Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de diciembre de 2003 el período de dos (2) años, el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la avenida Miguel Grau Nºs. 530-532,sector Chucchis, distrito de Santa Rosa de Sacco, provincia de Yauli - La Oroya, departamento de Junín, donde actualmente fun- ciona el Almacén de Bienes Comisados y Embargados de dichaIntendencia, en virtud a que el referido inmueble cuenta con la distribución e infraestructura apropiada para el almacenamiento de mercancías, así como con la seguridad y el mantenimientoque requieren dichos bienes; y que la renta mensual se manten- drá invariable; Que en atención a lo señalado en el considerando preceden- te, el Informe Legal Nº 02-2003-SUNAT/2R0400 de la División de Reclamos de la Intendencia Regional Junín, indica que de con- formidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente la emisión de una Resolución de Superin- tendencia que exonere del proceso de selección correspondien-te a la solicitada prórroga del contrato de arrendamiento del referi- do inmueble; Que mediante Carta de fecha 13 de noviembre de 2003, el señor Víctor Hugo Egoavil Rojas, propietario del referido inmueble, manifiesta su conformidad en prorrogar el contra- to de arrendamiento por un período adicional de dos (2) años,manteniendo invariable el monto de la renta mensual; Que lo expuesto en los mencionados Informes justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selec-ción para la prórroga del contrato de arrendamiento, cum- pliéndose así con lo establecido en el artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los artículos 105º, 113º y116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi- das por el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre-to Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento delinmueble ubicado en la avenida Miguel Grau Nºs. 530-532, sector Chucchis, distrito de Santa Rosa de Sacco, provin- cia de Yauli - La Oroya, departamento de Junín, con unárea de 683.80 m 2, por el período de dos (2) años, com- prendido entre el 3 de febrero de 2004 y el 2 de febrero de 2006, por los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Junín a suscribir el Contrato respectivo con el señor Víctor HugoEgoavil Rojas, mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de $ 480.00 (Cuatrocientos Ochen- ta y 00/100 Dólares Americanos), incluido impuestos; lamisma que será financiada con recursos propios. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución yde los informes que sustentan esta exoneración a la Con- traloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 23769 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20 /G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33/G2D/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2003-CR/RA El Consejo Regional de AmazonasHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003- CR/RA, de fecha 5 de febrero del 2003, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazo- nas; Que, según Acuerdo Nº 001 del Consejo Regional, aprobado en Sesión Ordinaria Nº 021 de fecha 4 de diciembre del 2003, por unanimidad se dispone inte-grar el Art. 36º del Reglamento Interno del Consejo Regional 2003-2006, en el sentido que existen cuatro clases de Comisiones conformadas por ConsejerosRegionales, agregando las Comisiones Especiales para procesar e investigar a Altos Funcionarios del ex CTAR AMAZONAS y Fiscalizar a la Gestión Institucional; asi-mismo, acordaron suprimir en el Inc. C) del citado artí- culo la palabra especial, debiendo quedar solamente Comisiones; Que, la ausencia de una interpretación correcta del Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, ha impedi-do que algunos Gobiernos Regionales conformen Co- misiones Especiales de Procesos Administrativos para procesar a ex Presidentes y Secretarios Técnicos delex CTAR Amazonas, circunstancia que hace que en el marco de la autonomía de los Gobiernos Regionales, se expida Resoluciones Ejecutivas Regionales confor-mando las CEPADs con Funcionarios del más Alto Ni- vel, entendiendo entre ellos a los Consejeros Regiona- les; Que el acuerdo adoptado tiene su base legal en el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, que se- ñala “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía po-lítica, económica y administrativa en asuntos de su com- petencia ...”; dispositivo legal concordante con el Art. 8º de la Ley de Bases de la Descentralización , y Art. 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales, modificado por Ley Nº 27902; asimismo, el Art. 15º Inc. k) del mismo cuerpo legal, señala que “Sonatribuciones del Consejo Regional...Fiscalizar la ges- tión y conducta pública de los funcionarios del Gobier- no Regional y dentro de ello, llevar a cabo investigacio-nes sobre cualquier asunto de interés público regional”, concordante con el Art. 16º Inc. c), que precisa, “Son derechos y obligaciones funcionales de los ConsejerosRegionales: ...Integrar las Comisiones ordinarias, inves- tigadoras o especiales”; Que, hay que tener en cuenta que la Comisión Especial de Procesos Administrativos, sólo recomienda las sancio- nes que sean de aplicación, mas no resuelve, conforme lo dispone el Art. 170º del precitado Decreto Supremo, por loque las funciones a asignarse no se condice con la facul- tad normativa y fiscalizadora de los Consejeros Regiona- les; Que, con el fin de garantizar el normal desarrollo de las funciones del Gobierno Regional Amazonas, y evi- tar que inconductas funcionales queden impunes, encaso de dejar prescribir los procesos administrativos contra Funcionarios del más alto nivel del ex CTAR Amazonas, con la consiguiente responsabilidad de laautoridad competente, es necesario integrar el Regla- mento Interno del Consejo Regional 2003-2006, debien- do emitirse con dicho fin la Ordenanza Regional res-pectiva; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferi- das por el Art. 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Or-gánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo apro- bado por el Consejo Regional, en su vigésima primerasesión ordinaria; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- INTEGRAR el Inc. D) en el artículo 36º del Reglamento Interno del Consejo Regional 2003- 2006, en el siguiente sentido: Art. 36º.- Existen cuatro clases de Comisiones: ...D. Comisiones Especiales, para procesar e investigar a Altos Funcionarios del ex CTAR Amazonas y Fiscalizar a la Gestión Institucional.