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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G35/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 Que, por lo tanto, es necesario crear derechos por con- cepto de trámite de solicitudes de prescripción en materia tributaria e impugnación contra resoluciones no contencio- sas emitidas por el SAT; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Eco- nomía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 137- 2003-MML-CEPP y lo dispuesto por el numeral 4 del artí- culo 157º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipali- dades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébense los derechos que co- bra el Servicio de Administración Tributaria, SAT, por con- cepto de trámite de solicitudes de prescripción en materia tributaria, impugnación contra resoluciones no contencio- sas emitidas por el SAT y por los costos de reproducción del procedimiento de acceso a la información detallados a continuación: Denominación Monto % de la UIT Solicitud de Prescripción en materia tributaria. 0.968 Impugnación contra resoluciones no contenciosas 0.839 emitidas por el SAT. Acceso a la información Gratuito Costos de reproducción: /GA7Copia 0.0032 /GA7Disquete 0.040 /GA7CD 0.060 Artículo Segundo.- Modifíquese el monto del derecho que cobra el SAT, por concepto de trámite de solicitudes no contenciosas en materia de tránsito y transporte urba- no, conforme al siguiente detalle: Denominación Monto % de la UIT Solicitud de Prescripción en materia tránsito 0.968 y transporte urbano. Artículo Tercero.- Deróguese el derecho del procedi- miento por acceso a la información que posee o produce el SAT. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los once días del mes de diciembre de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 23497 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G41/G54/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G2D /G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 567 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 362 del 17 de febrero de 2002, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos, TUPA, del Servicio de Administración Tributa- ria, SAT; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen o modifican exclusivamen- te mediante Ordenanza. Dichos procedimientos debenser compendiados y sistematizados en el TUPA de la entidad;Que, el SAT tiene entre sus funciones la de resolver los reclamos que los contribuyentes presenten contra los ac-tos de la administración tributaria, así como atender las solicitudes no contenciosas; Que, de conformidad con el artículo 15º de la Ordenan- za Metropolitana Nº 154 se designó al SAT como autoridad administrativa competente en materia de Transporte Urba- no e Interurbano de Pasajeros y de Tránsito y SeguridadVial, estando circunscritas sus labores entre otras, a la re- solución en primera instancia de los recursos de reconsi- deración y solicitudes no contenciosas originados por lasmismas; Que por otro lado, mediante Decretos Supremos Nºs. 043-2003-PCM y 072-2003-PCM se aprobaron el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública y su reglamento, res- pectivamente; Que, en razón de lo expuesto se requiere aprobar e incorporar en el TUPA del SAT el procedimiento de impug- nación contra resoluciones no contenciosas emitidas por el SAT; asimismo para cumplir eficientemente su funciónse debe modificar la denominación, requisitos y el dere- cho, según corresponda, de los procedimientos de solici- tudes de compensación, prescripción en materias tributa-ria, tránsito y de transporte urbano, así como el acceso a la información; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Eco- nomía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 138-2003-MML-CEPP; y lo dispuesto por el numeral 2 del artí- culo 157º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipali- dades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Apruébese el siguiente procedimiento con sus requisitos: - Impugnación contra resoluciones no contenciosas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria,SAT. Artículo 2º.- Incorpórese al Texto Único de Procedi- mientos Administrativos, TUPA del SAT el procedimiento siguiente, el mismo que como Anexo forma parte de la pre-sente Ordenanza. - Procedimiento de “Impugnación contra resoluciones no contenciosas emitidas por el SAT” de la Gerencia de Operaciones. Artículo 3º.- Modifíquese el TUPA del SAT, respecto de la denominación, requisitos y derecho de los procedimien- tos que se mencionan a continuación, y que como Anexoforman parte de la presente Ordenanza: - Procedimiento de “Solicitud de compensación en ma- teria tributaria” del Departamento de Reclamaciones de la Gerencia de Operaciones. - Procedimiento de “Solicitud de prescripción en mate- ria tributaria” del Departamento de Reclamaciones de la Gerencia de Operaciones. - Procedimiento de “Solicitud de prescripción en mate- ria de tránsito y transporte urbano” del Departamento deReclamaciones de la Gerencia de Operaciones. - Procedimiento de “Solicitud de Acceso a la Informa- ción” . Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los once días del mes de diciembre de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima