Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

OSINERG
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 240-2003-OS/CD Mediante Oficio Nº 332-2003-OSINERG/GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion OSINERG Nº 2402003-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 9 de diciembre de 2003, en la pagina 256796. DICE: "Lima, 4 de noviembre de 2003" DEBE DECIR: "Lima, 4 de diciembre de 2003" 23237

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 10º del Reglamento anteriormente citado, corresponde al Superintendente velar por la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo formulado en Sesion Nº 15-2003-SEPS del 25 de noviembre de 2003, con el MORDAZA unanime del pleno y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Reglamento de Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud", el mismo que consta de cinco (5) Capitulos, dieciocho (18) articulos, tres (3) Disposiciones Finales y diez (10) Anexos. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion de Superintendencia N° 026-2001-SEPS/CD del 27 de marzo de 2001. Articulo 3º.- El Superintendente dictara las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los establecimientos de salud, que prestan servicios de salud a asegurados de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) en virtud de un contrato con una Administradora de Servicios de Salud brindados por Terceros, deberan inscribirse en forma individual en el "Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud", dentro del plazo que vencera el 31 de marzo de 2004. Segunda.- Los Certificados de Registro otorgados a las empresas y entidades inscritas MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Reglamento tendran una vigencia de dos (2) anos a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente norma. Igual plazo de vigencia se aplicara a los Certificados de Registro de las Administradoras de Servicios de Salud brindados por Terceros. Tercera.­ Los expedientes que a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento se encuentren en tramite de inscripcion en el Registro, deberan cumplir con los requisitos establecidos en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente REGLAMENTO DE REGISTRO DE EMPRESAS Y ENTIDADES QUE PRESTAN SERVICIOS VINCULADOS A LOS PLANES DE SALUD OFRECIDOS POR LAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento establecen los requisitos y el procedimiento para la inscripcion de las entidades vinculadas, asi como su renovacion, en el "Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud ofrecidos por las Entidades Prestadoras de Salud", en adelante "el Registro". Articulo 2º.- Ambito de aplicacion Las empresas y entidades que se mencionan en el articulo siguiente estan obligadas a inscribirse en el Registro a cargo de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), cuando las Personas Naturales o Juridicas que las operan celebren, al menos, un (1) contrato de prestacion de servicios de salud con cualquiera de las EPS.

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Aprueban el "Reglamento de Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud"
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 081-2003-SEPS/CD MORDAZA, 2 de diciembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 099-2003-SEPS/IRD de la Intendencia de Regulacion y Desarrollo y el Informe Juridico Nº 0192003-SEPS/OAJ de la Oficina de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA, las empresas y entidades que presten servicios de salud vinculados a los planes de salud ofrecidos por las Entidades Empleadoras o por las Entidades Prestadoras de Salud se encuentran obligadas a registrarse ante la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; Que, segun lo dispuesto en la MORDAZA mencionada en el considerando anterior esta Superintendencia mediante Resolucion Nº 026-2001-SEPS/CD aprobo el "Reglamento de Registro de Empresas y Entidades que prestan Servicios de Salud Vinculados a los planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud"; Que, sobre la base de la aplicacion de la mencionada MORDAZA y de la experiencia obtenida por esta Superintendencia en las acciones de supervision, se hace necesaria la actualizacion de dicho Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de caracter general que MORDAZA de observancia obligatoria para el sistema;

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