a través de profesionales de la salud, se deberá presentar una So- licitud cuyo modelo se describe en el Anexo E del presenteReglamento, adjuntando la siguiente documentación: a) Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo J del presente Reglamento; b) Copia simple de la Escritura Pública de Constitución de la empresa inscrita en la Oficina Registral correspon-