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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2003 (04/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 236505 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de enero de 2003 Autorizan contratación de estudio de abogados para prestar servicios de ase-soría especializada a la Alta Direccióndel SENASA mediante proceso de adju- dicación de menor cuantía SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 263-2002-AG-SENASA Lima, 30 de diciembre de 2002VISTOS: El Memorándum Nº 2681-2002-AG-SENASA y el Infor- me Nº 982-2002-AG-SENASA-OGAJ que constituyen el Informe Técnico y Legal respectivamente que sustentan laexoneración del proceso de selección para la renovación del contrato de servicios personalísimos del Estudio Koechlin – Asociados, Abogados & Consultores, con elobjeto que se encargue de prestar asesoramiento espe- cializado a la Alta Dirección y Órganos Desconcentrados del SENASA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 239-2001-AG- SENASA del 30 de noviembre de 2001, se exoneró del pro- ceso de Adjudicación Directa con Publicación la contrata-ción de los servicios personalísimos del Estudio Koechlin – Asociados, Abogados & Consultores, a fin que se encar- gue de prestar asesoramiento especializado a la Alta Di-rección y Órganos Desconcentrados del SENASA por un período de siete (7) meses; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 131-2002-AG- SENASA del 20 de junio de 2002, se exoneró del proceso de Adjudicación Directa con Publicación la renovación por seis (6) meses del contrato de los servicios personalísimossuscrito entre SENASA y el Estudio Koechlin – Asociados, Abogados & Consultores; Que, a través del Memorándum Nº 2681-2002-AG-SE- NASA del 19 de diciembre de 2002, la Alta Dirección ha solicitado la renovación del contrato de servicios persona- lísimos del Estudio Koechlin - Asociados, Abogados & Con-sultores por un período de seis (6) meses, indicando que el referido Estudio durante el período de su contratación, esto es desde el mes de noviembre de 2001 a diciembrede 2002, ha brindado sus servicios de asesoría especiali- zada en forma integral, eficiente y oportuna; Que, según el documento mencionado, el Estudio Koechlin – Asociados, Abogados & Consultores viene ne- gociando Programas y Proyectos Institucionales de Coope- ración con Organismos Nacionales e Internacionales, Pú-blicos y No Gubernamentales cuyo planteamiento, impul- so, promoción y negociación le han sido encargadas por la Alta Dirección del SENASA; asimismo viene patrocinandosatisfactoriamente a la Institución en procedimientos en trá- mite ante el Fuero Judicial y otros fueros, por cuya razón subsiste la necesidad de contar con el asesoramiento inte-gral, inmediato y altamente especializado que presta el ci- tado Estudio en las áreas precedentemente indicadas; Que, para la presente renovación, el Memorándum Nº 2681-2002-AG-SENASA indica que los costos por los ser- vicios especializados que brinda el Estudio Koechlin - Aso- ciados, Abogados & Consultores, son competitivos conrelación a los costos del mercado; por lo que en ese senti- do reitera los criterios de economía y oportunidad conteni- dos en el Memorando Nº 2720-2001-AG-SENASA del 14de noviembre de 2001 y Memorando Nº 1563-A-2002-AG- SENASA del 20 de junio de 2002, que sirvieron de base a la contratación original y posterior renovación del contratode servicios personalísimos suscrito con el citado Estudio; Que, para esta oportunidad la Alta Dirección solicita la renovación por un período de seis (6) meses y hasta por elmonto máximo de US $ 24,000.00 (Veinticuatro mil y 00/ 100 Dólares Americanos) incluidos el Impuesto General a las Ventas; Que, el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que están exoneradas de los procesos de Lici- tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuer- do a lo que establezca el Reglamento; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condi- ciones que debe reunir la contratación para poder accedera la causal de exoneración por servicios personalísimos, señalando que está referido a los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicascuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especia-les o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; estableciendo el trámite y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, el artículo 113º del Reglamento citado prescribe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exonera- ción de los procesos de selección, al amparo de las cau-sales contenidas en el Artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones de Estado requieren obligatoriamen- te un informe técnico legal previo por las áreas técnica yde asesoría jurídica de la Entidad, agregando que dicho informe contendrá la justificación técnica y legal de la ad- quisición o contratación y de la necesidad de la exonera-ción, y contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad; Que, asimismo el artículo 116º del Reglamento estable- ce que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el artículo 19º de la Ley, se efectúan me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, sien-do de aplicación lo dispuesto en el Artículo 105º, agregan- do que la autoridad competente para aprobar la exonera- ción determinará en cada caso, la dependencia u órganoque se encargará de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su com- plejidad, envergadura o sofisticación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 119º nume- ral 2) del Reglamento los servicios de asesoría especiali- zada podrán ser brindados hasta por un plazo de tres (3)años renovables; Que, mediante Informe Nº 982-2002-AG-SENASA- OGAJ del 23 de diciembre de 2002, la Oficina General deAsesoría Jurídica del SENASA opina que la renovación del contrato solicitada por la Alta Dirección del SENASA en- cuentra su amparo legal dentro de las disposiciones pre-vistas en los artículos de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado y su Reglamento antes citados, re- feridos a la contratación de servicios personalísimos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM los días compren- didos entre el 16 de diciembre de 2002 al 3 de enero de2003 son considerados como días inhábiles para efectos del cómputo de los plazos regulados para los procedi- mientos administrativos de las Entidades Públicas del Po-der Ejecutivo; Que, sin embargo mediante Decreto Supremo Nº 131- 2002-PCM de fecha 12 de diciembre de 2002, se precisóque lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM no comprende los procesos de adquisicio- nes y contrataciones que se realizan al amparo del TextoUnico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento así como sus modificatorias; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 24-95-AG, normas pertinentes de los Decretos Supre- mos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y con el vistobueno de los Directores Generales de Planificación, Admi- nistración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Di- recta con publicación la renovación del contrato para la pres-tación de los servicios personalísimos del Estudio Koechlin - Asociados, Abogados & Consultores; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolu-ción. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección de Logística de la Oficina General de Administración del SENASA a que lacontratación a que se refiere el artículo precedente se efec- túe mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuan- tía, hasta por el valor referencial máximo de US$ 24,000.00(Veinticuatro mil y 00/100 Dólares Americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas y por un plazo de seis