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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G32/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de diciembre de 2003 establezca, a nivel nacional, de conformidad a la Ley Or- gánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- La Comisión a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, deberá pro-poner la Comisión de Transferencia para la recepcióndel acervo documentario y personal de los RegistrosCiviles de las Municipalidades al RENIEC, la misma queefectuará las coordinaciones con las autoridades mu-nicipales, conforme al cronograma de transferencia quese establezca, hasta la incorporación total de los Re-gistros Civiles al RENIEC. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 23988 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F /G61/G6C/G20/G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G73/G74/G67/G72/G61/G64/G6F/G20/G22/G47/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G73/G2C/G20/G52/G65/G2D /G66/G6F/G72/G6D/G61/G20/G79/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G22/G2C/G20/G61 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2143-2003-MP-FN Lima, 23 de diciembre de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, conforme a la Constancia emitida por la Direc- ción Académica de los Cursos de Postgrado en Dere-cho de la Universidad de Castilla - La Mancha, con fe-cha 5 de noviembre del 2003, la señorita Fiscal Provin-cial Penal Titular, Liz Patricia Benavides Vargas ha sidoaceptada como alumna del curso de Postgrado denomi-nado "Garantías, Reforma y Defensa de la Constitu-ción"; Que, dicho ciclo de estudios se dictará del 12 al 29 de enero del 2004 en el Campus de la Universidad deCastilla - La Mancha, Toledo, España; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del De- creto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de la Dra. Liz Patricia Benavides Vargas, Fiscal Provincial Titu-lar designada a la Cuadragésima Octava Fiscalía Provin-cial Penal de Lima, al Curso de Postgrado a que se refierela parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- CONCEDER licencia con goce de haber a la Dra. Liz Patricia Benavides Vargas del 11 al 30de enero del 2004. Artículo Tercero.- Encargar el Despacho de la Cua- dragésima Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima al Dr.Mario Gonzales Díaz, Fiscal Adjunto Provincial Penal, du-rante el tiempo de licencia de la titular. Artículo Cuarto.- La participación de la Fiscal Provin- cial Titular no irrogará gasto alguno al presupuesto del Mi-nisterio Público. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Fiscalía Superior Decana del Distrito Judi-cial de Lima, a la Oficina de Registro de Fiscales, a la Ge-rencia General, a la Gerencia Central de Personal, a laEscuela del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zeva-llos Roedel", y a los interesados para su conocimiento yfines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 23989S B S /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73 /G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G6C/G65/G67/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 /G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G53/G42/G53 /G4E/GBA/G20/G30/G33/G39/G2D/G32/G30/G30/G32 RESOLUCIÓN SBS Nº 1793-2003 Lima, 23 de diciembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSCONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 039-2002 de fecha 16 de enero de 2002 se aprobó el Reglamento de las inversiones elegi-bles de las empresas de seguros para el respaldo de las reser-vas técnicas, patrimonio mínimo de solvencia y fondo de garantíaestablecido en el artículo 311º y siguientes de la Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus res-pectivas leyes modificatorias, en adelante Ley General; Que, en el mencionado Reglamento se dispuso que para efec- tos de la cobertura del fondo de garantía a que se refiere el artícu-lo 305º de la Ley General y el numeral 3.2 del artículo 3º delReglamento de requerimientos patrimoniales de las empresasde seguros y reaseguros, aprobado por Resolución SBS Nº 764-2001 del 15 de octubre de 2001, las empresas pueden asignarinversiones de los rubros señalados en el capítulo II de dichanorma, no siéndoles de aplicación determinados límites de inver-sión, hasta el 31 de diciembre del presente año; Que, se considera conveniente prorrogar la vigencia de dicha disposición, con la finalidad de mantener el respaldonecesario de las obligaciones técnicas de las empresasde seguros con inversiones elegibles; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Seguros y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por los numera- les 7 y 9 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar la Cuarta Disposición Fi- nal y Transitoria del Reglamento de las Inversiones Elegi-bles de las Empresas de Seguros, aprobado mediante laResolución SBS Nº 039-2002, en los términos siguientes: "Cuarta.- Hasta el 31 de diciembre de 2005, para efectos de respaldar el fondo de garantía, las empresas podrán asig-nar inversiones de cada uno de los rubros señalados en elCapítulo II del presente Reglamento, con excepción de aqué-llos a que se refieren los incisos j), k), l) y m), hasta por elmonto del referido fondo. Asimismo, en lo que corresponde alrespaldo del fondo de garantía no se aplicará lo dispuesto enlos artículos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º del presente Reglamento." Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 23957 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G2D /G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G2D/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1434 Lima, 17 de diciembre de 2003