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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G36/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 ORDENANZA QUE APRUEBA EL DESARROLLO DE LAS FERIAS FESTIVAS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Primero.- Aprobar el desarrollo de Ferias Fes- tivas en la Jurisdicción del distrito del Rímac instituidascomo las más representativas de la tradición nacional, pro-movidas por la Municipalidad Distrital del Rímac, en lasque los productores y comerciantes formales e informalespodrán desarrollar actividades comerciales en determina-dos sectores de la vía pública, en forma temporal duranteel desarrollo de cada un de las ferias. Artículo Segundo.- Suspender temporalmente los efec- tos de los Acuerdos de Concejo y Ordenanzas vigentes, quedeclaran rígidas determinadas zonas del distrito del Rímac, yque prohíben el comercio ambulatorio en la vía pública en to-das sus modalidades; en los lugares donde el Municipio pro-mueva Ferias Festivas y por el tiempo que éstas duren. Artículo Tercero.- La suspensión señalada en el artícu- lo anterior, está sujeta al calendario de Ferias Festivas quela Municipalidad aprobará en determinados lugares de lajurisdicción del Rímac, respecto de los cuales los comer-ciantes informales como participantes podrán hacer uso dela vía pública y/o retiro municipal, previo informe Técnicofavorable de las áreas correspondientes, cancelando el pagocorrespondiente por el uso de estas áreas públicas comopartícipe de las ferias festivas, de acuerdo con el Regla-mento que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe. Artículo Cuarto.- Apruébese el siguiente calendario de Ferias para el presente ejercicio fiscal 2003 y el ejerci-cio 2004: 1. Fiestas Navideñas (Diciembre). 2. Creación del distrito del Rímac (Febrero).3. Semana Santa.4. Ferias Escolares.5. Fiesta Patronal de San Cristóbal.6. Fiestas Patrias (Julio).7. Feria de Octubre.8. Fiestas por el día de la Madre y el Padre. Artículo Quinto.- Facúltese al despacho de Alcaldía, para que mediante Decreto de Alcaldía determine las zonasdonde se desarrollarán las ferias y el tiempo de duración decada una de ellas, reglamente la autorización para la mismay establezca el costo por punto de venta para cada uno delos participantes en las "Ferias Festivas", de acuerdo a lacantidad de los participantes y costo total de cada feria. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Direc- ción de Comercialización y Desarrollo Empresarial, Oficina deAdministración Tributaria y Rentas, y Dirección de SeguridadCiudadana, el cumplimiento de la presente y a la SecretariaGeneral su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diez días del mes de diciembre del 2003. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 23552 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G43/G61/G6D/G70/G6F/G73/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G2D /G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G72/G61/G6E/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G4E/G61/G76/G69/G64/G65/GF1/G61/G20/G32/G30/G30/G33 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en sus artículos I y II que las MunicipalidadesProvinciales y Distritales son los órganos de Gobierno pro-motores del desarrollo local, con personería jurídica dederecho público y plena capacidad para el cumplimientode sus fines, que gozan de autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, así mismo, la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 83º inciso 3.2 establece que las municipali-dades distritales regulan y controlan el comercio ambulato- rio de acuerdo a las normas establecidas por la munici-palidad provincial; Que, mediante Ordenanza Nº 081 de fecha 10.12.03 se aprobó el Desarrollo de las Ferias Festivas en la juris-dicción del distrito del Rímac; disponiéndose en su artícu-lo 5º su reglamentación a través del Decreto de Alcaldíacorrespondiente; Que, estando próximas las Fiestas Navideñas y de Año Nuevo, es necesario evitar el desorden y la concentracióndesmedida que se ocasiona con la participación espontá-nea, voluntaria y sin control de los comerciantes ambulantes; Estando a lo expuesto y sustentado por la Dirección de Comercialización y Desarrollo Empresarial con el Expe-diente Técnico Proyecto de la Gran Feria Navideña 2003 ya lo dispuesto por el artículo 42º de la Ley Orgánica deMunicipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar y autorizar la ejecución de los Expedientes Técnicos Proyecto de la Gran Feria Navi-deña 2003 y el Proyecto Específico de la Feria Agropecua-ria, Artesanal, Gastronómica, Recreativa; en los términosy condiciones establecidas en ellos, el cual, forma parteintegrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Se establece como únicos Cam- pos Feriales para el desarrollo de la Gran Feria Navideña2003 las zonas establecidas en el Cuadro Campos Feria-les y con la capacidad de expositores propuestos que for-ma parte de este Decreto. Artículo Tercero.- La Dirección de Comercialización y Desarrollo Empresarial a través del Departamento de Co-mercialización, será el responsable del desarrollo de la GranFeria Navideña 2003, inscribiendo a los productores, co-merciantes en los Campos Feriales determinados y en losgiros siguientes: 1. Juguetería, 2. Regalos, adornos y artículos navideños,3. Ropa,4. Calzados y artículos de cuero,5. Artesanía,6. Productos alimenticios (Dulces y comidas frías al paso y otros), 7. Electrodomésticos,8. Golosinas, frutas secas y confitería natural. Artículo Cuarto.- Las personas (productores y comer- ciantes - Expositores) que participen en la Gran Feria Na-videña 2003 deberán solicitar su inscripción y previa eva-luación, los autorizados deberán efectuar el pago corres-pondiente para el desarrollo de sus actividades de confor-midad a lo establecido en el Expediente Técnico y se ubi-carán únicamente en los Campos Feriales conforme al Pro-yecto. Los participantes (Comerciantes, productores) de-berán asumir la responsabilidad de la seguridad y limpiezadel campo ferial que ocupen. Artículo Quinto.- Créase el Comité de Ejecución Presupuestal, que administrará los fondos que genere elProyecto, y estará conformado por los siguientes funcio-narios: el Gerente Municipal, quien lo presidirá; el Directorde Administración y Finanzas y el Director de Comerciali-zación y Desarrollo Empresarial (e). Dado en el local de la Municipalidad Distrital del Rímac a los once días del mes de diciembre del dos mil tres. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 23553 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G74/G69/G72/G6F ORDENANZA Nº 285-MSB San Borja, 15 de diciembre de 2003EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA