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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 Que, considerando la vigésima disposición complemen- taria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, quehabilita a las municipalidades a declararse en emergenciaadministrativa o financiera por el término de 90 días, con elobjeto de hacer las reformas, cambios o reorganizacionesque fueran necesarias para optimizar sus recursos y fun-ciones, respetando los derechos laborales adquiridos le-galmente; Que, en efecto estando a que las Municipalidades ejer- cen de manera exclusiva una función promotora normativay reguladora a tenor de la disposición contenida en el Artí-culo 74º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 ycomo en el Acuerdo de Concejo Nº 174 del 19 de setiembredel año 2003, por el cual se declara en emergencia financie-ra y administrativa la Municipalidad provincial de Canchispor el término de 90 días, no se especifica la fecha de inicioy culminación de esta declaratoria en emergencia; Que, de conformidad a lo señanalado y lo dispuesto en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, por unanimidad: ACUERDA:Artículo Primero.- Fijar como fecha de inicio de la De- claratoria de Emergencia Administrativa y Financiera de laMunicipalidad Provincial de Canchis, el día 15 de noviem-bre del año 2003. Artículo Segundo.- Designar la Comisión encargada de ejecutar la Declaración en Emergencia de la MunicipalidadProvincial de Canchis, que estará presidida por el señor Al-calde Dr. Ricardo Yuri Cornejo Sánchez, e integrada en ca-lidad de funcionarios por los señores Regidores José TorresMendoza como Presidente de la Comisión de Planificación,Presupuesto, Economía y Planeamiento Estratégico, y el Dr.Guillermo Medina Chuquimia como Presidente de la Comi-sión de Asuntos Jurídicos; y, en calidad de Funcionarios elDirector Municipal, Director de Administración, Director deDesarrollo Local, Urbano y Obras Públicas, Jefe de la Ofici-na de Planificación y Presupuesto, Jefe de la Oficina de Per-sonal, Jefe de la Oficina de Contabilidad y Tesorería, y laJefe de la Oficina de Asesoría Legal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICARDO CORNEJO SÁNCHEZ Alcalde Provincial de Canchis - Cusco 23609 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D /G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 208-2003-A-MPC Sicuani, 3 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS VISTO:El Informe Nº 001-CEPAD-MPC-2003, presentado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli-narios de la Municipalidad Provincial de Canchis, designa-da mediante Resolución de Alcaldía Nº 204-2003-A-MPC,de fecha 25 del mes de noviembre del año 2003, medianteel cual se determina haber mérito para instaurar ProcesoAdministrativo a los siguientes ex funcionarios: Carlos RO-JAS VILLABAZO - ex Director Municipal; Justino ESCALAN-TE PUMA - ex Director de Administración; Luz Adriana VA-LENZUELA VIZCARRA - ex Jefa de la Oficina de Logística;Maximiliano OCHANTE SAUÑE - ex Asesor Legal; y, Hum-berto GUTIÉRREZ MENDOZA - ex Jefe de la Oficina dePlanificación, Presupuesto y Estadística. CONSIDERANDO: Que, por la facultad conferida en la Constitución Políti- ca del Perú, en el Artículo 194º, modificado por la LeyNº 27680, corroborada por el Artículo II del Título Prelimi-nar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, losGobiernos Locales gozan de autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos, mediante el Informe de Visto, ha determinado que existemérito para instaurar Proceso Administrativo a los siguien-tes ex funcionarios: Carlos ROJAS VILLABAZO - ex Direc-tor Municipal; Justino ESCALANTE PUMA - ex Director deAdministración; Luz Adriana VALENZUELA VIZCARRA - exJefa de la Oficina de Logística; Maximiliano OCHANTE SAU-ÑE - ex Asesor Legal; y, Humberto GUTIÉRREZ MENDO-ZA - ex Jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto yEstadística; por los siguientes fundamentos: 1. Que, conforme se desprende del Informe Nº 121-AL- MPC-2003 de fecha 3 de noviembre de 2003: según laResolución de Alcaldía Nº 126-2001-A-MPC de fecha 11de abril del año 2001 fueron designados como integrantesdel “Comité Especial Permanente de Adjudicación Directay de Menor Cuantía de la Municipalidad Provincial de Can-chis”; los siguientes ex funcionarios: Carlos ROJAS VILLA-BAZO - en condición de Director Municipal; Justino ESCA-LANTE PUMA - en condición de Director de Administra-ción; Luz Adriana VALENZUELA VIZCARRA - en condi-ción de Jefa de la Oficina de Logística; MaximilianoOCHANTE SAUÑE - en condición de Asesor Legal; y, Hum-berto GUTIÉRREZ MENDOZA - en condición de Jefe dela Oficina de Planificación, Presupuesto y Estadística. Porlo tanto, al amparo del artículo 23º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoD.S. Nº 012-2001-PCM, son estos funcionarios los que enla condición en la que fueron designados debieron asumirlas funciones inherentes pertinentes. 2. Sin embargo, revisados los documentos sustentato- rios respectivos; se ha verificado que han actuado comointegrantes del “Comité Especial Permanente de Adjudica-ción Directa y de Menor Cuantía de la Municipalidad Pro-vincial de Canchis” los referidos funcionarios: Carlos RO-JAS VILLABAZO - en condición de Director Municipal; Jus-tino ESCALANTE PUMA - en condición de ex Director deRentas y Tributación; Luz Adriana VALENZUELA VIZCA-RRA - en condición de Directora General de Administra-ción; Maximiliano OCHANTE SAUÑE - en condición deAsesor Legal; y, Humberto GUTIÉRREZ MENDOZA - Jefede la Oficina de Planificación, Presupuesto y Estadística.En consecuencia, los ex funcionarios Justino ESCALAN-TE PUMA y Luz Adriana VALENZUELA VIZCARRA; eranintegrantes de dicho Comité pero desempeñando los car-gos de Director General de Administración y Jefa de laOficina de Logística, respectivamente, por lo que habríanestado usurpando funciones que no les competía. 3. Que, conforme se desprende del Informe Nº 121-AL- MPC-2003 de fecha 3 de noviembre de 2003, los ex fun-cionarios aludidos en el numeral 1. y 2. de este informehabrían llevado a cabo el Proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía para la adquisición de “Materiales para Insta-laciones Sanitarias para la Obra: Construcción del Com-plejo Deportivo Rosaspata”, de cuyo proceso se habríaOtorgado la Buena Pro a la supuesta empresa “DISFESAcon domicilio en la Av. Independencia 1634 Of. 3 de la ciu-dad de Arequipa” con RUC Nº 20184509848, por la sumade S/. 22,725.40 (Veintidós mil setecientos venticinco y 40/100 Nuevos Soles) según las Facturas Números 2232,2233, 2234, 2235 y 2236; luego de haberse evaluado y ca-lificado a los supuestos postores “DISFESA - Arequipa”,“Ferretería y Servicios Santa Mónica - Arequipa” y “CADECONSA S.A.C. - Arequipa”. 4. Se ha verificado que la empresa a quien los funcio- narios cuestionados Otorgaron la Buena Pro DISFESA notiene registrado su RUC Nº 20184509848 en la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT,habiendo incumplido los funcionarios indicados con otrosde sus deberes funcionales. 5. Presumiblemente los funcionarios en cuestión habrian negociado a cambio de alguna promesa económica conCÉSAR AUGUSTO CASTRO BRAVO, representante de laempresa DISFESA (Favorecida con la Buena Pro indicadaen el numeral 3. de este informe), quien habría falsificadotres solicitudes de cotización, sellos y firmas de represen-tantes de las empresas postoras participantes en el Proce-so de Adjudicación de Menor Cuantía arriba indicado. 6. Por el precio referencial de S/. 22,800.00 (Veintidós mil ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) monto que cobre-pasa las 4 (cuatro) Unidades Impositivas Tributarias, delProceso de Adjudicación de Menor Cuantía materia deobservación, el Comité integrado por funcionarios en cues-tión debió cumplir con efectuar la notificación del procesoa CONSUCODE y PROMPYME de conformidad con elartículo 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado D.S. Nº 013-2001-PCM, hecho