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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de diciembre de 2003 De conformidad con el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer los días miércoles 24 y miér- coles 31DIC2003 y el viernes 2ENE2004 como días no labora- bles para el personal de la Municipalidad de Santiago de Surco, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº091-2003-PCM y en las condiciones fijadas por el mismo. Artículo Segundo.- Disponer que en los días señalados en el artículo precedente se suspenderá la recepción documentariaen la Corporación, para tal efecto, se aplicará lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 091-2003-PCM, en tal senti- do, los días 24 y 31DIC2003 y 2ENE2004 se consideran comodías inhábiles, entendiéndose prorrogados los plazos por los días en que dure la suspensión de labores. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal emita la directiva que fuera necesaria para salvaguardar la prestación de los servicios públicos esenciales en la jurisdicción del distrito, en los días señalados en el artículo primero. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 23779 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G2D /G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73 ORDENANZA Nº 125 Villa María del Triunfo, 21 de noviembre del 2003EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de noviem- bre del 2003, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washing-ton Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Palomino Maldonado,Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos, Sr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moisés Félix Ola- zábal, Sr. Elías Vara Franco, Sr. José Guerra Velásquez, Sr. Wil-fredo Bazán Ramírez y Carlos Mejía Escajadillo; se trató sobre proyecto de Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o Carga de Vehículos Menores en el distrito de VillaMaría del Triunfo; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos del gobiernolocal que tienen autonomía política, económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 1º del Reglamento Nacional del Transporte Público Especial en Vehículos Motorizados o no Motoriza- dos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC del 22.ENERO.2000, establece que a los Municipios les compe-te la Autorización del servicio especial de vehículos menores; Que, de acuerdo a la nueva Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, en su Ar t. 81º, Inc. 3.2 dispone que las Mu- nicipalidades Distritales son las instancias competentes para otorgar licencias para la circulación de vehículos menores, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; De conformidad con los Arts. 40º, 81º, Inc. 3.2) de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades ; con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa dela lectura y aprobación del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO TÍTULO I OBJETIVO, FINALIDAD, ALCANCES Y DEFINICIONES Artículo 1º.- Objetivo.- La presente Ordenanza tiene como objetivo regular el Servicio de Transporte de Pasaje-ros y/o Carga en Vehículos Menores, en el ámbito jurisdic- cional del distrito de Villa María del Triunfo, garantizando un servicio eficiente y seguro en beneficio de los usuarios y de los propios transportistas. Artículo 2º.- Finalidad.- La presente Ordenanza tiene por finalidad ordenar la prestación del Servicio de Trans- porte de Pasajeros y/o Carga en Vehículos Menores. Artículo 3º.- Alcance.- La presente Ordenanza rige en el ámbito distrital de Villa María del Triunfo y es de obligatorio cumplimiento para los funcionarios, empleados y autorida-des municipales, policiales, políticas y/o militares, las per- sonas jurídicas, propietarios y/o conductores que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o Carga en VehículosMenores, de los pasajeros, así como del público en general. Artículo 4º.- Definiciones.- Para efectos de la presen- te Ordenanza se entiende por: 4.1.- Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo es responsable de hacer cumplir la presente ordenan- za dentro de su jurisdicción, a través de sus órganos competen- tes debidamente legitimados por sus documentos de gestión. 4.2.- Vehículos Menores.- Son vehículos motorizados o no motorizados de tres ruedas, utilizados para el servi- cio de transporte de pasajeros y/o carga, clasificados en: a) Tricitaxi.- Vehículo no motorizado, accionado por me- dio de pedales, con una capacidad no mayor de 2 pasajeros, provisto de espacios en la parte delantera, con asientos y de una montura en la parte posterior para uso del conductor. b) Motocarga.- Vehículo motorizado para traslado de carga y con una montura posterior para uso del conductor, acondicionado para tal fin. c) Vehículo Automotor Menor (Mototaxi).- Vehículo motorizado, provisto de una cabina con asientos para uso de pasajeros en la parte posterior y de una montura en laparte delantera para uso exclusivo del conductor. 4.3.- Persona Jurídica.- Asociación o Empresa que se cons- tituye de conformidad con las disposiciones legales vigentes, debidamente inscrita en los Registros Públicos, teniendo entre sus finalidades principales el de brindar Servicio de Transportede Pasajeros y/o Carga en Vehículos Menores. 4.4.- Servicio Especial.- Servicio de Transporte de Pa- sajeros y/o Carga en Vehículos Menores en el distrito deVilla María del Triunfo. 4.5.- Conductor de Vehículo Menor.- Persona natural que cuenta con la respectiva licencia de conducir y credencial de con-ductor, debidamente autorizado por la Autoridad competente y la Municipalidad, respectivamente, pudiendo ser: a) Propietario Conductor.- Persona natural incorporada a una persona jurídica autorizada por la Municipalidad para prestar servicio especial en un vehículo menor de su propiedad. b) Conductor.- Persona natural incorporada a una persona jurídica autorizada por la Municipalidad para prestar el servicio especial en vehículos menores que no son de su propiedad. 4.6.- Paradero.- Área de la vía pública, técnicamente calificada y aprobada por la Municipalidad, en la cual los conductores de los vehículos menores autorizados se de- tienen temporalmente a la espera de pasajeros. 4.7.- Zona de Trabajo.- Determinada área territorial en la cual la Municipalidad autoriza la prestación del servicio especial a las personas jurídicas a través de la Resolución de Operación. La cantidad de zonas de trabajo será deter-minada por la Municipalidad. 4.8.- Resolución de Operación.- Permiso de opera- ción otorgado por la Municipalidad que autoriza a una per-sona jurídica a prestar el servicio especial dentro de la ju- risdicción del distrito, incluye además autorización de pa- radero y zonas de trabajo, luego de cumplir con los requisi-tos señalados en la presente Ordenanza. 4.9.- Certificado de Operación.- Documento que au- toriza al vehículo menor para que preste el servicio espe-cial luego de cumplir con los requerimientos señalados en la presente Ordenanza. 4.10.- Credencial del Conductor.- Documento que autoriza a una persona natural a prestar el servicio espe- cial luego de cumplir con los requisitos señalados en la presente Ordenanza. 4.11.- Constatación de Características.- Revisión que realiza la Municipalidad de las condiciones de presenta- ción interior y exterior que deben cumplir las unidades parabrindar en forma óptima el servicio. 4.12.- Licencia de Conducir.- Documento otorgado por la Autoridad competente a la persona natural para condu-